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Acuerdo de 3 de julio de 2025, del Ayuntamiento de El Castillo de las Guardas, sobre la aprobación de delegación de competencias en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del OPAEF. (PP. 1934/2025).
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Don Gonzalo Domínguez Delgado, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El Castillo de las Guardas (Sevilla).
Hago saber: Que en sesión ordinaria de Pleno de fecha 26 de marzo de 2025 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, del siguiente tenor literal:
2.º Expediente 276/2025. Aprobación, si procede, de la delegación de competencias del procedimiento sancionador en materia de tráfico.
Visto que este Ayuntamiento no cuenta con personal funcionario de carrera cualificado debidamente para ejercer la función de órgano instructor en los diferentes procedimientos sancionadores en materia de tráfico.
Visto que en los últimos años se viene imponiendo una media de una decena de sanciones en materia de tráfico que deben ser tramitadas debidamente.
Visto que existe la posibilidad de delegar estas funciones a través del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, reguladora del Régimen Jurídico del Sector Público, en el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal de la Excma. Diputación de Sevilla.
Siendo esta Alcaldía el máximo representante de la Entidad Local y en atención a las facultades que me otorga la legislación vigente propongo, para su aprobación por el Ayuntamiento Pleno, el siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobar la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes facultades:
La potestad sancionadora para la instrucción, resolución y ejecución de los procedimientos por infracciones al texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, y la actual Ordenanza Reguladora del Tráfico en el casco urbano en esta materia.
Segundo. Las relaciones interadministrativas derivadas del ejercicio por el OPAEF de las competencias delegadas se regularán por la ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación Provincial de Sevilla, para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), por las ordenanzas fiscales de la Excma. Diputación de Sevilla y por la ordenanza fiscal de la tasa por la gestión y recaudación de las multas de tráfico de los Ayuntamientos (en el presente caso, la del Ayto. de El Castillo de las Guardas). Serán aplicables, asimismo, en lo que proceda, la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de la Diputación de Sevilla, el OPAEF y la Casa de la Provincia y la Ordenanza de procedimiento para la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial impuestas por los Ayuntamientos, así como las normas reguladoras de las diferentes figuras y procedimientos delegados.
Tercero. Designar como representantes en la Comisión de Seguimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.2 de la citada ordenanza, a la persona que ocupe en cada momento la Alcaldía del Ayuntamiento de El Castillo de las Guardas y la persona que ostente el cargo de primer teniente de alcaldía, salvo que estos realicen delegación expresa en otros.
Cuarto. Dar traslado al OPAEF del presente acuerdo para la aceptación de la delegación por su Consejo Rector.
Quinto. Una vez aceptada la delegación, publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general conocimiento.
Lo que se hace público, para general conocimiento
El Castillo de las Guardas, 3 de julio de 2025.- El Alcalde, Gonzalo Domínguez Delgado.
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