Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) para el año 2025.
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RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA EMPRESARIAL PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (TRADE) POR LA QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2025.
ANTECEDENTES
Primero. La Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, establece en el artículo 13.1 que durante el año 2025 se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz hasta el máximo que se establezca por la legislación básica estatal. En las agencias, sociedades mercantiles, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la tasa de reposición del personal laboral no incluido en el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía será la establecida con carácter máximo por la legislación básica del Estado.
Segundo. De igual modo, el artículo 13.3 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, dispone que la contratación de personal laboral no sujeto al VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía con carácter fijo o indefinido o temporal en las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía requerirá autorización de la Consejería competente en materia de sector público instrumental. Asimismo, y con la finalidad de mantener la necesaria coordinación en todos los ámbitos del sector público andaluz, en cuanto al control y seguimiento de los gastos de personal y evolución de sus plantillas, las agencias y entidades determinadas en este apartado deberán solicitar autorización de la Consejería competente en materia de sector público instrumental con carácter previo a la aplicación del porcentaje correspondiente de la tasa de reposición a que se refiere el apartado 1 del referido artículo.
Tercero. La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogada para 2025, norma que tiene carácter básico, establece en el artículo 20 las reglas para la aplicación de la tasa de reposición. En el referido artículo se establece que la configuración concreta de la Oferta de Empleo Público se llevará a cabo a través de la tasa de reposición de efectivos, instrumento con el que se concreta la planificación y se le otorga dimensión en términos de efectivos con respecto de la plantilla actual.
Cuarto. De acuerdo con el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la validez de la tasa autorizada estará condicionada:
A que las plazas se incluyan en una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada antes de la finalización de cada año.
A que la convocatoria se ejecute en el plazo máximo de tres años.
Y todo ello sin perjuicio de las especificidades establecidas por la normativa vigente según la naturaleza jurídica de cada entidad.
En virtud de todo lo anterior, una vez obtenidos los preceptivos informes favorables establecidos en la legislación presupuestaria de la Junta de Andalucía, y atendiendo al artículo 14 de los Estatutos de la Agencia TRADE, aprobados por Decreto 69/2023, de 21 de marzo,
RESUELVO
Primero. Aprobación de la oferta de empleo público de la agencia TRADE para el año 2025.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en el marco previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Agencia TRADE para el año 2025, en los términos que se establecen en la presente resolución.
La aprobación de esta Oferta de Empleo Público comporta la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas, conforme establece el artículo 91.3 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía y la disposición adicional undécima de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.
La determinación del número de plazas ofertadas se ha realizado teniendo en cuenta la autorización emitida por la Dirección General de Planificación y Organización del Sector Público Andaluz en el expediente CF-00078-2025.
La Oferta Pública de Empleo de la Agencia TRADE se articulará mediante procesos selectivos que comprenderán dos etapas: una primera etapa reservada al personal vinculado a la Agencia TRADE mediante relación laboral fija, y una segunda etapa, en el caso de que no hubiese resultado cubierta la plaza vacante durante la primera etapa, en la que se gestionarán mediante un turno de acceso libre. En virtud de lo dispuesto por la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, por la que se crea la Agencia TRADE, y el Decreto 69/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueban sus Estatutos, podrá participar en la primera etapa el personal subrogado por la Agencia TRADE, así como el personal aún no subrogado de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Agencia IDEA).
Segundo. Obligación de relacionarse electrónicamente en los procedimientos selectivos.
Quienes aspiren a ingresar o acceder a los puestos de trabajo previstos en la presente resolución deberán relacionarse obligatoriamente a través de medios electrónicos, en los términos que determinen las bases de las convocatorias y de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
Tercero. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ANEXO I
| OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE TRADE 2025 | PLAZAS 2025 | ||
|---|---|---|---|
| PRIMERA ETAPA: PROMOCIÓN INTERNA / SEGUNDA ETAPA: ACCESO LIBRE | |||
| CATEGORÍA PROFESIONAL | PUESTO | DIRECCIÓN TÉCNICA DE ADSCRIPCIÓN | |
| Técnico/a | Técnico/a Unidad de Control Interno | 1. Dirección General | 1 |
| Técnico/a Especialista | Técnico/a Especialista Jurídico Consultivo | 3. Secretaría General | 1 |
| Técnico/a Especialista | Técnico/a Especialista Contratación de Negocio | 3. Secretaría General | 1 |
| Técnico/a Coordinador/a | Técnico/a Coordinador/a Admin. Personal | 4. Dirección de Servicios Corporativos | 1 |
| Técnico/a Coordinador/a | Técnico/a Coordinador/a Gestión del Talento | 4. Dirección de Servicios Corporativos | 1 |
| Técnico/a Especialista | Técnico/a Especialista Oficina de Bruselas | 4. Dirección de Servicios Corporativos | 1 |
| Técnico/a | Técnico/a Sistemas | 4. Dirección de Servicios Corporativos | 2 |
| Técnico/a | Técnico/a Consultoría y Formación Especializada | 6. Dirección de Internacionalización de la Economía | 1 |
| Técnico/a | Técnico/a Invest in Andalucía | 6. Dirección de Internacionalización de la Economía | 2 |
| Técnico/a | Técnico/a Soporte a la Internacionalización | 6. Dirección de Internacionalización de la Economía | 1 |
| Técnico/a | Técnico/a Gerencia Sevilla | 7. Dirección de Financiación Empresarial | 1 |
| Jefe/a Área | Jefe/a Área Incentivos | 7. Dirección de Financiación Empresarial | 1 |
| Jefe/a Área | Jefe/a Área Clientes | 8. Dirección de Fomento Empresarial | 1 |
| Jefe/a Área | Jefe/a Área Promoción y Cooperación | 8. Dirección de Fomento Empresarial | 1 |
| TOTAL PLAZAS | 16 | ||
Sevilla, 19 de diciembre de 2025.- El Director General, Antonio Castro Jiménez.
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