Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 27/02/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar en la Escala de Gestión de esta Universidad.

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Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2. j) de la misma norma, así como en los artículos 51 y 132 de los Estatutos de Universidad de Jaén, en la Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024 (BOJA núm. 231, de 27 de noviembre de 2024), en virtud de lo dispuesto en la Orden de 19 de diciembre de 2024, de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Jaén las convocatorias de plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios en ejecución de la referida oferta de empleo público y, con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, acuerda convocar, de acuerdo con el artículo 91 de la mencionada Ley Orgánica, pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

1. Generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir quince plazas de la Escala de Gestión de la Universidad de Jaén, mediante el sistema de promoción interna.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, del total de plazas convocadas se reserva 1 plaza para el acceso a las personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. En el supuesto de no ser cubiertas por el cupo de discapacidad, se acumularán a las restantes plazas convocadas.

1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén, reformados mediante Decreto 235/2011 de 12 de julio y a las bases de esta resolución.

Todas las referencias que se efectúan a las diferentes disposiciones normativas, que se contienen en la presente resolución, han de entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma.

1.3. El procedimiento de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los/as candidatos/as.

2.1. Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o titulación equivalente.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

f) Pertenecer al Cuerpo o Escala Administrativa, prestar servicios en la Universidad de Jaén con carácter definitivo en la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el grupo C, subgrupo C1.

g) Las personas que participen por el cupo de discapacidad, deberán acreditar tener reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33%.

2.2. Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos hasta la toma de posesión como funcionario/a de la Escala a que se aspira.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo disponible en la siguiente dirección web:

https://www.ujaen.es/servicios/servpod/sites/servicio_servpod/files/uploads/impresos%20y%20solicitudes/solic_%20pru_select_pas_func%20(1).pdf

que también será facilitado en el Servicio de Información, Registro y Administración Electrónica de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública que se facilitan en las Subdelegaciones del Gobierno.

A la instancia se acompañarán una fotocopia del documento nacional de identidad, fotocopia del título y el resguardo de haber abonado los derechos de examen a que se refiere la base 3.4. Asimismo, se acompañarán documentos justificativos de los méritos a tener en cuenta que no figuren en el expediente administrativo de la Universidad de Jaén.

Las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33% y opten por la plaza reservada para personas con discapacidad, deberán aportar fotocopia del certificado en vigor que acredite el reconocimiento de la discapacidad de que se trate.

3.2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

3.3. La solicitud junto con su documentación anexa se deberá presentar en el registro de la sede electrónica de la Universidad de Jaén. https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/registro-electronico dirigida al Servicio de Personal de la Universidad de Jaén.

Para ello es necesario disponer del correspondiente certificado electrónico. Si la persona interesada en el procedimiento no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el mismo solicitándolo, con los requisitos exigidos por la FNMT, a través del siguiente enlace: http://administracionelectronica.ujaen.es/firma_digital.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, se habilita el teléfono (953 212 285/ 953 212 307).

3.4. Los derechos de examen, por el importe de 25 euros, se ingresarán por los solicitantes en la Caja Rural de Jaén, cuenta número ES79 3067 0109 331150653028, a nombre de la Universidad de Jaén, indicando en el ingreso: «CO Escala Gestión».

Estarán exentas del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano competente.

b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.

c) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa vigente, mediante justificación documental de tal condición.

d) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título vigente de tal condición.

3.5. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún caso, la presentación y pago en la Caja Rural supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

Los derechos de examen serán reintegrados a las personas aspirantes que hayan sido excluidas definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario solicitud expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución.

3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición. Para su concesión acompañarán a la instancia el modelo de solicitud disponible en el siguiente enlace

https://www.ujaen.es/servicios/servpod/procesos-selectivos-ptgas

También deberán aportar fotocopia del certificado en vigor que acredite el reconocimiento de la discapacidad de que se trate y dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad. El tribunal estudiará la propuesta del informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio. Las personas aspirantes, a los que se refiere el presente párrafo, que no soliciten las adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación al concurso, se entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas, sin que pueda plantearse solicitud de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Jaén dictará resolución ue se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en la que, además de declarar aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de las personas aspirantes excluidas con mención expresa en todo caso, de los apellidos, nombre, número de documento nacional de identidad y motivo que la produce.

4.2. En todo caso, la resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días hábiles para la subsanación de errores, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon) y, a título informativo, en la página web del Servicio de Personal. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador de este proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, estará compuesto por cinco miembros y sus respectivos suplentes. Será nombrado por el rector y se publicará junto con la lista de personas admitidas y excluidas a la que se refiere la base 4.1 de la presente convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3. Previa convocatoria del Presidente/a se constituirá el Tribunal con la asistencia, presencial o a distancia, de todos sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.

A partir de la constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

5.4. Durante el desarrollo de los ejercicios de la oposición, el Tribunal Calificador, resolverá todas las dudas que surjan en la aplicación de las normas de esta convocatoria, así como lo que deba actuarse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.5. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus respectivas especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Jaén.

5.6. El/La Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas y signos que permitan conocer la identidad de las personas opositoras.

5.7. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Jaén, Campus de Las Lagunillas, sin número/n, edificio B-1, teléfono 953 212 285.

El Tribunal dispondrá que, en dicha sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.8. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, modificado por Decreto 157/2007, de 29 de mayo.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/las opositores/as para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de las personas aspirantes, en los ejercicios en que se requiera una actuación individualizada, se determinará mediante sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén

(https://sede.ujaen.es/publico/tablon) y, a título informativo, en la página web del Servicio de Personal, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.

6.5. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión de las personas aspirantes podrá interponerse recurso de alzada, ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.

7. Listas de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios/as de carrera.

7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén, la lista con las puntuaciones correspondientes. Asimismo, a título informativo, también se publicará en la página web del Servicio de Personal.

7.2. La puntuación final se obtendrá de la forma establecida en el anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados/as, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la oposición y la suma total.

7.3. El Tribunal no podrá proponer un número superior de aprobados al de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria.

No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento.

7.4. La relación de aprobados/as será elevada al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera.

7.5. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén de la relación de aprobados/as a que se refiere la base anterior, las personas aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Servicio de Personal, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la convocatoria y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo III de la misma.

7.6. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.7. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/as de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

7.8. A las personas aspirantes aprobadas se les podrá adjudicar como primer destino el mismo puesto de trabajo que vinieran ocupando con carácter definitivo como funcionarios de carrera del Cuerpo o Escala desde el que acceden, siempre que dicho puesto se encuentre dentro del intervalo de niveles correspondientes a su Grupo A, Subgrupo A2.

8. Disposición final.

8.1. La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por las personas interesadas en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Jaén, 21 de febrero de 2025.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACIÓN

I.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases: Concurso y oposición.

I.1.1. En la fase de concurso:

a) Antigüedad: Se valorarán los años completos, o fracción superior a seis meses, reconociéndose a estos efectos los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

La valoración máxima será de 10 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria, concediéndose a cada año una puntuación de 0,40 puntos hasta el límite máximo.

b) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con destino definitivo el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Nivel 15: Cuatro puntos, y por cada unidad de nivel que le exceda, se sumará 0,5, hasta un máximo de 10 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de la misma.

I.1.2. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:

a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas, con cuatro repuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido íntegro del programa que se relaciona en el anexo II, con un máximo de 100 preguntas y un mínimo de 60.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

Las contestaciones erróneas se penalizarán de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

E

A- --------------

d-1

N= -------------------------------------------- x 10

n

N= nota resultante.

A= número de aciertos.

E= número de errores.

d= número de opciones para cada pregunta.

n= número de preguntas.

Se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será acordado por el Tribunal.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito dos supuestos prácticos, de entre tres ofertados, relacionados con la parte específica del programa que figura en el Anexo II. Será calificado entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 3 horas.

I.1.3. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas será necesario superar el ejercicio de la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior al número de plazas convocadas en cada grupo.

En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y oposición. Se dará prioridad al aspirante con:

a) Mayor puntuación en la fase de oposición.

b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.

c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido al empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes elegidos.

ANEXO II

PROGRAMA

A. PARTE COMÚN

Tema 1. Proceso de diseño y elaboración del III Plan Estratégico de la Universidad de Jaén (2021-2025). Misión, visión y valores de la Universidad de Jaén. Análisis DAFO. Definición de objetivos estratégicos. Despliegue de los objetivos estratégicos. Plan estratégico sintético: áreas, objetivos estratégicos y líneas de actuación. Evaluación, seguimiento y actualización del III Plan Estratégico de la Universidad de Jaén (2021-2025).

Tema 2. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Título I Transparencia de la actividad pública. Título II Buen gobierno. Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía: Título I Disposiciones generales. Título II La publicidad activa. Título III El derecho de acceso a la información pública. Título IV Fomento de la transparencia. 

Tema 3. Norma UNE-EN ISO 9001:2015. Introducción. Objeto y campo de aplicación. Referencias normativas. Términos y definiciones. Contexto de la organización. Liderazgo. Planificación. Apoyo. Operación. Evaluación del desempeño. Mejora.

Tema 4. Sistema Integrado de Gestión de la Calidad de los Servicios y Unidades Administrativas de la Universidad de Jaén (SIGC-SUA): Manual de Calidad.

Tema 5. El factor humano en la organización. El grupo en la organización: Comunicación y comportamiento grupal. El trabajo en equipo. La motivación. La satisfacción en el trabajo.

Tema 6. El puesto de trabajo en la Función Pública Española. Evolución conceptual. Análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo. Conceptos básicos. Utilidades.

Tema 7. La Gestión de los Recursos Humanos por competencias. Concepto y componentes de las competencias. Principales aportaciones del enfoque de competencias a la gestión de los recursos humanos.

Tema 8. Régimen Jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El modelo de función pública establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público. Principales incidencias en el ámbito universitario.

Tema 9. El régimen económico y financiero de la Universidad de Jaén. Especial referencia a la Ley Orgánica del Sistema Universitario, Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades y Estatutos de la Universidad de Jaén.

Tema 10. El presupuesto: concepto y clases. Los principios presupuestarios y el ciclo presupuestario, especial referencia a la Universidad de Jaén.

Tema 11. El presupuesto de la Universidad de Jaén: Normas generales de ejecución presupuestaria.

Tema 12. Contratación del Sector Público en la Universidad de Jaén. Objeto y finalidad de la Ley de Contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Partes en el contrato: Órgano de Contratación y Capacidad y solvencia de las empresas. Expediente de contratación: iniciación y contenido. Tipos de procedimientos: abierto, restringido, procedimientos con negociación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.

Tema 13. Naturaleza y régimen jurídico de las Universidades. Estructura y gobierno de las Universidades.

Tema 14. La Universidad de Jaén: estructura académica y de servicios, Estatutos y normas propias de carácter general.

Tema 15. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Disposiciones Generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público.

Tema 16. Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Procedimiento administrativo común y su alcance: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La obligación de resolver. El silencio administrativo. Los derechos de los ciudadanos en el procedimiento administrativo. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. Medios de impugnación de la actuación administrativa. La revisión de oficio. Los recursos administrativos.

Tema 17. La protección de datos de carácter personal. Régimen jurídico. Tratamiento de datos personales. Principios y derechos. Obligaciones. El Delegado de Protección de Datos en las Administraciones Públicas. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Tema 18. Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación: Sistema español de Ciencia, Tecnología e Innovación (art.3). Contratación del personal investigador de carácter laboral (Sección 2ª).

Tema 19. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Concepto de subvención. Obligaciones de los beneficiarios. Justificación de las subvenciones públicas. Gastos subvencionables. Causas de reintegro. Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia. Prescripción. Objeto y competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones. Control financiero de ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos comunitarios.

Tema 20. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación.

B. PARTE ESPECÍFICA

A) Organización y gestión universitaria.

Tema 1. La ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Procedimiento para la verificación, el seguimiento, la modificación y la renovación de la acreditación de los títulos oficiales en la Universidad de Jaén. Sistemas de garantías de la calidad. Estructura de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y Máster. Antecedentes, caracterización y régimen jurídico. Obtención y expedición de títulos oficiales universitarios. Estructura académica de la Universidad de Jaén.

Tema 2. Reconocimiento de créditos en estudios conducentes a la obtención de títulos de Grado o Máster universitario.

Tema 3. Acceso y admisión a la Universidad. Pruebas de acceso a la Universidad. Proceso de admisión a las universidades públicas: preinscripción, traslado de expediente, simultaneidad de estudios.

Tema 4. Régimen académico y de evaluación de los alumnos. Régimen de permanencia en la Universidad de Jaén. Normas de matrícula en la Universidad de Jaén. Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Tema 5. La ordenación de las enseñanzas universitarias: estructura de las enseñanzas universitarias oficiales de Doctorado. Antecedentes, caracterización y régimen jurídico. Obtención y expedición de títulos oficiales universitarios de Doctorado. Las enseñanzas propias de Formación Permanente en el ámbito universitario, especial referencia en la Universidad de Jaén.

Tema 6. Becas y ayudas al estudio. Prácticas en empresas. Emprendimiento. Asociacionismo y representación estudiantil. Programas de Movilidad Internacional. Programas de Cooperación al Desarrollo.

B) Gestión de personal.

Tema 1. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. La oferta de empleo público. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas.

Tema 2. Los empleados públicos: concepto y clases. Los procesos de selección de los recursos humanos: tipologías. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios: normas generales. Órganos de selección. Convocatorias y procedimiento selectivo.

Tema 3. La carrera administrativa de los funcionarios públicos. Especial incidencia en los sistemas y procedimientos de provisión de puestos de trabajo.

Tema 4. Situaciones administrativas: supuestos y efectos de cada una de ellas.

Tema 5. Sistema de retribuciones de los funcionarios: conceptos retributivos y determinación de su cuantía. Indemnizaciones por razón del servicio.

Tema 6. El personal docente e investigador de las universidades: clases y régimen jurídico aplicable. Selección del profesorado: acceso y carrera docente.

Tema 7. El contrato de trabajo. Concepto. Modalidades del contrato de trabajo. Peculiaridades del personal laboral al servicio de las AA.PP.

Tema 8. El personal laboral al servicio de las Universidades Públicas andaluzas. Régimen jurídico aplicable. Selección y carrera profesional.

Tema 9. La Ley de Incompatibilidades, con especial referencia al sector universitario. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos.

Tema 10. La sindicación de los empleados públicos. Juntas de Personal y Comités de Empresa. Composición y derechos.

C) Gestión financiera.

Tema 1. El presupuesto de la Universidad de Jaén: Clasificación económica, funcional y orgánica. Detalle explicativo del presupuesto de ingresos y de gastos.

Tema 2. Cuentas anuales de la Universidad de Jaén. Balance. Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial. Liquidación del presupuesto. Memoria.

Tema 3. El Modelo de financiación de las Universidades Públicas Andaluzas.

Tema 4. La financiación interna de la Universidad de Jaén. Los contratos-programa con Centros y Departamentos Universitarios.

Tema 5. Contratación del Sector Público: Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos.

Tema 6. Contratación del Sector Público: Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Organización administrativa para la gestión de la contratación, con especial referencia a los órganos competentes en materia de contratación en la Universidad de Jaén.

ANEXO III

DECLARACIÓN JURADA

Don/Doña ................................................................................................................................,

con domicilio en ............................................................................................................................,

y documento nacional de identidad número ............................, declara bajo juramento o promete, al efecto de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala de Gestión de la Universidad de Jaén, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas.

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