Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación de las tablas salariales para los años 2024, 2025 y 2026 del XXI Convenio Colectivo de la empresa Avanza Movilidad Integral, S.L.U. (antes «Portillo») (Málaga y Cádiz).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00316291.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
Visto el Acuerdo por el que se aprueban las tablas salariales para los años 2024, 2025 y 2026, adoptado por la Comisión Negociadora del XXI Convenio Colectivo de la empresa Avanza Movilidad Integral, S.L.U. (antes «Portillo») (Málaga y Cádiz), código del convenio 71000012011983, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
RESUELVO
Único. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de febrero de 2025.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
ACTA
Asistentes:
Por la empresa:
D. R.D.C.
D. F.J.B.F.
D. J.M.S.M.
D. Y.G.R.
Por los trabajadores:
D. F.G.S.(en sustitución de F.J.G.O.), SLT.
D. R.C.F., SLT.
D. S.C.M., SLT.
D. F.J.N.J., SLT.
D. M.F.J., SLT.
D. J.A.R.P., SLT.
D. M.G.P., CC.OO.
D. A.H.G., CC.OO.
D. S.G.L., CC.OO.
D. J.G.L., CC.OO.
D. A.D.L., UGT
D. J.M.S.C., SITP
D. J.M.O.J. (en sustitución de J.L.R.E.), CGT.
En la localidad de Málaga, siendo las 10:00 horas del día once de diciembre de dos mil veinticuatro, se reúnen los/as Sres./as. que aparecen relacionados al margen de la presente Acta, que actúan como componentes de la Comisión Negociadora del XXI Convenio Colectivo de la Empresa Avanza Movilidad Integral, S.L.U. (para Málaga y Cádiz) y sus trabajadores, y acuerdan firmar el siguiente acuerdo adoptado que se transcribe a continuación como consecuencia de la aplicación del número 5.º del artículo 30 compensación anual en concepto de productividad del Convenio Colectivo de aplicación:
1.º Teniendo en cuenta que la tasa global de absentismo correspondiente al año 2023 fue del 8,99% y la del año 2022 ascendió al 9,85%, se produjo una disminución porcentual del 0,86% de la tasa global de absentismo del año 2023 con respecto al 2022, siendo dicha disminución superior al 0,50%, que establece el número 5.º del artículo 30 del convenio colectivo que establece la compensación anual en concepto de productividad.
2.º Como consecuencia de lo anterior el importe establecido para dicha compensación y contemplado en los párrafos 1.º, 2.º y 3.º del artículo 30 del convenio colectivo se debe incrementar en un 10% sobre el importe del año 2023, no siendo de aplicación la cláusula de revisión salarial recogida en el artículo 7 del convenio colectivo.
3.º Por todo lo anterior los importes previstos para dicho concepto en compensación anual en concepto de productividad, salvo que vuelva a producirse una disminución de la tasa global de absentismo del 0,50% respecto del año inmediatamente anterior, serán los siguientes:
Año 2024: 86,22 euros.
Año 2025: 86,22 euros.
Año 2026: 88,38 euros.
4.º Se proceden a firmar las tablas salariales para los años 2024, 2025 y 2026 con la modificación expuesta en el párrafo anterior.
5.º Se autoriza a D. F.J.V.G., con DNI núm. ***0478**, de «Villanueva Asesores, S.L.», para que actúe ante el organismo público correspondiente a los efectos indicados anteriormente.
Se levanta la sesión, aprobándose el Acta, que es firmada por los asistentes en prueba de conformidad en el lugar, día y hora indicados al principio.
Descargar PDF
BOJA nº 40 de 27/02/2025