Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 10/03/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa

Acuerdo de 5 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la extinción de las licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial y ámbito local en las demarcaciones de Almuñécar (TL01GR), Guadix (TL04GR), Huéscar (TL05GR) y Loja (TL07GR).

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Por Acuerdo de 27 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, se resolvió el concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial y ámbito local en Andalucía (BOJA núm. 82, de 3 de mayo de 2022), adjudicándose a don Antonio Alejandro Ruiz-Berdejo Riba licencias en las demarcaciones de Almuñécar (TL01GR), Guadix (TL04GR), Huéscar (TL05GR) y Loja (TL07GR), entre otras.

Con fecha 3 de octubre de 2024, don Antonio Alejandro Ruiz-Berdejo Riba presenta renuncia a las mencionadas licencias.

El artículo 31.g) de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, contempla como causa de extinción de la licencia la renuncia de su titular.

En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de marzo de 2025,

ACUERDA

Primero. Declarar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1.b) de la Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía, y en el artículo 31.g) de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, la extinción de las licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial y ámbito local en las demarcaciones de Almuñécar (TL01GR), Guadix (TL04GR), Huéscar (TL05GR) y Loja (TL07GR), otorgadas a don Antonio Alejandro Ruiz-Berdejo Riba, por renuncia de su titular.

Segundo. La extinción de la licencia comporta el cese inmediato de la prestación del servicio.

Tercero. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente acuerdo.

Cuarto. Facultar a la Dirección General de Comunicación Social para practicar las actuaciones administrativas precisas para la efectividad material del cumplimiento del presente acuerdo.

Contra el presente acuerdo cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1  de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos de este orden jurisdiccional, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de marzo de 2025

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO SANZ CABELLO
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social 
y Simplificación Administrativa
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