Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de auto taxis del municipio de Dos Hermanas (Sevilla). (PP. 297/2025).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00315616.
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Jefe del Servicio de Relaciones con las Corporaciones Locales en fecha 7 de febrero 2025 y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
RESUELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis aprobadas por el Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla) que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
(IVA INCLUIDO)
Tarifa 1 | Importe |
---|---|
Carrera mínima | 4,35 € |
Bajada de bandera | 1,61 € |
Kilómetro recorrido | 1,09 € |
Hora de espera | 24,92 € |
La tarifa 1 se aplicará a los servicios urbanos realizados de lunes a viernes, en días laborables, de 7:00 a 21:00 horas.
Tarifa 2 | Importe |
---|---|
Carrera mínima | 5,45 € |
Bajada de bandera | 1,94 € |
Kilómetro recorrido | 1,36 € |
Hora de espera | 31,17 € |
La tarifa 2 se aplicará en los siguientes servicios urbanos:
- De lunes a jueves laborables de 21:00 a 00:00 y de 00:00 a 7:00 horas.
- Viernes y vísperas de festivos de 21:00 a 22:00 y de 00:00 a 7:00 horas.
- Sábados, domingos y festivos de 06:00 a 22:00 horas.
- Días de Semana Santa de 7:00 a 21:00 horas.
- Días de Feria de Dos Hermanas de 7:00 a 20:00 horas.
- Los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero de 00:00 a 22:00 horas.
Tarifa 3 | Importe |
---|---|
Carrera mínima | 6,78 € |
Bajada de bandera | 2,44 € |
Kilómetro recorrido | 1,65 € |
Hora de espera | 39,88 € |
La tarifa 3 se aplicará:
- Viernes y vísperas de festivos de 22:00 a 00:00 horas.
- Sábados, domingos y festivos de 22:00 a 00:00 y de 00:00 a 6:00 horas.
- Días de Semana Santa de 21:00 a 00:00 y de 00:00 a 7:00 horas.
- Días de Feria de Dos Hermanas de 20:00 a 07:00 horas.
Suplementos | Importe |
---|---|
Por cada maleta o bulto de más de 60 cm (sólo urbano) | 0,80 € |
Por cada mascota (de las reconocidas en la Ley 7/2023, de 28 de marzo) | 2,08 € |
Por cada viajero que exceda de la cuarta plaza | 1,04 € |
Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero entre las 22:00 y las 6:00 horas |
2,44 € |
Días de Feria de Dos Hermanas | 2,44 € |
Servicio con destino u origen en zonas con viarios sin asfaltar | 2,08 € |
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a los usuarios del servicio, por los profesionales del sector, exhibiéndola en un lugar visible del vehículo hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de febrero de 2025.- El Director General, Jesús Ignacio Pérez Aguilera.
Descargar PDFBOJA nº 57 de 25/03/2025