Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 02/05/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 15 de abril de 2025, por la que se autoriza el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Los Peques» y «Los Peques II», de Huelva. (PP. 862/2025).

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Examinados los expedientes incoados a instancia de doña María José Gálvez Martínez, como persona titular de los centros de educación infantil «Los Peques» y «Los Peques II», de Huelva, mediante los que se solicita el cambio de titularidad de ambos a favor de Centro de Educación Infantil Los Peques de Huelva, S.L.

Primero. Resultando que el centro «Los Peques» tiene autorización administrativa para 2 unidades de primer ciclo de educación infantil con 31 puestos escolares, por Resolución de 18 de febrero de 2005 de la entonces Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Huelva, y el centro «Los Peques II» tiene autorización administrativa para 5 unidades de primer ciclo de educación infantil con 76 puestos escolares, por Orden de 25 de noviembre de 2008.

Segundo. Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, aparece debidamente acreditada la titularidad de los centros de educación infantil «Los Peques» y «Los Peques II», a favor de doña María José Gálvez Martínez.

Tercero. Resultando que doña María José Gálvez Martínez, mediante escritura de constitución de la sociedad Centro de Educación Infantil Los Peques de Huelva, S.L., otorgada ante don Rafael Toledo Muñoz-Cobo, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad de los referidos centros a la misma.

Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 7 de marzo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Conceder el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Los Peques», con código 21004133 y domicilio en calle Artesanos, 1, y «Los Peques II» con código 21006351 y domicilio en calle Artesanos, 23, ambos de Huelva, que, en lo sucesivo, la ostentará Centro de Educación Infantil Los Peques de Huelva, S.L., que, como entidad cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el «resultando» primero.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 15 de abril de 2025

MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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