Resolución de 21 de abril de 2025, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se modifican los Tribunales de Revisión, de la Resolución de 11 de mayo de 2023, por la que se convocan las pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el ejercicio de la actividad de transporte por carretera de mercancías o de viajeros, y se determina la composición del Tribunal de revisión de las pruebas, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Por Resolución de la Dirección General de Movilidad y Transportes, de 11 de mayo de 2023, se convocan las pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el ejercicio de la actividad de transporte por carretera de mercancías o de viajeros, y se determina la composición del Tribunal de revisión de las pruebas, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 92, de 17 de mayo, páginas 8651/1-10).
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se modifica la composición de los Tribunales de revisión, de la Resolución de 11 de mayo de 2023, por la que se convocan las pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el ejercicio de la actividad de transporte por carretera de mercancías o de viajeros, y se determina la composición del Tribunal de revisión de las pruebas, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 21, de 21 de enero, página 1219/1).
En aplicación de la base quinta de la resolución de convocatoria, mediante esta resolución se modifica la composición de los tribunales de revisión de las pruebas (Anexo II), quedando como sigue:
ANEXO II
TRIBUNAL DE REVISIÓN DE EXÁMENES
Presidenta titular: D.ª Patricia Cabaleiro Mora.
Presidente suplente: D. Luis Miguel Millán Cantero.
Secretaria titular: D.ª Ana María Urban Personat.
Secretaria suplente: D.ª María Teresa Chávez Serrano.
Vocales titulares: D.ª María del Mar Sánchez Frías.
D. Norberto Navarro Cuesta.
D.ª María del Rosario Calero Delgado.
Vocales Suplentes: D. Antonio Aragón García.
D.ª Ana Belén Quintana Jiménez.
D.ª Raquel del Paso Reguera.
A los efectos de cualificación, y de conformidad con el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 122, de 25 de junio), el tribunal se clasifica en el grupo III del Anexo V.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a las personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Contra las resoluciones del Tribunal únicamente cabrán los recursos administrativos regulados en los referidos textos legales.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 21 de abril de 2025.- El Director General, José Miguel Casasola Boyero.
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