Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 12/05/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución Conjunta de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente y la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se autoriza a determinados centros educativos a impartir los cursos preparatorios para el acceso a las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior para el curso 2025-2026.

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La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 41 que las Administraciones educativas ofertarán cursos de específicos preparatorios para el acceso a la Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior destinados a alumnos y alumnas que carezcan de los requisitos de acceso.

De igual forma, la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, dispone en el artículo 46.b) la oferta de cursos preparatorios para el acceso a la Formación Profesional de Grado Medio y Superior, destinados a personas que no cumplan los requisitos de acceso.

El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, expone en su artículo 113 el desarrollo de los cursos de formación preparatorios para el acceso a las enseñanzas de Formación profesional de Grado Superior, estableciendo que corresponde a las administraciones educativas determinar los centros, preferentemente del Sistema de Formación Profesional y de personas adultas, que ofrecerán estos cursos con arreglo a los principios de accesibilidad, igualdad de trato y no discriminación e igualdad de oportunidades.

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece en su artículo 109 que los institutos provinciales de educación permanente son centros específicos para la educación permanente de personas adultas.

El Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero, de evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizajes informales, establece un Marco de Referencia para la evaluación y acreditación de las Competencias Básicas de las Personas Adultas, determinando en sus artículos 22 y 23 el uso del citado Marco de Referencia como referente en el curso preparatorio y en las pruebas de acceso al Grado D de ciclos formativos de grado medio y superior. La Consejería competente en materia de educación está elaborando el marco normativo que desarrollará lo expuesto en dicho real decreto.

Por todo ello, y en virtud de las competencias establecidas en el Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente y la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada son competentes en materia de elaboración y desarrollo normativo sobre formación profesional y enseñanzas de personas adultas y en materia de clasificación, creación, autorización, cese, modificación o transformación de los centros docentes y el mantenimiento de su registro en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por todo ello, los Directores Generales de Formación Profesional y Educación Permanente y de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, en virtud de las competencias legalmente atribuidas,

RESUELVEN

Primero. Objeto de la resolución.

El objeto de la presente resolución es la autorización del Curso de Formación Preparatorio para acceder a los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional del sistema educativo para el curso 2025/2026 en determinados centros públicos.

Segundo. Centros autorizados.

1. Los centros educativos autorizados para la impartición del curso preparatorio para el acceso a las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior son los siguientes:

Centro autorizado Modalidad
Presencial Distancia
IPEP Sevilla (41702084) X X
IPEP Málaga (29701301) X
IPEP Córdoba (14700018) X
IPEP Cádiz (11700317) X
IPEP Juan Latino (1811111) X

Tercero. Requisitos de las personas solicitantes.

De conformidad con los artículos 112.2 y 113.1 del Real Decreto 659/2023, podrán realizar los cursos preparatorios para el acceso a las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior las personas que no cumplan los requisitos de acceso a dichas enseñanzas y se requerirá, además, tener diecinueve años como mínimo, cumplidos en el año de realización del inicio de la formación.

Cuarto. Calendario de admisión y matrícula.

El procedimiento de admisión y matriculación se realizará de conformidad con el calendario que se publique por la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

Quinto. Organización del curso.

1. El curso preparatorio para el acceso a las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior tendrá una duración de un máximo de 600 horas, de conformidad con el artículo 113 del Real Decreto 659/2023.

2. La organización curricular, distribución horaria y demás aspectos organizativos del curso se regulará por instrucciones de la Dirección General competente en Formación Profesional y Educación Permanente.

Sexto. Aplicación y efectos académicos.

1. Se autoriza a los distintos Órganos Directivos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional a dictar cuantas instrucciones sean precisas para la aplicación de la presente resolución, en el ámbito de sus respectivas competencias.

2. La presente resolución tendrá efectos académicos a partir del curso escolar 2025/2026.

Sevilla, 25 de abril de 2025.- La Directora General de Formación Profesional y Educación Permanente, Inmaculada Troncoso García; el Director General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, Rafael Javier Salas Machuca.

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