Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 13/05/2025

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos del concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.

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Por Resolución de 24 de octubre de 2024, se convocó concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.

Por Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, se hizo pública la adjudicación provisional de destinos en el concurso de traslados para el personal funcionario de carrera de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.

Vistas las alegaciones presentadas contra la citada Resolución de 25 de febrero de 2025, se procede a hacer pública la adjudicación definitiva de los destinos del personal funcionario de carrera participante, de conformidad con lo establecido en la base decimocuarta de la mencionada Resolución de 24 de octubre de 2024, de convocatoria del concurso de traslados.

En su virtud, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero. Anunciar la publicación de la adjudicación definitiva de los destinos del personal funcionario de carrera de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, el día 13 de mayo de 2025.

La presente resolución y la referida adjudicación definitiva de los destinos se publicarán, en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y recogerá la siguiente información:

- Relación de participantes, con indicación, en su caso, del destino adjudicado.

- Reclamaciones a la adjudicación y al baremo provisional, así como modificaciones de oficio.

- Renuncias aceptadas y denegadas al concurso de traslados, con indicación, en su caso, de los motivos de denegación.

- Personal excluido, con indicación de los motivos de exclusión.

Segundo. El personal funcionario docente que haya participado en este procedimiento y desee retirar la documentación original presentada, podrá solicitarlo en la Delegación Territorial competente en materia de educación correspondiente, a partir del mes de octubre de 2025.

En los supuestos de interposición de los recursos procedentes, la citada documentación permanecerá en la Delegación Territorial competente en materia de educación correspondiente hasta su resolución.

Tercero. De conformidad con lo establecido en la base decimoquinta de la Resolución de 24 de octubre de 2024, la toma de posesión de los nuevos destinos tendrá efectos administrativos y económicos de 1 de septiembre de 2025.

No obstante, el personal que obtenga un nuevo destino deberá permanecer en su centro de origen hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso académico anterior, en su caso.

Cuarto. En el supuesto de participar simultáneamente en este procedimiento por distintos cuerpos docentes y se obtenga destino en más de uno, se deberá optar por uno de ellos en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la adjudicación definitiva, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la resolución de convocatoria, adjuntando fotocopia del DNI, en el caso de que no haya consentido la consulta de los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Identidad. De no realizar dicha opción en el plazo indicado se deberá tomar posesión en la plaza obtenida en el cuerpo desde el que ha participado en situación de servicio activo. Del mismo modo, de no optar y encontrarse en situación de excedencia en más de un cuerpo, deberá incorporarse al destino obtenido en el cuerpo desde el que accedió a la última excedencia.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la referida Resolución de 24 de octubre de 2024, en los casos en que participantes en este concurso de traslados lo hicieran también en algún otro procedimiento y obtuvieran por ambos destino definitivo, podrán optar por uno de ellos en los diez días hábiles siguientes a la adjudicación definitiva del último procedimiento resuelto, adjuntando fotocopia del DNI en el caso de que no haya consentido la consulta de los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Identidad. De no realizar dicha opción en el plazo indicado se deberá tomar posesión en la plaza obtenida en este procedimiento de concurso de traslados.

Quinto. El personal que resulte adjudicatario de destino en esta Comunidad Autónoma de Andalucía, procedente de otra Administración educativa vendrá obligado a presentar telemáticamente a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml), en el plazo de un mes natural, a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución, la documentación que se relaciona dirigiéndola a la Delegación Territorial competente en materia de educación a la que corresponda el destino adjudicado:

• Documento de liquidación de baja de haberes.

• Modelo 145 de comunicación de datos al pagador.

• Número de cuenta corriente para el abono de la nómina.

• Número de afiliación de cobertura que le corresponda, Seguridad Social o Muface.

• Acreditación de la fecha de ingreso como personal funcionario de carrera en los cuerpos y especialidades a los que pertenezca, puntuación obtenida en los procesos de selección superados, el tiempo de servicio y las especialidades de las que sea titular.

• Dirección actual a efectos de notificaciones (correo electrónico y teléfono móvil).

• Copia del DNI/NIE.

• Certificación negativa actual del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos.

• Declaración responsable de no hallarse separado de ningún cuerpo o escala de la Administración del Estado, de las comunidades autónomas o de la local, en virtud de expediente disciplinario, ni de estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicta la presente Resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 6 de mayo de 2025.- El Director General, Carlos Muñoz Morales.

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