Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 02/01/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Deporte

Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca, para el año 2026, el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.

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BDNS (Identificación): 876454.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index), en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/10901.html así como en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales

http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La tramitación del expediente de gasto correspondiente a esta convocatoria se realiza en régimen de tramitación anticipada, por tanto, la cuantía total máxima que se destina a la presente convocatoria tiene carácter estimado, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ley de Presupuesto de la Junta de Andalucía para el ejercicio 2026.

Primero. Convocatoria y financiación.

Se convoca, en el ámbito de la Consejería de Cultura y Deporte (Agencia Andaluza de Instituciones Culturales) en el ejercicio 2026, el procedimiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.

La financiación de estas ayudas se imputará a los créditos del capítulo IV del presupuesto de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y se harán efectivas con cargo a la partida presupuestaria 1951010000 G/45E/47003/00 01, con una dotación total de 210.000 euros, distribuida al 50% en dos anualidades, 105.000 euros con efectividad en caja en 2026 y 105.000 euros en la anualidad futura 2027.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las ayudas a la promoción del tejido profesional del flamenco, en la línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco: Las personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la creación, producción y comercialización de espectáculos flamencos en sus distintas expresiones de cante, toque y baile, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.

Tercero. Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria, la promoción de una finalidad de interés público y social cuál es, apoyar al sector profesional del flamenco mediante la concesión de subvenciones para su promoción, en la línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco en sus distintas expresiones de cante, toque y baile.

Cuarto. Bases reguladoras.

La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 24 de marzo de 2017 (Boja núm. 60, de 29 de marzo), por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía. Se considera parte integrante de la mencionada orden, el texto articulado de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas mediante Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 5 de octubre de 2015 (Boja núm. 215, de 5 de noviembre).

Asimismo, la Orden de 24 de marzo de 2017 (BOJA núm. 60, de 29 de marzo), se adecúa al ordenamiento europeo, siéndoles aplicables a las subvenciones que al amparo de ella se otorgan las normas de exención por categorías que se establece en el Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, con régimen prorrogado por el Reglamento (UE) 2023/1315, de la Comisión, de 23 de junio de 2023.

Quinto. Importe.

La dotación económica de esta convocatoria se imputa a los créditos del capítulo IV del presupuesto de la Agencia y asciende a 210.000,00 €, distribuidos al 50% en dos anualidades, 105.000 euros con efectividad en caja en 2026 y 105.000 euros en la anualidad futura 2027. El importe máximo de la subvención por persona o entidad beneficiaria será: En la línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco: 50.000,00 euros con el límite máximo del 75% de los gastos subvencionables.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, concluyendo el 30 de enero de 2026. Las solicitudes para concurrir a la presente convocatoria presentadas fuera del mencionado plazo serán inadmitidas.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios Anexo I, Anexo II y Anexo III, para la línea convocada, figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener para su cumplimentación en el Catálogo de procedimientos y servicios de la Administración de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/10901.html

y en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en el siguiente enlace https://www.juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector/flamenco.html

El modelo de documento «Declaración de subcontratación/Solicitud Autorización gastos vinculados…..» de uso obligatorio, en el supuesto de que la persona o entidad beneficiaria pretenda contratar o subcontratar parte del proyecto subvencionado con persona o entidad vinculada, podrán obtenerlo mediante su descarga en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en la siguiente dirección electrónica http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/

Sevilla, 22 de diciembre de 2025.- El Director, José Ángel Vélez González.

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