Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 27/05/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Dirección General de Eventos e Instalaciones Deportivas, por la que se acuerda someter a información pública el Proyecto de los Planes Directores de Instalaciones y Equipamientos Deportivos Provinciales y del Plan de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de la Red Especial.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00338178.

El artículo 43.3 de la Constitución Española establece un mandato dirigido a todos los poderes públicos de fomento de la educación física y el deporte como principio rector de la política social y económica, y de conformidad con este marco de distribución competencial, la Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas en materia de deporte en virtud del artículo 72.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deportes y de actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades deportivas.

En ejercicio de estas competencias fue aprobada la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, que dispone en su artículo 1 como objeto de la misma, establecer el marco jurídico regulador del deporte en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con la Constitución y el Estatuto de Autonomía para Andalucía y establece en su artículo 5, apartado j), como principio rector, la planificación, promoción y fomento de una red de instalaciones y equipamientos deportivos suficiente, racionalmente distribuida, y acorde con los principios de sostenibilidad social, económica y ambiental y de movilidad.

Asimismo, el artículo 11 apartado d) de la citada ley atribuye a la Administración de la Junta de Andalucía la competencia de planificación, ordenación, coordinación y fomento de la construcción de instalaciones deportivas, garantizando el equilibrio territorial.

La Ley 5/2016, de 19 de julio, dedica el Título V a las instalaciones deportivas, y en concreto, el Capítulo I, a los planes de instalaciones deportivas, estableciendo el artículo 70.1, que la Consejería competente en materia de deporte llevará a cabo la planificación global de las instalaciones deportivas con criterios de racionalidad, economía, equidad y eficiencia, tomando en consideración las necesidades y peculiaridades regionales y locales, así como el número y características de las instalaciones deportivas de uso público y privado existentes.

En virtud del artículo 21 del Decreto 48/2022, de 29 de marzo, por el que se regula el Inventario Andaluz de Instalaciones y Equipamientos Deportivos y los Planes de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de Andalucía, se aprobó el Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de Andalucía mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de septiembre de 2018.

Dado que el artículo 26 del Decreto 48/2022, de 29 de marzo, establece que los planes de desarrollo de ese Plan Director son entre otros, el Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos Provincial, cuyo ámbito territorial es el de área deportiva o provincial y el Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de la Red Especial cuyo ámbito es la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de febrero de 2024, se aprueba la formulación de los Planes Directores de Instalaciones y Equipamientos Deportivos Provinciales y del Plan de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de la Red Especial, y en base a lo establecido en los artículos 30.1 y 39.1 del citado decreto y en el apartado séptimo del mencionado acuerdo se han elaborado las propuestas iniciales de los Planes Provinciales y del Plan de la Red Especial.

Dada la naturaleza de la disposición, teniendo en consideración su ámbito de incidencia y contenido, y resultando procedente dar la máxima difusión a los mismos, esta Dirección General de Eventos e Instalaciones Deportivas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el apartado séptimo del Acuerdo de 13 de febrero de 2024,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de los «Planes Directores de Instalaciones y Equipamientos Deportivos Provinciales y del Plan de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de la Red Especial» por un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que la ciudadanía, los organismos, las entidades y los colectivos interesados formulen las alegaciones que estimen pertinentes.

Segundo. Durante dicho plazo, el texto de los citados proyectos de planes, junto con el resto de documentación que conforma el expediente, estará disponible para su general conocimiento en el Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/culturaydeporte/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/644977.html

así como en la sede de la Dirección General de Eventos e Instalaciones Deportivas (Servicio de Instalaciones Deportivas, Proyectos y Obras), sita en el Estadio Olímpico La Cartuja, puerta 16, planta tercera, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de planes se realizarán preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: dgeid.ccd@juntadeandalucia.es, o en formato papel, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 a 87 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de mayo de 2026.- El Director General, Gorka Lerchundi Rebollo.

Descargar PDF