Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 29/05/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social

Resolución de 20 de mayo de 2026, del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se modifica la Resolución de 30 de diciembre de 2021 por la que se da cumplimiento a la Orden de 28 de diciembre de 2021, de delegación de competencias en materia de gestión y recaudación en vía voluntaria, así como la revisión de tributos en las Consejerías y entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía que presten o realicen determinados servicios o actividades.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00338340.

El artículo 6 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, atribuye a la Agencia Tributaria, entre otras competencias, la gestión, liquidación, recaudación e inspección de todos los tributos propios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

La disposición adicional quinta de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, establece que «Cuando así lo acuerde la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda por razones de eficacia, agilidad y, en general, de mejora en la prestación del servicio a la ciudadanía, la Agencia delegará la gestión, liquidación y recaudación en vía voluntaria de los tributos en las Consejerías y entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía que presten los respectivos servicios y actividades».

En aplicación de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, el Consejero de Hacienda y Financiación Europea acordó mediante Orden de 28 de diciembre de 2021 que la Agencia Tributaria delegara la gestión y recaudación en vía voluntaria de tributos, así como la revisión, cuya competencia tiene atribuida por su ley de creación, en las Consejerías y entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía que prestan los servicios y realizan las actividades que determinan la exigencia del correspondiente tributo, en los términos previstos en la disposición adicional quinta de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, agilizando, de este modo, la gestión del servicio público y simplificando su accesibilidad a la ciudadanía.

El Consejo Rector de la Agencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, dictó la Resolución de 30 de diciembre de 2021, por la que se da cumplimiento a la citada Orden de 28 de diciembre de 2021.

Ahora bien, el punto 4 de la disposición final décima de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026, modifica el artículo 254.1 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía añadiendo un apartado c), en relación con la tasa por inscripción en las convocatorias que realicen la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias y consorcios, para la selección de personal a fin de regular la tarifa aplicable a las convocatorias de acceso a la categoría de policía, Grupo C, Subgrupo C1, de los cuerpos de la Policía Local de Andalucía realizadas por la Consejería con competencias sobre las policías locales, al amparo de la convocatoria unificada establecida en el artículo 43.4 de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.

Por otro lado, con fecha 3 de febrero de 2026 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Decreto 8/2026, de 28 de enero, por el que se regula el ingreso, la promoción interna, la movilidad, la formación y la convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local de Andalucía, en cuyo artículo 1 se establece que el objeto del citado decreto es regular los sistemas de acceso a las distintas categorías de los cuerpos de la Policía Local, a los procesos selectivos y a la formación del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local de Andalucía.

En conexión con lo anterior, el artículo 18 del Decreto 8/2026, de 28 de enero, establece los requisitos para la participación en un proceso selectivo a los cuerpos de la Policía Local por turno libre, entre otros requisitos, abonar las tasas de derechos de examen, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.

Adicionalmente, el artículo 41 del citado decreto indica que la Agencia Tributaria de Andalucía realizará la gestión, liquidación, recaudación e inspección de las tasas por la participación en dichos procesos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En su virtud, el Consejo Rector, como órgano superior de gobierno de la Agencia, de la que ostenta la alta dirección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, en cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional quinta de dicha ley y en la Orden de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea de 28 de diciembre de 2021, en su reunión del día 13 de mayo de 2026,

RESUELVE

Primero. Modificar el apartado decimoctavo de la Resolución de 30 de diciembre de 2021, que queda redactado como sigue:

«Decimoctavo. Delegar las competencias de gestión tributaria y de recaudación en periodo voluntario de la tasa por inscripción en las convocatorias que realice la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la selección de personal en sus respectivos ámbitos funcionales a las siguientes Consejerías y entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía:

a) A la Consejería con competencias sobre las policías locales.

b) A la Consejería competente en materia de educación.

c) Al Instituto Andaluz de Administración Pública.

d) Al Servicio Andaluz de Salud.”

Segundo. La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de mayo de 2026.- La Presidenta de la Agencia Tributaria de Andalucía, Amelia Ignacia Martínez Sánchez.

Descargar PDF