Extracto de la Resolución Rectoral de 21 de mayo de 2026, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan las ayudas para la acreditación de niveles de competencia lingüística en una lengua extranjera en estudios de grado. Curso 2025/2026.
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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/908521).
Primero. Convocatoria.
Con el objetivo de conseguir igualdad de acceso a la formación, independientemente del nivel de renta de las familias, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha considerado adecuado financiar programas de ayudas al alumnado que se halle en situación de dificultad económica para la obtención de niveles de competencia lingüística en una lengua extranjera, de manera que sea en el marco de las propias Universidades andaluzas donde se diseñe y establezca el oportuno procedimiento, como una más de las actividades ordinarias de tipo académico y administrativo en la relación entre cada Universidad y sus estudiantes.
Por todo ello, y en virtud de sus competencias, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, dicta la Orden de 26 de agosto de 2025, por la que se determinan las cuantías y las condiciones de la aportación de Administración de la Junta de Andalucía a los programas de ayudas para el fomento de la adquisición y acreditación de niveles de competencia lingüística en una lengua extranjera para el curso 2025/2026, convocados por las Universidades públicas de Andalucía.
Segundo. Bases reguladoras.
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas al alumnado de Grado y Máster de la Universidad de Huelva (BOJA de 21 de diciembre).
Tercero. Financiación.
La partida presupuestaria del Servicio de Gestión Académica destinada al abono de esta ayuda será:
− Centro de Gasto 800004 – Programa 321S – Clasificación Económica 480.99 – Importe: 35.000 €.
En aplicación del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se establece la posibilidad de incorporar una cuantía adicional con cargo al importe consignado en la Unidad de Gasto 800004, del Servicio de Gestión Académica.
Cuarto. Personas beneficiarias.
Alumnos matriculados en la Universidad de Huelva, en una titulación oficial de Grado, en el curso 2025/2026, siendo esta la titulación para la que se solicita la ayuda objeto de la convocatoria. A los efectos de obtener la ayuda descrita en el apartado a) del artículo 2.1 de la convocatoria, tendrán la consideración de estudiantes matriculados en estudios de Grado en el curso 2025/2026 aquéllos que, teniendo superadas previamente todas las materias de esta titulación, acrediten en el curso 2025/2026 las competencias lingüísticas exigidas para la expedición del título.
Percibirán la aportación los estudiantes que hayan sido beneficiarios de beca de estudios de carácter general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, o de una beca de carácter general del departamento de educación del País Vasco, en el momento de participación en la respectiva convocatoria de ayudas de la Universidad o en el curso inmediatamente anterior, siempre que no hubiesen obtenido otra ayuda pública para la misma finalidad.
Haber realizado gastos de formación y/o acreditación para la obtención de competencias lingüísticas en una lengua extranjera durante el periodo de tiempo en que el estudiante ha estado matriculado en la titulación de Grado objeto de esta ayuda.
En el caso de solicitar la ayuda del apartado a) del artículo 2.1 de la convocatoria, tener acreditado en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas de nivel B1 o superior, necesarias para la expedición del correspondiente título de Grado.
En el caso de solicitar la ayuda del apartado b) del artículo 2.1 de la convocatoria, tener superados los requisitos necesarios para obtener el nivel B2 o superior, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.
En el caso de solicitar la ayuda del apartado c) del artículo 2.1. de la convocatoria, tener superados los requisitos necesarios para obtener el nivel B1 o superior en un segundo idioma extranjero, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.
Haber superado los requisitos necesarios para obtener el nivel de idiomas para el que se solicita la ayuda con anterioridad al 30 de septiembre de 2026.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente a la publicación en el BOJA, y permanecerá abierto hasta el 10 de octubre de 2026.
Huelva, 21 de mayo de 2026.- El Rector, José Rodríguez Quintero.
Descargar PDFBOJA nº 104 de 02/06/2026