La Junta
Consejo de Gobierno
Resolución de 2 de junio de 2026, de la Junta Electoral de Andalucía, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de los resultados generales y por circunscripciones de las elecciones al Parlamento de Andalucía celebradas el día 17 de mayo de 2026, así como de los datos de voto de las personas españolas residentes en el extranjero remitidos por cada consulado, desglosados por provincias, y de los datos del voto recibido en cada Junta Electoral Provincial desglosados por consulado de emisión.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00338776.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
De conformidad con lo previsto en el artículo 108.6 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, la Junta Electoral de Andalucía procede a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de los resultados generales y por circunscripciones de las elecciones al Parlamento de Andalucía celebradas el día 17 de mayo de 2026, así como de la relación de Diputados proclamados electos por cada una de las juntas electorales provinciales de esta Comunidad Autónoma.
Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 75.14 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, de reforma de aquella, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero, y en el punto 3 del apartado sexto de la Instrucción 1/2023, de 30 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre procedimiento de votación de los electores inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), tras la modificación llevada a cabo por la Ley Orgánica 12/2022, la Junta Electoral de Andalucía procede a la publicación de los datos relativos al voto de estos electores en las mencionadas elecciones en las ocho circunscripciones andaluzas y de los datos del voto de dichas personas recibido en cada una de las juntas electorales provinciales, desglosados por consulado de emisión.
Se hace constar que los resultados que se publican derivan de los datos remitidos por las correspondientes juntas electorales provinciales y por los consulados, recogiendo estrictamente los datos que constan en las actas respectivas, y haciendo constar en la columna relativa al número definitivo de electores los proporcionados por la Oficina del Censo Electoral.
Las juntas electorales provinciales han excluido del resultado los sobres remitidos por los consulados que no cumplían los requisitos legales para su escrutinio y han añadido en el voto por correo el voto de los electores residentes en el extranjero (CERA) que ejercieron su voto por correo desde España.
Sevilla, 2 de junio de 2026.- El Presidente, José Ángel Vázquez García.
Descargar PDFBOJA nº 108 de 08/06/2026
Disposición siguiente