La Junta
Consejo de Gobierno
Resolución de 2 de junio de 2026, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se concretan determinadas condiciones de la emisión de Deuda Pública anotada de la Junta de Andalucía, por importe de 500 millones de euros, autorizada mediante el Decreto 9/2026, de 28 de enero, del Consejo de Gobierno.
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El Decreto 9/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 19 C1, de 29.1.2026), por el que se autoriza la concertación de operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de 3.818.375.500 euros, autoriza, a su vez, en su disposición adicional única, a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública a determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las operaciones de endeudamiento aprobadas en dicho decreto, así como para concretar sus condiciones financieras.
Por otra parte, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, el Consejo de Ministros en su reunión de 9 de diciembre de 2025 autorizó a la Comunidad Autónoma de Andalucía a formalizar operaciones de deuda a largo plazo a por un importe máximo de 3.818.375.105,87 euros.
Asimismo, la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional autorizó, con fecha de 22 de abril de 2026, la realización de operaciones de endeudamiento mediante una emisión de Deuda Pública por un importe máximo de 500.000.000 euros.
Por todo ello, en virtud de dichas autorizaciones, esta Dirección General,
RESUELVE
1. Llevar a cabo una emisión de Deuda Pública por importe de 500.000.000 euros con cargo a la autorización contenida en el Decreto 9/2026, de 28 de enero, arriba mencionado, con las siguientes características:
1. Modalidad: Obligaciones sostenibles.
2. Procedimiento de emisión: Colocación pública.
3. Importe: 500.000.000 euros.
4. Plazo: 8 años.
5. Fecha de emisión y desembolso: 12 de junio de 2026.
6. Fecha de amortización: 31 de octubre de 2034.
7. Cupón: El tipo de interés nominal anual será del 3,35%. Se abonarán un total de 8 cupones. Los cupones tendrán vencimiento el 31 de octubre de cada año, con un primer cupón largo para el período de 12 de junio de 2026 a 31 de octubre de 2027, y el último, el 31 de octubre de 2034, y se pagarán por anualidades vencidas.
8. Base de cálculo Actual/Actual (ICMA).
9. Día hábil: TARGET 2.
10. Convención pago intereses: día hábil siguiente, sin ajustar.
11. Precio de emisión: 99,971%.
12. Amortización: A la par, por el valor nominal.
13. Representación de las obligaciones: Las obligaciones se representarán mediante anotaciones en cuenta, cuyo registro contable corresponde a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. - IBERCLEAR, y sus entidades participantes.
14. Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AIAF.
15. Importe nominal mínimo de negociación: 1.000 euros.
16. Segregabilidad: La deuda que se emita tendrá carácter segregable, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 185/1998, de 22 de septiembre.
17. Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.
18. Código ISIN: ES0000090987.
19. Mercado objetivo: Clientes profesionales y contrapartes elegibles (según se definen en MiFID II).
20. Entidades Colocadoras: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., Banco Santander, S.A., CaixaBank, S.A., Credit Agricole CIB, HSBC Continental Europe e ING Bank N.V.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de junio de 2026.- El Director General, Ignacio Francisco Cepeda Carrión.
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