Resolución de 2 de junio de 2026, de la Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo y la Hostelería, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el crecimiento, la competitividad y la consolidación de las pymes turísticas en Andalucía (PYMETUR).
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Con fecha 7 de febrero de 2026, la persona titular de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior acuerda iniciar la tramitación del procedimiento de elaboración del proyecto de Orden por el que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el crecimiento, la competitividad y la consolidación de las pymes turísticas en Andalucía (PYMETUR), acordándose su tramitación por el procedimiento de urgencia, de conformidad con el art. 5.1 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En este contexto, considerando que el contenido del proyecto normativo afecta a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, resulta conveniente que el texto se someta a la mayor difusión, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda formular las observaciones y aportaciones que estimen oportunas.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los artículos 37 y 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública, por un plazo de siete días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el proyecto de orden citado con la finalidad de que se formulen cuantas alegaciones se estimen oportunas.
Segundo. El texto del proyecto de Orden quedará expuesto durante dicho plazo para su general conocimiento:
a) En formato digital, a través del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo y la Hostelería, de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, sita en la Avenida de la Guardia Civil, s/n, Casa Rosa, 41013, Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de Orden deberán dirigirse a la Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo y la Hostelería, de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior y se podrán realizar de las siguientes formas:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos deberán presentar sus escritos en la siguiente dirección de correo electrónico: planificacionturistica.ctae@juntadeandalucia.es
Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General en el siguiente enlace:
https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/PEG_VEA
o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de registro de la Junta de Andalucía.
Cuarto. En cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la documentación correspondiente a este proyecto normativo estará disponible en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, al que se podrá acceder a través del siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Sevilla, 2 de junio de 2026.- La Directora General, Gemma del Corral Parra.
Descargar PDFBOJA nº 109 de 09/06/2026