Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 10/06/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Resolución de 3 de junio de 2026, de la Secretaría General para el Deporte, sobre la Relación de Deporte de Rendimiento de Andalucía, correspondiente al primer listado de 2026.

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La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte, que establece la ordenación del deporte en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, incluye en su artículo 11.g), como competencia de la Administración de la Junta de Andalucía, la promoción y tutela del deporte de rendimiento de Andalucía.

El Decreto 336/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula el Deporte de Rendimiento de Andalucía, establece en su artículo 16, apartado 1, que la persona titular de la Secretaría General para el Deporte dictará, con una periodicidad mínima anual, resolución por la que se aprobará la Relación de Deporte de Rendimiento de Andalucía en la que, a propuesta de la Comisión de Valoración del Deporte de Rendimiento de Andalucía, se incluirán los deportistas, entrenadores o técnicos, y jueces o árbitros cuyos méritos les permitan cumplir los criterios selectivos para ostentar la condición de alto nivel o de alto rendimiento de Andalucía.

La inclusión en la Relación de Deporte de Rendimiento de Andalucía conlleva y acredita la adquisición de la condición de alto nivel de Andalucía para deportistas y entrenadores o técnicos, y alto rendimiento de Andalucía para deportistas, entrenadores o técnicos y de jueces o árbitros.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 del Decreto 336/2009, de 22 de septiembre, las solicitudes presentadas para el acceso a los niveles y estamentos correspondientes han sido evaluadas por la Comisión Técnica mediante la emisión de informe detallado, el cual ha sido tenido en cuenta por la Comisión de Valoración del Deporte de Rendimiento de Andalucía para elevar la propuesta definitiva a la Secretaría General para el Deporte, junto a la relación de personas que cumplen los requisitos para la adquisición de la condición de Deporte de Rendimiento de Andalucía, entendiéndose desestimadas el resto de solicitudes no incluidas en dicha propuesta final.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 16.1 del Decreto 336/2009, de 22 de septiembre, a propuesta de la Comisión de Valoración del Deporte de Rendimiento de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Aprobar la Relación de Deporte de Rendimiento de Andalucía correspondiente al primer listado de 2026, que se incorpora como anexo a la presente resolución y comprende las solicitudes presentadas entre el 1 de enero de 2026 y el 27 de mayo de 2026.

Segundo. Desestimar el resto de las solicitudes presentadas que no se incluyan en el primer listado de 2026 que se incorpora como anexo a la presente resolución y comprende las solicitudes presentadas entre el 1 de enero de 2026 y el 27 de mayo de 2026.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Cultura y Deporte en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y lo previsto en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.

Sevilla, 3 de junio de 2026.- La Secretaria General, Isabel Sánchez Fernández.

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