Extracto de la Resolución de 8 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2026 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021.
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BDNS (Identif.): 911624 a 911629.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio), y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2026 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas (en adelante PYME) que realicen proyectos e inversiones de prevención de riesgos laborales, en alguna de las líneas 1 o 2 convocadas, dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Las actividades y proyectos subvencionables deberán estar encuadrados en alguna de los conceptos subvencionables que se determinan en el apartado 2 de los respectivos cuadros resumen de las siguientes líneas de subvención convocadas y repercutir en un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Andalucía:
a) Línea 1. Subvenciones a PYME para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales.
b) Línea 2. Subvenciones a PYME para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales.
3. La concesión de las subvenciones se realizará con cargo a los créditos presupuestarios disponibles en las partidas presupuestarias 1400010000 G/31C/47300 01 y 1400010000 G/31C/77100 01 2004000927 del programa 3.1.C. Seguridad, Salud y Relaciones Laborales, de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en las que se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual por las cuantías totales máximas que para cada anualidad se detallan a continuación:
| LÍNEA | PARTIDA PRESUPUESTARIA | TOTAL | ANUALIDAD 2026 | ANUALIDAD 2027 |
|---|---|---|---|---|
| TOTAL | 4.010.000,00 € | |||
| Línea 1 | 1400010000 G/31C/77100 01 2004000927 | 3.508.000,00 € | 1.754.000,00 € | 1.754.000,00 € |
| Línea 2 | 1400010000 G/31C/47300 01 | 502.000,00 € | 251.000,00 € | 251.000,00 € |
4. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, las cuantías máximas fijadas en el apartado anterior, se distribuyen entre los ámbitos territoriales y funcionales de competitividad que a continuación se detallan. Esta distribución podrá ser posteriormente modificada por la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, en un acuerdo motivado adoptado con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, y que en su caso, será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
a) Para subvenciones a PYME para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales, Línea 1:
| PROVINCIA | TOTAL G/31C/77100 | ANUALIDAD 2026 | ANUALIDAD 2027 |
|---|---|---|---|
| TOTAL | 3.508.000,00 € | 1.754.000,00 € | 1.754.000,00 € |
| ALMERÍA | 305.784,10 € | 152.892,05 € | 152.892,05 € |
| CÁDIZ | 423.943,40 € | 211.971,70 € | 211.971,70 € |
| CÓRDOBA | 390.186,40 € | 195.093,20 € | 195.093,20 € |
| GRANADA | 622.842,80 € | 311.421,40 € | 311.421,40 € |
| HUELVA | 257.708,90 € | 128.854,45 € | 128.854,45 € |
| JAÉN | 360.093,30 € | 180.046,65 € | 180.046,65 € |
| MÁLAGA | 583.926,50 € | 291.963,25 € | 291.963,25 € |
| SEVILLA | 563.514,60 € | 281.757,30 € | 281.757,30 € |
b) Para subvenciones a PYME para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales, Línea 2:
| PROVINCIA | TOTAL G/31C/47300 | ANUALIDAD 2026 | ANUALIDAD 2027 |
|---|---|---|---|
| TOTAL | 502.000,00 € | 251.000,00 € | 251.000,00 € |
| ALMERÍA | 43.758,40 € | 21.879,20 € | 21.879,20 € |
| CÁDIZ | 60.666,00 € | 30.333,00 € | 30.333,00 € |
| CÓRDOBA | 55.836,50 € | 27.918,25 € | 27.918,25 € |
| GRANADA | 89.130,00 € | 44.565,00 € | 44.565,00 € |
| HUELVA | 36.878,50 € | 18.439,25 € | 18.439,25 € |
| JAÉN | 51.530,00 € | 25.765,00 € | 25.765,00 € |
| MÁLAGA | 83.560,80 € | 41.780,40 € | 41.780,40 € |
| SEVILLA | 80.639,80 € | 40.319,90 € | 40.319,90 € |
Segundo. Personas o entidades beneficiarias.
En virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda en relación con lo dispuesto en el apartado 4.a).2.º b) de los cuadros resumen de las referidas bases reguladoras, para la presente convocatoria del año 2026 tendrán la consideración de beneficiarias las PYME que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las mismas bases reguladoras, desarrollen alguna de las actividades económicas incluidas en las secciones y divisiones que a continuación se especifican, según la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2025):
| DIVISIÓN DE ACTIVIDAD CNAE-2025 | CLASES DE ACTIVIDAD CNAE-2025 | ||
| Cód. 2D | TÍTULO CNAE-2025 2D | Cód. 4D | TÍTULO CNAE-2025 4D |
| 01 | Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas | - | TODAS LAS CLASES |
| 02 | Silvicultura y explotación forestal | - | TODAS LAS CLASES |
| 03 | Pesca y acuicultura | - | TODAS LAS CLASES |
| 10 | Industria alimentaria | - | TODAS LAS CLASES |
| 11 | Fabricación de bebidas | - | TODAS LAS CLASES |
| 12 | Industria del tabaco | - | TODAS LAS CLASES |
| 13 | Industria textil | - | TODAS LAS CLASES |
| 14 | Confección de prendas de vestir | - | TODAS LAS CLASES |
| 15 | Industria del cuero y productos relacionados de otros materiales | - | TODAS LAS CLASES |
| 16 | Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería | - | TODAS LAS CLASES |
| 17 | Industria del papel | - | TODAS LAS CLASES |
| 18 | Artes gráficas y reproducción de soportes grabados | - | TODAS LAS CLASES |
| 20 | Industria química | - | TODAS LAS CLASES |
| 21 | Fabricación de productos farmacéuticos | - | TODAS LAS CLASES |
| 22 | Fabricación de productos de caucho y plásticos | - | TODAS LAS CLASES |
| 23 | Fabricación de otros productos minerales no metálicos | - | TODAS LAS CLASES |
| 24 | Metalurgia | - | TODAS LAS CLASES |
| 25 | Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo | - | TODAS LAS CLASES |
| 26 | Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos | - | TODAS LAS CLASES |
| 27 | Fabricación de material y equipo eléctrico | 2790 | Fabricación de otro material y equipo eléctrico |
| 28 | Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p. | - | TODAS LAS CLASES |
| 29 | Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques | 2932 | Fabricación de otros componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor |
| 30 | Fabricación de otro material de transporte | - | TODAS LAS CLASES |
| 31 | Fabricación de muebles | - | TODAS LAS CLASES |
| 33 | Reparación, mantenimiento e instalación de maquinaria y equipos | - | TODAS LAS CLASES |
| 35 | Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado | 3524 | Almacenamiento de gas como parte de los servicios de suministro de la red |
| 36 | Captación, depuración y distribución de agua | - | TODAS LAS CLASES |
| 37 | Recogida y tratamiento de aguas residuales | - | TODAS LAS CLASES |
| 38 | Actividades de recogida, tratamiento y eliminación de residuos | - | TODAS LAS CLASES |
| 39 | Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos | - | TODAS LAS CLASES |
| 41 | Construcción de edificios | - | TODAS LAS CLASES |
| 42 | Ingeniería civil | - | TODAS LAS CLASES |
| 43 | Actividades de construcción especializada | - | TODAS LAS CLASES |
| 46 | Comercio al por mayor | - | TODAS LAS CLASES |
| 47 | Comercio al por menor | 4781 | Comercio al por menor de vehículos de motor |
| 4782 | Comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor | ||
| 4783 | Comercio al por menor de motocicletas, y repuestos y accesorios de motocicletas | ||
| 4791 | Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor no especializado | ||
| 4792 | Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor especializado | ||
| 49 | Transporte terrestre y por tubería | - | TODAS LAS CLASES |
| 50 | Transporte marítimo y por vías navegables interiores | - | TODAS LAS CLASES |
| 51 | Transporte aéreo | - | TODAS LAS CLASES |
| 52 | Depósito, almacenamiento y actividades auxiliares del transporte | - | TODAS LAS CLASES |
| 53 | Actividades postales y de mensajería | - | TODAS LAS CLASES |
| 55 | Servicios de alojamiento | 5510 | Hoteles y alojamientos similares |
| 5520 | Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia | ||
| 5530 | Campings y aparcamientos para caravanas | ||
| 5590 | Otros servicios de alojamiento | ||
| 56 | Servicios de comidas y bebidas | 5611 | Restaurantes |
| 5612 | Puestos de comidas | ||
| 5621 | Servicios ocasionales de catering | ||
| 5622 | Servicios regulares de catering y otros servicios de comidas | ||
| 5630 | Servicios de bebidas | ||
| 60 | Actividades de programación, radiodifusión, agencias de noticias y otras actividades de distribución de contenidos | 6010 | Actividades de radiodifusión y distribución de audio |
| 6020 | Actividades de programación de televisión, emisión y distribución de vídeos | ||
| 61 | Telecomunicaciones | - | TODAS LAS CLASES |
| 63 | Infraestructura informática, tratamiento de datos, hosting y otras actividades de servicios de información | - | TODAS LAS CLASES |
| 65 | Seguros, reaseguros y planes de pensiones, excepto seguridad social obligatoria | - | TODAS LAS CLASES |
| 68 | Actividades inmobiliarias | 6812 | Promoción inmobiliaria |
| 6820 | Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia | ||
| 75 | Actividades veterinarias | - | TODAS LAS CLASES |
| 77 | Actividades de alquiler | - | TODAS LAS CLASES |
| 78 | Actividades relacionadas con el empleo | - | TODAS LAS CLASES |
| 80 | Servicios de investigación y seguridad | - | TODAS LAS CLASES |
| 81 | Servicios a edificios y actividades de jardinería | - | TODAS LAS CLASES |
| 82 | Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas | - | TODAS LAS CLASES |
| 84 | Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria | 8425 | Servicios de extinción de incendios |
| 85 | Educación | 8510 | Educación preprimaria |
| 8561 | Actividades de servicios de intermediación para cursos y tutores | ||
| 86 | Actividades sanitarias | 8697 | Actividades de intermediación para servicios médicos, odontológicos y otros servicios sanitarios |
| 87 | Asistencia en establecimientos residenciales | - | TODAS LAS CLASES |
| 88 | Actividades de servicios sociales sin alojamiento | - | TODAS LAS CLASES |
| 90 | Actividades de creación artística y artes escénicas | - | TODAS LAS CLASES |
| 91 | Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales | - | TODAS LAS CLASES |
| 93 | Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento | - | TODAS LAS CLASES |
| 94 | Actividades asociativas | - | TODAS LAS CLASES |
| 95 | Reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas | - | TODAS LAS CLASES |
| 96 | Servicios personales | - | TODAS LAS CLASES |
| 99 | Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales | - | TODAS LAS CLASES |
Tercero. Objeto.
El objeto de esta convocatoria de subvenciones es ayudar a las PYME para la realización de actividades y proyectos de mejora en materia prevención de riesgos laborales, que incluyan inversiones en equipos y maquinaria, así como los gastos de asistencia técnica prestada por entidades especializadas en prevención de riesgos laborales estrictamente necesarias para la realización de los mismos que, cumpliendo los requisitos establecidos en las citadas bases reguladoras, contribuyan con la reducción de la siniestralidad y con la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo de Andalucía.
Cuarto. Régimen jurídico.
La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán por lo establecido en la Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 93, de 18 de mayo de 2021, por la presente convocatoria y demás normativa de aplicación.
Quinto. Importe.
El importe de las ayudas a conceder no podrá exceder, en ningún caso, para cada proyecto o actividad los porcentajes máximos sobre el presupuesto aceptado, ni las cuantías máximas y mínimas establecidas a continuación según la modalidad de los proyectos o actividades:
| LÍNEA | CUANTÍA MÁXIMA | CUANTÍA MÍNIMA | PORCENTAJE |
|---|---|---|---|
| Línea 1 | 15.000,00 € | 1.500,00 € | 75% |
| Línea 2 | 12.000,00 € | 1.200,00 € | 75% |
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, así como demás datos necesarios, figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles para su presentación a través la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24614.html
Sevilla, 10 de junio de 2026.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo P.D. (Orden de 12.5.2021, BOJA núm. 93, de 18.5.2021), el Director General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, Luis Roda Oliveira.
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