La Junta
Consejo de Gobierno
Orden de 15 de junio de 2026, por la que se actualizan los datos incluidos en el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se modifica la Orden de 31 de enero de 2008, por la que se determinan las fases del proceso productivo, los útiles y materiales empleados y los productos resultantes de cada uno de los oficios.
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El Decreto 4/2008, de 8 de enero, aprobó el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya finalidad es delimitar el conjunto de actividades que forman parte del sector artesanal andaluz, atendiendo a los requisitos establecidos en la definición que sobre la artesanía se hace en el artículo 3 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía.
Al amparo de la disposición final primera del Decreto 4/2008, se aprueba la Orden de 31 de enero de 2008, por la que se determinan las fases del proceso productivo, los útiles y materiales empleados y los productos resultantes de cada uno de los oficios artesanos del Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Posteriormente, mediante Orden de 20 de junio de 2012, se procede a la actualización de los datos incluidos en el Repertorio y a la modificación de la Orden de 31 de enero de 2008.
La continua transformación de la actividad artesana, así como la identificación de prácticas artesanas no incluidas en el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, han puesto de manifiesto la necesidad de realizar una nueva revisión del mismo, que tiene en cuenta la actualización de las fases del proceso productivo, los útiles y materiales empleados y los productos resultantes de cada uno de los oficios en él incluidos.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Comercio, oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, y de acuerdo con las facultades que me han sido conferidas por la disposición final primera y segunda del Decreto 4/2008, de 8 de enero,
DISPONGO
Artículo único. Objeto.
La presente orden tiene por objeto la actualización del Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/2008, de 8 de enero, y la modificación de la Orden de 31 de enero de 2008, por la que se determinan las fases del proceso productivo, los útiles y materiales empleados y los productos resultantes de cada uno de los oficios artesanos del Repertorio, dejando sin efecto la anterior actualización de la Orden de 20 de junio de 2012, según figura en los Anexos I y II de la presente orden.
Disposición final primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Comercio, para realizar cuántas actuaciones sean necesarias en la ejecución y aplicación de la presente orden, sin perjuicio de las competencias establecidas al respecto en el Decreto 4/2008.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de junio de 2026
| ROCÍO BLANCO EGUREN | |
| Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en funciones |
BOJA nº 119 de 23/06/2026
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