Resolución de 19 de junio de 2026, de la Secretaría General Técnica de Presidencia, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública en relación con el Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al mantenimiento de las agrupaciones locales del voluntariado de protección civil.
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Mediante Acuerdo del Sr. Consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencias de 12 de diciembre de 2025, se inició la tramitación del expediente administrativo para la elaboración del Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.
El proyecto de orden afecta directamente a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía. Por ello, y con el fin de garantizar su conocimiento y participación efectiva en el procedimiento de elaboración de la norma, se someterá al trámite de información pública.
Mediante Resolución de 25 de febrero de 2026, de la Secretaría General Técnica de Presidencia de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, publicada en el BOJA núm. 42, de 3 de marzo de 2026, se sometió a información pública el citado proyecto de orden, sustanciándose dicho trámite entre los días 4 y 24 de marzo de 2026.
No obstante, tras detectarse por el órgano directivo competente un error que afecta de forma sustancial a la regulación de la forma de pago de la subvención, se ha procedido a su subsanación, así como a la elaboración de una nueva versión del proyecto y de un nuevo cuadro resumen.
En consecuencia, resulta procedente la apertura de un nuevo trámite de información pública respecto del texto modificado, a fin de garantizar la adecuada participación de la ciudadanía en relación con las modificaciones introducidas.
Por ello, en su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 11.3.k) del Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 45 bis de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el plazo para la realización del trámite de información pública será de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, al concurrir circunstancias extraordinarias que, no habiendo podido preverse con anterioridad, exigen la aprobación urgente de la norma.
Tercero. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:
a) En formato digital, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/668812.html
b) En formato papel, en las dependencias administrativas de la Secretaría General Técnica de Presidencia de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias (Servicio de Legislación de Presidencia), sita en Palacio de San Telmo. Avda. de Roma, s/n, 41013 de Sevilla, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Cuarto. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la persona titular de la Secretaría General Técnica de Presidencia de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias. Dichas alegaciones podrán presentarse preferentemente en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía a través de la Presentación Electrónica General, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de junio de 2026.- La Secretaria General Técnica de Presidencia, María de la Almudena Gómez Velarde.
Descargar PDFBOJA nº 120 de 24/06/2026