La Junta
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Orden de 15 de junio de 2026, por la que se autoriza el cambio de titularidad al centro de educación infantil «Kid´s Garden» de Córdoba. (PP. 1278/2026).
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Examinado el expediente incoado a instancia de doña María Mar Contreras Luzón, como representante de Fomento de Centros de Enseñanza, S.A., mediante el que solicita el cambio de titularidad del centro de educación infantil «Kid´s Garden» de Córdoba, a su favor.
Primero. Resultando que el centro tiene autorización administrativa para 7 unidades de primer ciclo de educación infantil con 106 puestos escolares, por Orden de 14 de noviembre de 2013.
Segundo. Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, aparece debidamente acreditada la titularidad del centro de educación infantil «Kid´s Garden» a favor de Inprodelain, S.L.
Tercero. Resultando que mediante escritura pública de fusión por absorción otorgada ante don Luis Rueda Esteban, notario del Ilustre Colegio de Madrid, la sociedad mercantil Fomento de Centros de Enseñanza, S.A., absorbe a la sociedad mercantil denominada Inprodelain, S.L., ocupando la posición jurídica de la entidad absorbida y quedando como titular del centro.
Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro de educación infantil «Kid´s Garden», código 14008354, con domicilio en calle Obispo Ascagorta, 2 B, de Córdoba, que, en lo sucesivo la ostentará Fomento de Centros de Enseñanza, S.A., que, como entidad cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan al mismo, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro pueda tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el «resultando» primero.
El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.
Segundo. La presente orden surtirá efectos jurídicos y administrativos a partir del día siguiente al de su notificación.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 15 de junio de 2026
| MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA | |
| Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en funciones |
BOJA nº 120 de 24/06/2026
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