Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 29/06/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a la instalación eléctrica de alta tensión que se cita. (PP. 1272/2025).

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Visto el expediente AT-15324/22, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:

- Peticionario: Renovalia Guadiana, S.L.

- Domicilio: C/ María de Molina, núm. 54, planta 9, 28006, Madrid

- Términos municipales afectados: El Puerto de Santa María (Cádiz)

- Finalidad de la instalación: Generación de energía renovable mediante tecnología solar fotovoltaica e infraestructuras de evacuación de parques de generación de energía renovable mediante tecnología solar fotovoltaica.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 28 de diciembre de 2022, la sociedad mercantil Renovalia Guadiana, S.L. (B02615987), solicita autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada planta solar fotovoltaica «Guadiana», ubicada en el término municipal de El Puerto de Santa María (Cádiz), aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia.

Segundo. Con fecha 14 de diciembre de 2023, la sociedad mercantil Renovalia Guadiana, S.L. (B02615987), solicita autorización ambiental unificada para la implantación de la instalación mencionada en el antecedente primero.

Tercero. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en:

- BOP de la provincia de Cádiz número 231, de fecha 29 de noviembre de 2024.

- BOJA número 234, de fecha 2 de diciembre de 2024.

No se han formulado alegaciones dentro del plazo.

Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que, según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que estos presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:

- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz.

- Ayuntamiento de El Puerto de Santa María.

- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz. Demarcación Hidrográfica Guadalete-Barbate.

- Diputación de Cádiz.

- Edistribución Redes Digitales, S.L.

- Exolum Corporation, S.A.

- Jazztel.

- Lyntia Networks, S.A.U.

- Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

- Nedgia Andalucia, S.A.

- Orange Espagne, S.A.U.

- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz. Servicio de Carreteras.

- Redexis Gas, S.A.

- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Cádiz.

- Telefónica.

Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia, a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros organismos.

Cuarto. Con fecha 27 de febrero de 2025, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de autorización ambiental unificada (Expte. AAU/CA/038/23), en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de medio ambiente.

Quinto. Con fecha 28 de mayo de 2025 se ha emitido como documento electrónico informe de la Delegada Territorial relativo a la incidencia territorial del proyecto de una planta solar agrovoltaica denominada «Guadiana» y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de El Puerto de Santa María (Cádiz), informando favorablemente, de carácter vinculante, conforme a lo indicado en el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, y los artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento General.

A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:

- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

- Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.

- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.

- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.

- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.

- Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.

- Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

- Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

- Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

- Instrucción 1/2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

- Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Cuarto. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación:

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, a Renovalia Guadiana, S.L., de la instalación cuyas principales características serán:

Características fundamentales:

Planta Solar FV «Guadiana» (AT-15324/22).

- Potencia de módulos FV (pico): 47.105,37 MWp.

- Potencia instalada (inversores): 45.150 MW.

- Capacidad de acceso: 45 MW

Generador fotovoltaico.

- Número de módulos y potencia: 80.522 módulos de potencia 585Wp cada uno.

- Tipo de seguidores fotovoltaicos:

• Seguidores horizontales 1V configuración 1x26 523 unidades.

• Seguidores horizontales 1V configuración 1x52 1.287 unidades.

- Agrupados en:

• 2 inversores de 4.200 kVA.

• 5 inversores de 3.150 kVA.

• 2 inversores doble de 3.150 kVA.

• 4 inversores de 2.100 kVA.

Centros de transformación/potencia:

- 13 Centros de Transformación,

• 4 de ellos, CT-1, CT-6, CT-10 Y CT-13, conformados cada uno por 1 transfomador de 2.100 kWp y 1 inversor de 2.100 kW.

• 5 de ellos, CT-7, CT-8, CT-9, CT-11 Y CT-12, conformados cada uno por 1 transformador de 3.150 kWp y 1 inversor de 3.150 kW.

• 2 de ellos, CT-2 y CT-4, conformados cada uno por 1 transformador de 4.200 kWp y 1 inversor de 4.200 kW.

• 2 de ellos, CT-3 y CT-5, conformado por 2 transformadores de 3.150 kWp y 2 inversores de 3.150 kW.

Red de media tensión desde centros de transformación hasta subestación elevadora

Circuito de interconexión en MT desde la salida de los CT hasta la subestación elevadora «Jerez» 66/30 kV. Su secuencia de conexionado, longitudes y características del conductor los siguientes:

LSMT 1:

• Origen: CT-1, CT-6.

• Final: SET Jerez.

• Subterráneo.

• Características del cable: RHZ1 OL 18/30 kV 3x240 mm2 Al+H25 – L: 1.187 m.

LSMT 2:

• Origen: CT-2, CT-3.

• Final: SET Jerez.

• Subterráneo.

• Características del cable: RHZ1 OL 18/30 kV 3x240 mm2 Al+H25 – L: 1.678 m.

LSMT 3:

• Origen: CT-4, CT-7.

• Final: SET Jerez.

• Subterráneo.

• Características del cable: RHZ1 OL 18/30 kV 3x240 mm2 Al+H25 – L: 1.294 m.

LSMT 4.

• Origen: CT-5.

• Final: SET Jerez.

• Subterráneo.

• Características del cable: RHZ1 OL 18/30 kV 3x240 mm2 Al+H25 – L: 1.032 m.

LSMT 5:

• Origen: CT-8, CT-10, CT-11.

• Final: SET Jerez.

• Subterráneo.

• Características del cable: RHZ1 OL 18/30 kV 3x240 mm2 Al+H25 – L: 1.285 m.

LSMT 6:

• Origen: CT-9, CT-12, CT-13.

• Final: SET Jerez.

• Subterráneo.

• Características del cable: RHZ1 OL 18/30 kV 3x240 mm2 Al+H25 – L: 1.215 m.

Infraestructura de evacuación.

Subestación elevadora SET «JereZ» 66/30 kV.

- Término Municipal afectado: El Puerto de Santa María(Cádiz).

- Tipo: Trifásico intemperie.

- Transformador 66/30 kV 50 MVA.

- Potencia 50/60 MVA.

- Relación de transformación 66+5x1.064 – 6x1.064/30 kV.

- Refrigeración: ONAN/ ONAF.

- Grupo de conexión YNd11.

- Finalidad: Definir la infraestructura que permita el establecimiento y el funcionamiento de la transformación y elevación de energía producida por Planta Solar FV «Guadiana».

Línea de evacuación LSAT 66 kV SET Jerez-SET Valdelagrana.

- Término municipal afectado: El Puerto de Santa María (Cádiz).

- Número de circuitos: 1.

- Número de conductores por fase: 1.

- Línea subterránea desde SET Jerez a SET Valdelagrana:

• Tipo: Corriente alterna trifásica.

• Tensión nóminal: 66 kV.

• Longitud: 15.810,13 m.

• Tipo Conductor:

◦ Sección: 500 mm².

◦ Material: Aluminio.

◦ Aislamiento: XLPE.

◦ Cable fibra óptica OSGZ1, 48 fibras.

Conforme a los proyectos técnicos:

- «Proyecto Técnico Actividad, Construcción e Instalación Eléctrica de Planta Solar Agrovoltaica de 45,15 MVA “Guadianaˮ», declaración responsable de 22 de abril de 2025.

- «Proyecto Técnico Actividad, Construcción e Instalación Eléctrica de Subestación Elevadora “Jerez” 66/30 kV 50 MVAs» y declaración responsable de 24 de julio de 2024.

- Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, José Miguel Martínez Moreno, colegiado núm. 1.026 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Albacete.

- «Proyecto Administrativo LSAT 66 kV SET Jerez – SET Valdelagrana» y declaración responsable de 23 de octubre de 2024.

- Técnico titulado competente: Ingeniera Técnico Industrial, Adoración Caravaca Abellán, colegiada núm. 1.786 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Navarra.

Segundo. La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.

2. El periodo de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el informe vinculante de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Luxida Solar, S.L., CIF B56094923, Para el proyecto de «PSFV Beato 15 MW, 37.4 HA», en el t.m. de Puerto Real y Chiclana de la Frontera (Cádiz), de fecha 14 de enero de 2025, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:

http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

6. La construcción de la instalación deberá ser conforme al proyecto autorizado. En caso de requerir modificación del mismo, este deberá ser presentado a esta Delegacion Territorial previamente, para la emisión de la correspondiente autorización, conforme al art. 115 del Real Decreto de 1955/2000, de 1 de diciembre.

7. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

8. Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

10. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

11. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cádiz, 29 de mayo de 2025. - La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.

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