Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 10/07/2026

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 6 de julio de 2026, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo del Ayuntamiento de Mijas (Málaga) denominado Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria y Contabilidad - 26316, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.

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Expediente núm.: 0622/2026.

1. Entidad Local convocante.

Ayuntamiento de Mijas (Málaga).

2. Denominación y características del puesto de trabajo que se convoca.

Denominación: Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria y Contabilidad - 26316.

Adscripción: Grupo A. Subgrupo A1.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 46.262,58 euros anuales.

Sistema de provisión del puesto: PLD.

3. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

Lugar: Sede electrónica municipal https://mijas.sedelectronica.es/

Plazo: 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4. Resolución.

Vacante el puesto de trabajo cuya denominación y características se especifican en el punto 2, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por la Entidad Local referenciada en el punto 1 se han aprobado las bases de la convocatoria y se ha acordado asimismo su convocatoria mediante el sistema de libre designación.

Se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y el artículo 7.1.h) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo cuyos datos se consignan en el punto 2, que se adjuntan como anexo a la presente resolución.

Segundo. Resuelto el concurso conforme a lo establecido en el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, se dará traslado de dicha resolución a esta Secretaría General y al Ministerio competente, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La formalización, en su caso, de la toma de posesión deberá ser comunicada a esta Secretaría General en la forma y plazo previstos en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de julio de 2026.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

ANEXO

Bases para la provisión a través del sistema de libre designación del puesto de «Titular del órgano de gestión presupuestaria y contabilidad-26316» del Excmo. Ayuntamiento de Mijas reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional

Primera. Objeto de las bases.

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo vacante denominado «Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria y Contabilidad» del Excmo. Ayuntamiento de Mijas (Málaga), existente en la plantilla y relación de puestos de trabajo (código 0780) de esta corporación, reservada a funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter estatal, subescala de Intervención-Tesorería, de conformidad en el artículo 46 y disposición adicional 4.ª del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, todo ello de conformidad con la Resolución de 10 de junio de 2026, de la Secretaría General de Administración Local por la que se clasifica dicho puesto (BOJA núm. 115, de 17 de junio de 2025).

Segunda. Características del puesto.

El puesto que se provee a través de la presente convocatoria de libre designación reúne las siguientes características, estando el complemento específico calculado a 14 mensualidades:

- Denominación: «*Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria y Contabilidad»-26316.

- Código del puesto: 0780.

- Unidad organizativa: Presupuestos.

- Nivel complemento destino: 30.

- Complemento específico: 46.262,58 €.

- Subgrupo: A1.

- Escala: Funcionarios Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

- Subescala y categoría: Intervención-Tesorería.

- Forma de provisión: Libre designación.

Tercera. Requisitos para participar en la convocatoria.

Podrá participar en la convocatoria los funcionarios con habilitación de carácter estatal comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el art. 36.2, apartados a, b y c, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

El cumplimiento de los requisitos señalados deberá reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Publicidad de la convocatoria y presentación de solicitudes.

La convocatoria y sus bases, una vez aprobadas, se remitirán al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Transformación Digital y Función Pública, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada, a efectos de publicación de extracto de dicha convocatoria en el BOE.

Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se han de presentar dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Podrán presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en la forma que determina el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para participar en la presente convocatoria, los/as interesados/as podrán presentar sus solicitudes a través de medios de registro electrónicos, pudiendo presentar su solicitud a través de sede electrónica municipal, https://mijas.sedelectronica.es/, en el siguiente trámite (solicitud de provisión de puestos):

https://mijas.sedelectronica.es/catalog/t/5bc67120-3177-49d1-84f2-c79409b75399

Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Excma. Sra. Alcaldesa Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Mijas, acompañando a las mismas el curriculum vitae, en el que constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados, así como cualesquiera otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto por el/la aspirante. Se indicará también la situación administrativa en la que se encuentren el solicitante y su destino actual y carácter de ocupación del mismo.

Asimismo, con la solicitud se aportará la documentación justificativa de los requisitos de participación, la acreditación de los méritos alegados, así como una declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impidan su participación en la convocatoria, recogidas en la base tercera de la presente convocatoria.

Quinta. Desarrollo del procedimiento.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, por la Concejalía Delegada de Recursos Humanos se dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as que se expondrá en el tablón de anuncios de la Corporación, quedando abierto un plazo de cinco días para la subsanación de posibles defectos o presentación de reclamaciones. Igualmente, se dará conocimiento de la misma a través de la página web del Ayuntamiento de Mijas (www.mijas.es) y del Tablón de Edictos.

La lista de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones o subsanaciones.

Si hubiera reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, si procede, en una nueva resolución por la que se aprobará la lista definitiva, que se publicará también en la forma antes señalada.

Cualquiera de los/as aspirantes podrá ser convocado para la realización de una entrevista de carácter personal. A estos efectos, el Excmo. Ayuntamiento de Mijas comunicará con tres días de antelación como mínimo, la fecha y hora de celebración de la misma. Los gastos de desplazamientos serán de cuenta y cargo del/la aspirante convocado. La entrevista habrá de comprender preguntas dirigidas a verificar la capacidad y competencia del candidato para el correcto desempeño del puesto al que aspira, pudiendo a tal efecto plantearse cuestiones de naturaleza técnica o supuestos de contenido práctico. La finalidad de la entrevista será valorar la mayor adecuación de los aspirantes para el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo, a fin de constatar la adecuación al perfil profesional y las aptitudes más idóneas para el mejor desempeño de las funciones del puesto.

Para esta fase, la Concejalía Delegada de Recursos Humanos podrá nombrar una Comisión de Valoración, que emitirá informe analizando los méritos aportados y efectuará propuesta, no vinculante, de adjudicación del puesto de trabajo, teniendo en cuenta la experiencia y trayectoria profesional, así como la formación acreditada de los aspirantes, siempre que estos aspectos guarden relación con los conocimientos, competencias y habilidades propias del puesto convocado. La Comisión de especialistas estará integrada por al menos por tres funcionarios uno de las cuáles asumirá la Presidencia y otro actuará como Vocal-Secretario debiendo guardar en la medida de lo posible paridad entre hombres y mujeres. Dicha Comisión cuya composición se hará pública al tiempo de publicarse la lista definitiva de aspirantes admitidos elevará a la Junta de Gobierno Local propuesta de nombramiento.

Para la selección de los candidatos se tendrá en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad recogidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Sexta. Resolución del procedimiento.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes y cumplimentadas las actuaciones señaladas en la base quinta, la Junta de Gobierno Local, procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los/as aspirantes, a dictar la resolución correspondiente de nombramiento en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Junta de Andalucía y del Ministerio de Transformación Digital y Función Pública, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha resolución de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte del/de la candidato/a elegido/a de los requisitos y especificaciones exigidos para participar en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso, deberá quedar acreditado en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, las observaciones del procedimiento debido.

La plaza podrá declararse desierta, aunque concurran personas que posean los requisitos, si se considera con la debida motivación que ninguna es adecuada para el desempeño del puesto convocado.

Séptima. Protección de datos de carácter personal.

Los/as aspirantes, mediante la presentación de la solicitud, prestarán su consentimiento expreso para que sus datos personales, todos ellos aportados voluntariamente a través de la misma y de la documentación presentada, sean tratadas por la Concejalía de Recursos Humanos del Ayuntamiento como responsable del tratamiento para gestionar su participación en la convocatoria para proveer el puesto convocado y, en su caso, proceder al nombramiento. Sus datos de nombre, apellidos y/o DNI, en su caso, el municipal, conforme a la convocatoria y en la forma establecida para este tipo de procedimiento en la normativa aplicable.

Los datos serán reservados durante los plazos necesarios para cumplir con la finalidad intencionada y los establecidos legalmente. Del mismo modo, se declarará haber sido informado sobre la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento y solicitar la portabilidad de sus datos, así como revocar el consentimiento prestado, a través del Registro Municipal.

Octava. Toma de posesión.

El régimen y plazos de toma de posesión será el establecido con carácter general en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018 de 16 de marzo, por remisión del artículo 46.4 del mismo texto normativo.

Novena. Recursos.

La presente resolución agota la vía administrativa. Contra la misma cabe la interposición de recurso potestativo de reposición en el plazo máximo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación, o directamente, recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso competente, dentro del plazo de dos meses contado a partir de la misma fecha antes señalada, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, todo ello sin perjuicio de que podrá formularse cualquier otro recurso que se estime procedente.

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