Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 10/07/2026

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone la apertura del plazo de presentación de solicitudes para la actualización de la Bolsa Única Común, constituida en virtud de la Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en los aspectos relativos al turno de participación, tipos de oferta y ámbito territorial

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Mediante la Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se procedió a la convocatoria de la constitución y actualización permanente de la Bolsa Única Común en las categorías profesionales del VI Convenio Colectivo de la Administración del Personal Laboral de la Junta de Andalucía. En dicho proceso se registró un altísimo nivel de participación en las cuarenta y una categorías convocadas.

Por Acuerdo de la Comisión del VI Convenio Colectivo de fecha 10 de abril de 2026, se desarrolla el Reglamento de funcionamiento de la Bolsa Única, que se concierta al amparo del artículo 18.3 del VI Convenio Colectivo y que tiene como objeto la regulación del proceso para la selección del personal temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía, con la participación de las Organizaciones Sindicales presentes en la Comisión de Convenio. La cláusula transitoria tercera de dicho acuerdo establece que, en tanto se produce la constitución de las bolsas de trabajo derivadas de la aplicación del mencionado reglamento, en las bolsas de trabajo constituidas en virtud de la Resolución de 10 de diciembre de 2019, en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de dicho acuerdo, se abrirá, mediante resolución de esa misma Dirección General, periodo para que las personas que actualmente las integran puedan solicitar la actualización del turno por el que participan, general o de reserva a personas con discapacidad general, mental o intelectual, de los tipos de oferta seleccionados, la provincia o provincias, o localidad o localidades en la que desean prestar sus servicios, así como la vinculación entre provincia o localidad y tipo de oferta.

En virtud de lo establecido en la cláusula transitoria tercera del acuerdo de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de 10 de abril de 2026,

RESUELVO

Primero. Abrir un plazo de diez días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que las personas que actualmente integran la bolsa de trabajo constituida en virtud de la Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, presenten solicitudes para la actualización del turno por el que participan, general o de reserva a personas con discapacidad general, mental o intelectual, de los tipos de oferta seleccionados (vacante, sustitución y programas específicos o necesidades estacionales), la provincia o provincias, o localidad o localidades en la que desean prestar sus servicios, así como la vinculación entre provincia o localidad y tipo de oferta.

Las personas integrantes de la bolsa en sus distintas categorías, que no concurran en este proceso de actualización conservarán, sin modificación alguna, el turno de participación, los tipos de oferta seleccionados y el ámbito territorial que tuvieran previamente.

Segundo. Las solicitudes de actualización, una por categoría profesional, se ajustarán al modelo oficial referido en el anexo de la presente resolución e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

La participación se realizará exclusivamente de forma telemática, de conformidad con la obligación de relacionarse electrónicamente en los procedimientos selectivos establecida en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, a través del acceso habilitado en el Portal del Empleo Público de la Junta de Andalucía

(https://portalempleopublico.juntadeandalucia.es).

Las personas integrantes quedarán vinculadas por los datos expresados en el formulario de actualización, sin que puedan efectuar modificación alguna en el mismo una vez finalizado el plazo de participación recogido en el presente apartado, sin perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro de dicho plazo, en cuyo caso el primero quedará sin efecto.

Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por la persona participante, no podrá ser invocado por ésta a efectos de futuras reclamaciones, ni considerar, por tal motivo, lesionados sus intereses o derechos. La solicitud tendrá la consideración de declaración responsable a los efectos previstos en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Las personas integrantes que deseen actualizar el turno de participación por el que concurrieron, general o de reserva a personas con discapacidad general, mental o intelectual, solo podrán optar a un turno por categoría; si se consignase más de un turno, siendo uno de ellos el libre, se entenderá que se opta por éste; si se consignan varios turnos de discapacidad se entenderá que opta por el turno de discapacidad general.

Para la integración y/o permanencia en los turnos de reserva a personas con discapacidad general, mental o intelectual igual o superior al 33%, ha de tenerse una discapacidad oficialmente reconocida con efectos anteriores a la finalización del plazo de actualización. En estos supuestos todas las personas integrantes ya incluidas en este turno y las que deseen ser integradas en el mismo deberán adjuntar la documentación acreditativa actualizada que a continuación se relaciona:

a) Certificado actualizado acreditativo de la condición y grado de discapacidad, no siendo necesario aportarlo en el caso de que haya sido expedido por los órganos competentes de la Consejería con competencias en materias de personas con discapacidad y se haya autorizado su consulta en el apartado correspondiente del formulario de participación.

b) En el supuesto de participar por el turno reservado a personas con discapacidad mental o intelectual, dictamen técnico facultativo expedido por los órganos administrativos competentes en materia de discapacidad.

Cuarto. Una vez finalizada la comprobación de las solicitudes de actualización de las personas integrantes, se dictará resolución por la persona titular de la Dirección General competente en materia de función pública en la que se declarará aprobada la lista provisional de solicitudes de actualización admitidas y no admitidas, con expresión de las causas de inadmisión, y en el caso de las solicitudes admitidas, el turno, así como el tipo de oferta de entre las modalidades contractuales previstas, las provincias y los municipios. La citada lista provisional se publicará en el Portal del Empleo Público de la Junta de Andalucía (https://portalempleopublico.juntadeandalucia.es).

Las personas integrantes podrán presentar frente a la citada lista provisional de solicitudes de actualización, admitidas y no admitidas, las alegaciones que estimen oportunas, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones se presentarán telemáticamente a través del acceso habilitado en el Portal del Empleo Público de la Junta de Andalucía  (https://portalempleopublico.juntadeandalucia.es).

Quinto. Transcurrido el plazo de alegaciones referido en el apartado anterior, la persona titular de la Dirección General competente en materia de función pública dictará la correspondiente resolución por la que se hará pública la lista definitiva de solicitudes de actualización, admitidas y no admitidas. Esta resolución se publicará en el Portal del Empleo Público de la Junta de Andalucía.

Con la publicación de estas listas definitivas quedarán resueltas las alegaciones relativas a la exclusión u omisión en las listas provisionales, teniendo lugar con esta publicación, la correspondiente notificación a las personas interesadas.

Sexto. Por último, serán publicados en el citado portal los listados definitivos de las personas integrantes de la bolsa en las distintas categorías profesionales, constituidas en virtud de la Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, resultantes tras el proceso de actualización.

La puesta en gestión de la bolsa, tras este proceso de actualización, determinará el fin del régimen establecido en la cláusula transitoria primera del Acuerdo de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de 10 de abril de 2026, sobre la exclusión de la bolsa prevista en los supuestos de renuncia.

Contra la presente resolución podrá interponerse demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 6 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Sevilla, 7 de julio de 2026.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

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