Anuncio de 7 de julio de 2026, del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, por el se publica la tarifa específica de la Feria de Málaga 2026, y las tarifas de RENFE Cercanías con vigencia desde el 15 de julio de 2026.
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El Consejo de Administración del Consorcio de Transporte Metropolitano Área de Málaga, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de julio de 2026, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos (Parte dispositiva):
REVISIÓN DE LA TARIFA ESPECÍFICA DE FERIA
(Punto 5.º del Orden del Día)
Primero. Aprobar la revisión para los servicios específicos de Feria Málaga, de las tarifas para los usuarios de los servicios metropolitanos de transporte público regular permanente de viajeros por carretera de uso general del ámbito territorial del CTMAM, que se recogen en el siguiente cuadro:
| Saltos | Billete sencillo | Tarjeta |
|---|---|---|
| 0 | 2,50 € | 1,50 € |
| 1 | 4,50 € | 2,80 € |
| 2 | 5,50 € | 3,20 € |
| 3 | 6,00 € | 4,00 € |
| 4 | 6,20 € | 4,50 € |
Estas tarifas incluyen IVA y el seguro obligatorio de viajeros.
Segundo. Publicar en el BOJA las tarifas al usuario aprobadas.
Tercero. Facultar a la Dirección Gerencia para todas las actuaciones administrativas que sean necesarias en relación con los acuerdos arriba expresados.
REVISIÓN DE LAS TARIFAS DE RENFE CERCANÍAS POR APLICACIÓN DEL RDL 17/2025, DE 23 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS DE PROMOCIÓN DEL USO DEL TRANSPORTE PÚBLICO MEDIANTE LA BONIFICACIÓN DE ABONOS Y TÍTULOS MULTIVIAJE
(Punto 6.º del Orden del Día)
Primero. Aprobar la revisión de las tarifas correspondientes a Renfe Cercanías en aplicación del Real Decreto-ley 17/2025, de 23 de diciembre, de medidas de promoción del uso del transporte público mediante la bonificación de abonos y títulos multiviaje, con efectos desde el día 15 de julio de 2026.
TABLA DE TARIFAS
| 15-julio-26 | |
|---|---|
| SALTOS | Billete Tarjeta |
| 0 | 1,04 € |
| 1 | 1,18 € |
| 2 | 1,58 € |
| 3 | 2,59 € |
| 4 | 5,11 € |
| 5 | 7,75 € |
| Transbordo | 0,65 € |
Estas tarifas incluyen IVA y el seguro obligatorio de viajeros.
Segundo. Publicar en el BOJA las tarifas al usuario aprobadas.
Tercero. Facultar a la Dirección Gerencia para dictar cuantos actos y realizar cuantas actuaciones administrativas resulten necesarias para la ejecución y desarrollo del presente acuerdo.
Lo que se hace público en virtud de lo establecido en el artículo 28 de los Estatutos del Consorcio, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Málaga, 7 de julio de 2026.- El Director Gerente, Francisco Javier Berlanga Fernández.
Descargar PDFBOJA nº 133 de 13/07/2026