La Junta
Consejo de Gobierno
Orden de 20 de julio de 2026, por la que se extingue la autorización administrativa de apertura y funcionamiento a la escuela municipal de música de Chipiona (Cádiz).
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Visto el expediente tramitado a instancia del Excmo. Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz), titular de la escuela municipal de música de dicha localidad, con código 11003345, ,y domicilio en C/ Grazalema, s/n, por el que solicita la extinción de la autorización administrativa de apertura y funcionamiento de dicho centro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza.
Primero. Resultando que la citada escuela municipal de música tiene autorización administrativa para impartir enseñanzas elementales de iniciación a la música en los ámbitos de Música y movimiento, Práctica instrumental (clarinete, guitarra flamenca y piano), Formación musical complementaria a la práctica de la música y Actividades de grupo.
Segundo. Resultando que el Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Cádiz ha emitido un informe favorable a la extinción de la autorización.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Decreto 233/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Extinguir la autorización de apertura y funcionamiento a la escuela municipal de música de Chipiona (Cádiz), con código 11003345 y domicilio en C/ Grazalema, s/n, cuyo titular es el Excmo. Ayuntamiento de dicha localidad, quedando sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase su reapertura dar cumplimiento a los preceptos recogidos en las distintas disposiciones en materia de autorización de centros para impartir enseñanzas de música.
Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 20 de julio de 2026
| MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA | |
| Consejera de Educación |
BOJA nº 149 de 04/08/2026
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