Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 30 de diciembre de 2025, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas previstas en la Orden de 1 de septiembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027 financiadas por fondos FEADER, en el marco de la Intervención 68431 relativa a ayudas a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, Operación 68431_01 Mejora de regadíos.

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BDNS (Identif): 881725.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan para el ejercicio 2025 las ayudas correspondientes a la Intervención 68431 relativa a ayudas a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, importe unitario AND68431_01 Mejora de regadíos, previstas en la Orden de 1 de septiembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027  financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, en el marco de la Intervención 68431 relativa a ayudas a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, Operación 68431_01 Mejora de regadíos.

2. Las subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea que participa en un 85% a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y en un 15% por la Comunidad Autónoma de Andalucía, estando la concesión de estas subvenciones condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes. La partidas presupuestarias de las anualidades 2025, 2026 y 2027 a la que se imputará las ayudas correspondientes a esta convocatoria, así como la cuantía máxima destinada a las ayudas, serán las siguientes:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD IMPORTE
1200110000 G/71B/74800/00 C4684311A3 2024000393 2025 2.000.000,00
1200110000 G/71B/74800/00 C4684311A3 2024000393 2026 7.000.000,00
1200110000 G/71B/74800/00 C4684311A3 2024000393 2027 3.000.000,00

Segundo. Personas beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas vinculadas al regadío que sean corporaciones de derecho público, adscritas al organismo de cuenca correspondiente, según los artículos 81 y 82 del texto refundido de la Ley de Aguas.

Tercero. Objeto.

Estas subvenciones tendrán por objeto contribuir a una gestión eficiente del recurso agua mediante la financiación de proyectos de inversión para la mejora de infraestructuras de riego.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 1 de septiembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027 financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, en el marco de la intervención 68431 relativa a Ayudas a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, operación 68431_01 Mejora de regadíos (BOJA número 172, de 8 de septiembre 2025).

Quinto. Cuantía.

El cálculo de la ayuda para cada uno de los tres gastos subvencionables, ejecución de obra, redacción de proyecto y dirección facultativa de la obra, se realizará mediante la aplicación de costes unitarios, según la metodología establecida en el resuelvo tercero de la orden de convocatoria.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y permanecerá abierto en tanto haya disponibilidad de fondos, situación que se reflejará de forma actualizada en la página del procedimiento en la siguiente dirección:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25499.html

2. En el momento en que se agote el crédito establecido en la convocatoria, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera resolverá el cierre de la convocatoria, lo que para general conocimiento será publicado en los términos previstos en el apartado 18 del Cuadro Resumen de la Orden de 1 de septiembre de 2025; en tal caso, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el día de dicha publicación.

3. No obstante, dado que los costes unitarios aplicables al cálculo de las ayudas permanecen invariables a lo largo del período de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera podrá, si considerara que dichos costes han quedado desactualizados respecto al mercado, resolver anticipadamente el cierre de la convocatoria aun con disponibilidad de fondos. En este caso, podrá efectuarse una nueva convocatoria de ayudas que permita la actualización de los costes unitarios.

4. Según se indica en el apartado 2.c) del Cuadro Resumen de la Orden de 1 de septiembre de 2025, mientras el plazo de presentación de solicitudes permanezca abierto, una entidad interesada puede desistir de su solicitud presentada, siempre que no se haya emitido resolución de concesión o desestimación, y una vez resuelto el desistimiento presentar una nueva solicitud.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25499.html

Sevilla, 15 enero de 2026.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por autorización, la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, Consolación Vera Sánchez.

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