Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 23 de enero de 2026, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se delegan competencias relativas a la inscripción, cancelación, actualización, baja y mantenimiento del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER).

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El Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, en su artículo 18.1 crea el Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (en adelante REGFER), en el que deberán inscribirse los citados agentes económicos para operar en este sector. Asimismo, obliga a desarrollar por orden ministerial la estructura y funcionamiento y el modo de operar del REGFER. Con la publicación de la Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre, por la que se desarrolla la estructura y funcionamiento del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER) y se regula su actuación, se cumple el mandato establecido en este artículo 18.1 del citado Real Decreto 1051/2022.

De la misma forma, en el artículo 18.2 del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, establece que la autoridad competente de la comunidad autónoma mantendrá y actualizará un registro informático de fabricantes y otros agentes económicos que operen en su territorio. Asimismo, la Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre, establece que la inscripción, cancelación, actualización, baja y mantenimiento del REGFER corresponden a la autoridad competente de la comunidad autónoma.

El Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, establece en su artículo 1.1 que corresponde a esta Consejería el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de agua y de desarrollo rural, las relativas al uso, gestión y conservación sostenible de los recursos marinos, así como las competencias en materia de protección y tenencia de animales de compañía.

Asimismo, el artículo 11.f) del citado Decreto 157/2022, de 9 de agosto, atribuye a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera las funciones relativas a las actividades relacionadas con las semillas, plantas de vivero, fertilizantes, recursos fitogenéticos, enmiendas, sustratos, maquinaria, suelos agrarios, y demás medios necesarios para la producción agrícola, ordenando los establecimientos dedicados a su producción y comercialización. La gestión del REGFER, se incluye, por tanto, dentro de las funciones de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.

Por razones de eficacia, eficiencia administrativa y para la simplificación de los procedimientos, y al objeto de adaptar dicha gestión al Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, y a la Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre, se considera conveniente delegar expresamente en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales las competencias relativas a la gestión del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER).

Por tanto, en uso de las facultades que me han sido conferidas, y de conformidad con los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

R E S U E L V O

Primero. Objeto.

Delegar en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales competentes en materia de Agricultura, las competencias relacionadas con la inscripción, cancelación, actualización, baja y mantenimiento del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER), establecidas en la Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre.

Segundo. Indicación expresa.

Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Tercero. Publicidad.

Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Cuarto. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de enero de 2026.- El Director General, Daniel Quesada Sánchez.

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