Resolución de 26 de enero de 2026, de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz, por la que se cancela la inclusión en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz del bien inmueble Aduana Nueva, en el municipio de Cádiz (Cádiz).
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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.
En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se constituye, en su artículo 13, el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz al objeto de facilitar su identificación como integrantes de dicho Patrimonio, correspondiendo a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico su formación, conservación y difusión. En el apartado segundo del citado artículo se establece que formarán parte de este Inventario los bienes inmuebles y los espacios vinculados a actividades de interés etnológico a los que, en virtud de resolución de la Dirección General competente en materia de patrimonio histórico, se les reconozca como integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz por poseer los valores del artículo 2 de la ley, pero sin que tengan la relevancia para ser incluidos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
En ausencia de desarrollo reglamentario que concrete el procedimiento para la inclusión o exclusión de un Bien en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico de Andalucía, se aplica por analogía el artículo 10 de la Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía. Así, el artículo 10 estipula que el procedimiento para la modificación y cancelación de un bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz se realizará siguiendo el procedimiento establecido en esta ley para su inscripción, regulado en el artículo 9.
Por último, el artículo primero, apartado dos, de la Resolución de 19 de mayo de 2022 de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental (BOJA núm. 98, de 25.5.2022) delegó en la persona titular de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico la competencia para resolver la inclusión de bienes en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, a que se refiere el artículo 13 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, salvo que su objeto supere el ámbito provincial.
II. La Resolución de 7 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Bienes Culturales, incluyó en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz 28 bienes inmuebles de la arquitectura contemporánea, sitos en la provincia de Cádiz, entre los que se encontraba el edificio de la Aduana Nueva, sito en la plaza de Sevilla, núm. 2, de Cádiz (BOJA núm. 186, de 22.9.2009). La motivación del acto se basó, en lo referido a la protección de la Aduana Nueva, en informe de febrero de 2008 sobre los valores histórico-artísticos del edificio, que consta en el expediente.
Con fecha 15 de junio de 2021 tiene entrada en esta Delegación Territorial acuerdo adoptado, por unanimidad, por el Excmo. Ayuntamiento Pleno de Cádiz en su sesión del día 29 de enero de 2021, que se expresa en los siguientes términos: «Que el Ayuntamiento Pleno, tras haber recabado los informes técnicos pertinentes de expertos de reconocido prestigio que valoren patrimonial, histórica y técnicamente el edificio de la Aduana y su entorno, inste a la Junta de Andalucía a iniciar expediente para la descatalogación del edificio de la Aduana y su exclusión del inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz». Así, el acuerdo viene acompañado de tres informes:
- «Informe sobre el edificio de la Aduana Nueva situado en la plaza de Sevilla», de 17.10.2017.
- «Informe sobre los valores arquitectónicos del edificio de la Aduana Nueva en Cádiz», de 14.5.2021.
- Informe del Área de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, relativo a la solicitud de incoación del expediente de descatalogación del edificio de la Aduana y su exclusión del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, de 17.5.2021, que abarca los dos anteriores.
Valorados estos mediante informe técnico de esta Delegación Territorial, el asunto se somete al dictamen de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cádiz en su sesión de fecha 28.8.2021 acordándose «… elevar la propuesta de excluir al Edificio de la Aduana del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico y su posterior descatalogación».
El 19 de octubre de 2023, en ausencia de desarrollo reglamentario del artículo 13 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y no estando tasado el procedimiento a seguir, esta Delegación Territorial recibe de la Dirección General de Patrimonio Histórico, previa solicitud, escrito en el que se concreta que el procedimiento a seguir es, por analogía, el estipulado en el artículo 10 de la Ley 14/2007 y que la competencia para la incoación, tramitación y resolución del procedimiento de exclusión de bienes del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico reside en la Delegación Territorial a tenor de lo dispuesto en el artículo primero, apartado dos, de la Resolución de 19 de mayo de 2022.
Con fecha 3 de junio de 2025 tiene entrada en esta Delegación Territorial escrito del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz en el que se reitera el interés por impulsar el proceso de descatalogación del edificio de la Aduana acompañado de nuevo informe «… de descatalogación del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz del edificio de la Aduana Nueva de Cádiz», de fecha 28.3.2025, redactado por Catedrático de Historia, Teoría y Composición Arquitectónicas de la Universidad de Sevilla.
Ante el nuevo informe y dada la delegación de competencias resuelta el 19 de mayo de 2022, el asunto vuelve a someterse, al amparo del artículo 100.f) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, al dictamen de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cádiz en su sesión de fecha 9.10.2025, en la que se acuerda estimar favorablemente el inicio del procedimiento para la cancelación de la inclusión del edificio de la Aduana Nueva (Cádiz) en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz.
La motivación del inicio del procedimiento viene respaldada por la existencia de una serie de informes, redactados con posterioridad a la finalización del procedimiento de inclusión de la Aduana Nueva de Cádiz en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, que tienen como objetivo contradecir el Informe de febrero de 2008 que motivó su propia inclusión. Así, a fin de ofrecer un procedimiento lo más garantista posible y con mayor rigor que el que se siguió para su inclusión en el Inventario, se determina la ejecución de los mismos actos administrativos que habrían sido necesarios si se tratara de la cancelación de la inscripción de un Bien de Interés Cultural, regulados mediante los artículos 9 y 10 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía.
III. La Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz, visto el informe estimatorio de la Comisión de Patrimonio Histórico de Cádiz acordado en su reunión de fecha 9.10.2025, de conformidad con lo establecido en artículo primero, apartado dos, de la Resolución de 19 de mayo de 2022 de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, y en el marco del artículo 10 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, incoó el procedimiento para la cancelación de la inclusión, en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, del edificio de la Aduana Nueva de Cádiz, sito en la Plaza de Sevilla, número 2, de Cádiz, mediante Resolución de 27 de octubre de 2025. En la misma se acuerda, al tiempo, al amparo del artículo 9.3 de la Ley 14/2007 y del 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de un periodo de información pública por plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 209, de 30 de octubre de 2025).
El acto se notificó a los interesados en el procedimiento con fecha 27.10.2025 concediéndoles trámite de vista y audiencia del expediente por plazo de 15 días hábiles, de conformidad con el artículo 9.3 de la Ley 14/2007 y el 82 de la Ley 39/2015. Habiendo transcurrido los plazos para la información pública y audiencia a los interesados, no se presentan solicitudes de acceso al expediente ni alegaciones al mismo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 100.bis.3.b) de la Ley 14/2007, el asunto fue informado mediante Ponencia Técnica de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz reunida con fecha 12.1.2026. La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cádiz emitió informe favorable a la cancelación de la inclusión del inmueble en el IBRPHA en su reunión de fecha 13.1.2026, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la normativa andaluza.
El procedimiento seguido concluye que el contenido de los informes, presentados por el Ayuntamiento de Cádiz y redactados con posterioridad a la finalización del procedimiento de inclusión de la Aduana Nueva de Cádiz en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, contradicen el informe de febrero de 2008 que motivó su propia inclusión y desvirtúan, por tanto, la imputación del interés considerado en el inmueble para su reconocimiento como parte del citado inventario, por lo que se estima procedente cancelar la inclusión del Bien en el mismo.
Al amparo de lo dispuesto en los artículos 76.2 y 78.1 del Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, con fecha 20.1.2026 la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Cádiz solicita informe al Servicio Jurídico Provincial en Cádiz de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía sobre la tramitación del procedimiento seguido así como sobre el borrador de la resolución. Con fecha 23.1.2026 se recibe escrito de respuesta del Servicio mediante el que se procede a la devolución de la citada petición al no encontrarnos ante uno de los supuestos en que el Gabinete Jurídico haya de ser consultado preceptivamente, conforme al artículo 78.2 del Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía.
Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede cancelar la inclusión, en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, del edificio de la Aduana Nueva de Cádiz, sito en la Plaza de Sevilla, número 2, de Cádiz, incluido en el mismo a tenor de lo dispuesto por la Resolución de 7 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Bienes Culturales.
En virtud de lo expuesto, previa propuesta del Servicio de Bienes Culturales, en el marco del artículo 10 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico Andaluz, y de acuerdo con lo establecido en el artículo primero, apartado dos, de la Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se delegan en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico determinadas competencias en materia de patrimonio histórico,
RESUELVO
Primero. Cancelar la inclusión del Bien Inmueble Aduana Nueva, sito en la Plaza de Sevilla, número 1, de Cádiz, del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz , incluido en el mismo a tenor de lo dispuesto por la Resolución de 7 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Bienes Culturales.
Segundo. Ordenar que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Consejería de Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cádiz, 26 de enero de 2026.- La Delegada, Tania Barcelona Lozano.
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