Anuncio de 9 de octubre de 2026, de la Delegación Territorial de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio y de Fomento y Movilidad en Sevilla, por el que se anuncian las actas previas de ocupación, y si procede, las actas de ocupación para el proyecto correspondiente a 02-SE-2787/1-0.0-0.0-PC. «Mejora de seguridad vial de la carretera A-378 de Osuna a Martín de la Jara. Fase 1 (Sevilla)».
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La Dirección General de Infraestructuras Viarias, de la entonces Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, ordenó mediante Resolución de 18 de noviembre de 2025, el inicio del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia para obtener la plena posesión de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto que correspondiente a 02-SE-2787/1-0.0-0.0-PC. «Mejora de seguridad vial de la carretera A-378 de Osuna a Martín de la Jara. Fase 1 (Sevilla).»
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, el artículo 56 del Reglamento que la desarrolla, de 26 de abril de 1957, y el artículo 38.3 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía, la aprobación del proyecto implicará la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los terrenos y derechos afectados, y la tramitación del correspondiente expediente según el procedimiento especial previsto para estos casos que regula el artículo 52 de la LEF y su reglamento de desarrollo.
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 4 del Decreto 4/1985, de 8 de enero, por el que se atribuyen determinadas facultades a los órganos de la Consejería de Política Territorial y el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020, así como el Decreto del Presidente 9/2026, de 9 de julio, por el que se crean las Vicepresidencias y se reestructuran las Consejerías que conforman la Administración de la Junta de Andalucía, y el Decreto 202/2026, de 30 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio y Consejería de Fomento y Movilidad,
ACUERDA
Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que se regula en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y el artículo 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOJA núm. 160, de 20.6.1957).
Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Los Corrales, Martín de la Jara y Osuna, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial de Sevilla y en el Diario de Sevilla, valiendo estos anuncios como notificación respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado paradero, según los artículos 52.2 de la LEF y 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, BOE núm. 236, de 2.10.2015 (LPACAP).
Tercero. Al amparo del artículo 56 del RLEF, y artículo 83 LPACAP, se abre el trámite de información pública, por el plazo de 15 días hábiles, a contar desde la publicación del presente acuerdo en el BOJA y BOPSE, para que los titulares de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras y todas las demás personas o entidades interesadas, puedan formular por escrito, ante este Departamento, las alegaciones y documentos que consideren oportunas. Durante dicho plazo se podrá consultar el anexo de Expropiaciones en los Ayuntamientos de Los Corrales, Martín de la Jara y Osuna y en la Delegación de Vivienda, Juventud, Ordenación del Territorio y de Fomento y Movilidad en Sevilla.
Cuarto. Señalar el día 13.11.2026 en el Excmo. Ayuntamiento de Martín de la Jara, el día 13.11.2026 en el Excmo. Ayuntamiento de Osuna, y el día 20.11.2026 en el Excmo. Ayuntamiento de Los Corrales, para proceder al levantamiento de las actas previas de ocupación y si procede actas de ocupación. A tal efecto, se convoca para su comparecencia a los titulares de los bienes y derechos afectados que figuran en la relación que se adjunta (anexo), previas las correspondientes notificaciones personales.
A dicho acto deberán acudir los interesados personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, pudiendo ir acompañados (a su costa) de Peritos y Notario, si lo estiman oportuno y aportar la siguiente documentación:
1. Original y fotocopia del DNI/NIE o Pasaporte para acreditación de su personalidad. En el supuesto de personas jurídicas, será preciso copia de la Escritura de constitución, así como documentación acreditativa del representante legal o apoderado en su caso, y DNI de este.
2. Original y fotocopia del poder de representación en su caso.
3. Original y fotocopia del título de la propiedad debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad (Escritura Pública y Nota Simple actualizada) referente a la finca afectada o derecho objeto de expropiación.
4. En caso de fallecimiento, además, testamento o declaración de herederos, aceptación de herencia y Modelos 650 y 660 de liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
5. En el caso de que el titular de los bienes y o derechos resulte ser sujeto obligado a la relación telemática con la administración en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberá aportar en este acto una dirección electrónica de notificaciones.
Al objeto de agilizar la tramitación administrativa del expediente, así como minimizar la duración de cada comparecencia en el futuro acto de levantamiento de actas previas, se solicita remitan la citada documentación en formato electrónico (escaneado o copias electrónicas originales) a esta Delegación Territorial a través del Registro Electrónico de forma previa a dicho acto. En el siguiente enlace se facilita el acceso a dicho registro: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
Asimismo, publicado este acuerdo y hasta el día señalado para el levantamiento de las actas previas a la ocupación y si procede actas de ocupación, los interesados y personas que, siendo titulares de derechos o intereses directos sobre los bienes afectados, se hayan podido omitir en la relación, podrán examinar los planos parcelarios y demás documentación obrante en el expediente, así como formular alegaciones por escrito ante esta Delegación Territorial, a los solos efectos de subsanar posibles errores y omisiones que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.
Sevilla, 9 de octubre de 2026.- La Delegada, María Teresa Ávila Guisado.
Descargar PDFBOJA nº 201 de 16/10/2026