Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 20/10/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Universidad, Industria, Energía e Innovación

Resolución de 7 de octubre de 2026, de la Dirección General de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para proyectos de crecimiento y mejora de la competitividad de las pymes con actividad económica en Andalucía, en el ámbito del Decreto 114/2024, de 18 de junio.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00344877.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Mediante Resolución de 1 de julio de 2024, de la Dirección General de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 130, de 5 de julio de 2024, se efectuó la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para proyectos de crecimiento y mejora de la competitividad de las pymes con actividad económica en Andalucía, al amparo del Decreto 114/2024, de 18 de junio. La cuantía total máxima de la convocatoria se fijó en 201.063.078 euros, con la siguiente distribución inicial entre partidas presupuestarias:

PARTIDA PRESUPUESTARIA IMPORTE MÁXIMO
1051 17 0013 G/72B/ 770000/ 00/ A411CA21EB 2024001230 40.000.000 €
1051 17 0013 G/72B/ 770000/ 00/ A411CB21EB 2024001225 161.063.078 €

Mediante Resolución de 3 de julio de 2026, publicada en el BOJA núm. 130, de 8 de julio de 2026, se declaró finalizado el plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria por agotamiento del crédito, con efectos desde el día de su publicación, y se dispuso la inadmisión de las solicitudes presentadas con posterioridad. El motivo principal que motivó esta resolución fue la constatación de no contar con presupuesto suficiente para poder atender todas las solicitudes recibidas hasta dicha fecha.

El resuelvo séptimo de la convocatoria de ayudas establece que, en el caso de eventuales aumentos sobrevenidos en el presupuesto destinado a la financiación de las actuaciones, la persona titular de la Dirección de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico podrá conceder subvenciones a aquellos solicitantes que, cumpliendo las condiciones exigidas para su concesión, no resultaron beneficiarios por falta de disponibilidad presupuestaría. Estas concesiones seguirán el mismo orden conformado en relación con la presentación de las solicitudes y serán concedidas por un importe total equivalente al aumento presupuestario.

Con fecha 27 de julio de 2026, mediante Resolución de la Dirección General de Fondos Europeos, se aprobó una modificación presupuestaria mediante la que se dotó un crédito adicional de 75.000.000 euros destinado a dar cobertura al gasto derivado de la línea de ayudas para proyectos de crecimiento y mejora de la competitividad de las pymes, con cargo a la medida A411CB21EB. Este aumento sobrevenido permite atender las solicitudes que permanecen pendientes de resolución, siempre que reúnan los requisitos exigidos y con respeto al orden de tramitación establecido en las bases reguladoras.

Además de ello, en la ejecución de la convocatoria se ha redistribuido el crédito consignado en las medidas A411CA21EB y A411CB21EB, trasladando 40.000.000 euros de la primera a la segunda sin que ello suponga variación de la cuantía total máxima de la convocatoria.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad al incremento de crédito disponible en la línea de ayudas, sin que tal incremento lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni garantiza la financiación de todos los expedientes pendientes.

Con todo ello, la nueva dotación máxima resultante para esta línea de subvención pasa a ser la siguiente:

PARTIDA PRESUPUESTARIA IMPORTE MÁXIMO
1051 17 0013 G/72B/ 770000/ 00/ A411CB21EB 2024001225 276.063.078 €

Segundo. El crédito adicional se destinará a la tramitación y, en su caso, concesión de subvenciones correspondientes a solicitudes presentadas hasta la finalización del plazo declarada por Resolución de 3 de julio de 2026, con sujeción a los requisitos de las bases reguladoras, al orden correlativo de entrada y a la disponibilidad presupuestaria.

Sevilla, 7 de octubre de 2026.- El Director General, Antonio Manuel Castro Jiménez.

Descargar PDF