Corrección de errores de la Resolución de 29 de enero de 2026, de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se adjudican los destinos correspondientes a la oferta de puestos de necesaria cobertura de 24 de noviembre de 2025 del concurso abierto y permanente para la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario de carrera convocado para el año 2025, en el ámbito de esta Consejería (BOJA número 23, de 4 de febrero de 2026).
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Advertidos errores materiales en el texto de la Resolución de 29 de enero de 2026, de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se adjudican los destinos correspondientes a la oferta de puestos de necesaria cobertura de 24 de noviembre de 2025 del concurso abierto y permanente para la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario de carrera convocado para el año 2025, en el ámbito de esta Consejería procede su rectificación conforme al art. 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el sentido siguiente:
Donde dice:
«De conformidad con lo dispuesto en la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en el Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, y en la Orden de 23 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases generales aplicables al concurso general para la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario de carrera en la modalidad abierto y permanente, conforme al procedimiento establecido, analizadas las alegaciones presentadas y finalizados los trabajos de valoración conforme a la convocatoria, la Comisión de Valoración ha formulado propuesta de resolución de la oferta de necesaria cobertura de 24 junio de 2025, con la valoración final de las personas adjudicatarias y de los puestos que han resultado desiertos.»
Debe decir:
«De conformidad con lo dispuesto en la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en el Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, y en la Orden de 23 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases generales aplicables al concurso general para la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario de carrera en la modalidad abierto y permanente, conforme al procedimiento establecido, analizadas las alegaciones presentadas y finalizados los trabajos de valoración conforme a la convocatoria, la Comisión de Valoración ha formulado propuesta de resolución de la oferta de necesaria cobertura de 24 noviembre de 2025, con la valoración final de las personas adjudicatarias y de los puestos que han resultado desiertos.»
Donde dice:
«3. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de resolución de las alegaciones presentadas contra la lista provisional de personas adjudicatarias de los puestos incluidos en la oferta de necesaria cobertura de 24 de junio de 2025, en los términos que constan en el acta de la sesión correspondiente.»
Debe decir:
«3. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de resolución de las alegaciones presentadas contra la lista provisional de personas adjudicatarias de los puestos incluidos en la oferta de necesaria cobertura de 24 de noviembre de 2025, en los términos que constan en el acta de la sesión correspondiente.»
Donde dice:
«1. El cese del personal funcionario de carrera en su anterior destino se efectuará con fecha 2 de marzo de 2025.»
Debe decir:
«1. El cese del personal funcionario de carrera en su anterior destino se efectuará con fecha 2 de marzo de 2026.»
Donde dice:
«2. La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes a contar desde el día 3 de marzo de 2025.»
Debe decir:
«2. La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes a contar desde el día 3 de marzo de 2026.»
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