Acuerdo de 6 de febrero de 2026, de la Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (Inturjoven), por el que se deja sin efecto el Acuerdo adoptado con fecha 19 de diciembre de 2025, mediante el que se efectúa convocatoria de un proceso selectivo para la cobertura de vacantes relativas a las tasas de reposición de los ejercicios 2021 a 2024, y se convoca un nuevo proceso selectivo para la cobertura de las citadas vacantes
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Con fecha 29 de diciembre de 2025 se publicó en el BOJA número 249, el Acuerdo de 19 de diciembre de 2025, de la Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (Inturjoven), por el que se efectúa convocatoria de un proceso selectivo para la cobertura de vacantes relativas a las tasas de reposición de los ejercicios 2021 a 2024, junto con las bases que regirían la misma.
Habiéndose detectado la existencia de errores en la convocatoria, que afectan a cada una de las fases del procedimiento, y a los anexos a las bases establecidas, el Gerente de Inturjoven ha adoptado el presente acuerdo, resolviendo dejar sin efecto el Acuerdo de fecha 19 de diciembre de 2025, y aprobando una nueva convocatoria del proceso de selección, que se regirá por las siguientes
BASES
1. Objeto de la convocatoria.
Las presentes bases tienen por objeto la regulación de los procedimientos que regirán la convocatoria de los procesos selectivos para la cobertura de 28 plazas vacantes de carácter ordinario correspondiente a la tasa de reposición del año 2021 al 2024, de la Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (en adelante, Inturjoven), a través del sistema de concurso de méritos de 7 tipos distintos de puesto de trabajo.
El proceso selectivo se desarrollará en dos fases:
Fase 1: Reingreso de Excedentes, Concurso de Traslado y de Promoción Interna.
Se seguirá, con riguroso orden de adjudicación de las plazas vacantes, el siguiente:
- Reingreso de Excedentes: Para personas trabajadoras en situación de excedencia voluntaria sin reserva de puesto, que soliciten su incorporación en vacante de su misma categoría o de una categoría inferior a la que ostentaba, percibiendo el salario correspondiente a la categoría a la que acceda. En estos casos la adjudicación de la plaza se realizará de forma provisional, debiendo participar obligatoriamente en la próxima convocatoria de traslado que se publique.
Una vez resuelto, con las plazas que quedasen no cubiertas se pasará al siguiente orden indicado.
- Concurso de Traslado: Para personas trabajadoras que opten a una vacante de su misma categoría profesional y conlleve o no un cambio de centro de trabajo y para aquellas que en el momento de esta convocatoria ocupen una plaza con destino provisional, debiendo participar según el artículo 25.d) del Convenio Colectivo de Inturjoven.
Una vez resuelto, con las plazas que quedasen no cubiertas se pasará al siguiente orden indicado.
- Concurso de Promoción Interna: Para personas trabajadoras que aspiran a una categoría profesional superior o a un tipo de adscripción profesional de mayor estabilidad, y puede conllevar o no un cambio de centro de trabajo.
Fase 2: Concurso de Provisión de Vacantes en Turno Libre.
Tras la resolución de la Fase 1, Inturjoven publicará las plazas que no han sido cubiertas, las cuales serán adjudicadas por el proceso de selección de Vacantes en Turno Libre.
2. Marco normativo aplicable.
La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en aquello que no estuviese desarrollado en el momento de la convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. De igual forma, se estará a lo dispuesto en el IV Convenio Colectivo de Inturjoven y en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2025.
3. Comisión de Valoración y nombramiento de sus integrantes.
Se constituirá una Comisión de Valoración, según criterios recogidos en el artículo 60 del Estatuto Básico del Empleado Público, con un mínimo de 3 personas que serán designadas por la Gerencia de Inturjoven.
Al proceso de selección asistirán en cualquier momento las personas que ostentan la representación legal de trabajadores y trabajadoras designadas para la Comisión Paritaria del Convenio, con voz y sin voto, participando por sí mismas o por persona designada al efecto como Asesora Técnica, siempre y cuando ostente la condición de Delegada de Personal o persona integrante del Comité de Empresa y/o delegado/a sindical.
Una vez constituida la Comisión de Valoración, la Dirección de la Entidad se reserva la posibilidad de nombrar personas suplentes en caso de necesidad. En tal supuesto, la Entidad comunicará a las personas participantes en el proceso de selección las causas justificativas de dicha sustitución para su adecuado conocimiento.
4. Primera fase: Reingreso de Excedentes, Concurso de Traslado y Promoción Interna.
4.1. Oferta de plazas.
En el Anexo I se publican las 28 plazas en la modalidad de vacante de la convocatoria.
Además de estas plazas vacantes, se incluirán en este anexo de forma diferenciada y en la modalidad de titularizada, todas las plazas que podrían quedar vacantes tras la adjudicación por el Reingreso de Excedentes y por el Concurso de Traslado, y que serían adjudicadas por Promoción Interna.
Las personas candidatas podrán seleccionar, por orden de preferencia, aquellas plazas a las que desean optar, independientemente de que en ese momento esté Vacante o esté Titularizada.
Cada plaza se ha identificado con un código que servirá para la tramitación del proceso selectivo, debiendo referirse a dicho código cualquier acción y/o comunicación que realice tanto Inturjoven como cualquiera de las personas aspirantes durante el proceso.
Cupo para personas con discapacidad.
Del total de plazas convocadas se reservará el cupo especificado en el Anexo I-bis para ser cubiertas entre personas que cuenten con una discapacidad igual o superior al 33%, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, así como en el apartado 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
4.2. Participantes y requisitos para la participación.
Para ser admitidas en el presente proceso selectivo, las personas aspirantes deben poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta el momento de la suscripción del contrato, los siguientes requisitos:
- Tener la condición de trabajador/a fijo o fijo-discontinuo de Inturjoven.
- Poseer la formación o la experiencia mínima de acceso exigida en el artículo 9 del IV Convenio Colectivo de Inturjoven (Resolución de 23 de mayo de 2006, publicada en el BOJA número 108), a partir del cual se ha elaborado el Anexo II: Características y funciones de los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria.
En el caso de que, durante el plazo para presentar la solicitud, la persona aspirante no tuviera el título oficial por motivo de estar tramitándose su expedición, no se considerará válido estar en posesión solo del certificado de abono de derechos de expedición de título, sino que será necesario que posea una «Certificación supletoria provisional» del título oficial, que será emitida por el organismo correspondiente de acuerdo con los trámites establecidos por el centro educativo. En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al exigido en la convocatoria, tras la celebración del proceso selectivo (durante el plazo para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos), la persona aspirante habrá de alegar la norma que establezca la equivalencia o, en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano competente del centro educativo que acredite la citada equivalencia. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.
- No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
Las personas con discapacidad que participen en el proceso por cupo de discapacidad, deberán acreditar un grado de discapacidad igual o mayor al 33% y tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la finalización del plazo de presentación se solicitudes.
La pérdida de la condición de persona con discapacidad durante el proceso selectivo, en el caso de que la misma participe por turno específico para este colectivo, implicará que la persona aspirante pase al turno libre sin discapacidad.
4.3. Sistema de selección.
Para las plazas pertenecientes al nivel 5 del Convenio Colectivo, la selección se realizará únicamente mediante un concurso de méritos, valorando la formación y experiencia presentados por las personas aspirantes. La puntuación máxima a obtener será de 100 puntos, puntuándose y baremándose según lo especificado para el puesto en el Anexo III. No se realizarán pruebas ni entrevistas en esta etapa del proceso.
Para aquellas plazas pertenecientes al nivel 3 y 4 del Convenio Colectivo, la selección se realizará mediante concurso de méritos y una segunda etapa sobre un supuesto práctico del puesto. La puntuación máxima a obtener será de 120 puntos, puntuándose y baremándose según lo especificado para el puesto en el Anexo III.
Para aquellas plazas pertenecientes al nivel 2 del Convenio Colectivo, la selección se realizará mediante concurso de méritos, una segunda etapa de test psicotécnicos sobre competencias requeridas para el puesto y una tercera etapa de entrevista que permitirá la valoración de competencias transversales básicas para el adecuado desarrollo de sus funciones. La puntuación máxima a obtener será de 130 puntos, puntuándose y baremándose según lo especificado para el puesto en el Anexo III.
No se computarán como méritos aquellos que, atendiendo a lo indicado en el Anexo III, hayan servido para acreditar el cumplimiento de los requisitos previos para poder participar en el proceso selectivo.
Se puede consultar la distribución de los puntos en las correspondientes bases del Anexo III: Esquema de Puntuación de cada uno de los puestos de la convocatoria.
Con carácter general y para todos los niveles, en concurso de traslado no hay que realizar ninguna prueba.
En promoción si se realizarán esas pruebas.
4.3.1. Experiencia (puntuación máxima: 80 puntos):
Para el cálculo de la puntuación no se computará aquella experiencia mínima exigida que haya sido considerada como criterio de admisión.
La puntuación valorable se obtendrá en función de los siguientes criterios:
- Experiencia laboral en Inturjoven en el puesto: 0.03 puntos por cada día efectivo de trabajo activo de los últimos 20 años, incluyendo los periodos de vacaciones asimilados al alta que se muestren en la Vida Laboral.
- Para aquellas candidaturas que opten a la plaza por concurso de traslado, solo se considerará la experiencia en posiciones pertenecientes a la misma categoría profesional a la que pertenezca dicha plaza, según lo especificado en el Anexo IV.
- Para aquellas candidaturas que opten a la plaza por turno de promoción interna, solo se considerará la experiencia en posiciones pertenecientes al grupo profesional al que se aspira, según lo especificado en el Anexo IV.
4.3.2. Formación (puntuación máxima: 20 puntos):
Para cada puesto se ha establecido una formación de referencia, pudiéndose localizar en el Anexo II la que se corresponde con cada uno de ellos.
En el Anexo III se identifican las reglas y puntuaciones para cada una de las formaciones consideradas en cada puesto, suponiendo en cualquier caso una puntuación máxima de 20 puntos para este criterio. No se baremará aquella formación que haya sido considerada como criterio de admisión.
Únicamente, se valorarán, por una sola vez, los cursos de idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.
4.3.3. Competencias para puestos de nivel 3 y 4 del Convenio Colectivo, en Promoción.
Las 5 mayores puntuaciones como resultado de la aplicación de fórmulas de los méritos recogidos en los epígrafes anteriores de experiencia y formación, accederán a pruebas selectivas, mediante la realización de un supuesto practico, cuya puntuación será de un máximo de 20 puntos.
En el Anexo V se publicarán las características de la prueba práctica de cada puesto de trabajo.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único. Serán excluidas del proceso quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y acreditados, debiendo presentar y acreditar la causa a la Comisión de Valoración por los canales establecidos. Todas las pruebas aplazadas deberán haberse efectuado antes de la publicación del listado definitivo de la adjudicación de las plazas.
Las personas que superen el proceso de selección serán aquellas que obtengan la mayor puntuación en el sumatorio final de todas las fases (baremación de méritos, pruebas selectivas, supuesto práctico).
Tribunal de Valoración. La valoración del supuesto practico será realizada por un Tribunal compuesto por un Presidente y dos Vocales, designados por el Área de Recursos Humanos de Inturjoven entre el personal de Jefaturas de Área y titulares del puesto.
4.3.4. Competencias para puestos de nivel 2 del Convenio Colectivo, en Promoción.
Las 5 mayores puntuaciones como resultado de la aplicación de fórmulas de los méritos recogidos en los epígrafes anteriores de Experiencia y Formación, accederán a pruebas selectivas y entrevista.
- Pruebas selectivas, consistentes en la realización de test de competencias (puntuación máxima: 20 puntos).
Las pruebas a realizar consistirán en test psicotécnicos (no pruebas teóricas) sobre competencias requeridas para el puesto. Estas pruebas puntuarán a la persona en función de la adecuación del perfil de su candidatura con el perfil objetivo descrito para el presente proceso selectivo. La puntuación de las pruebas será de un máximo de 20 puntos, distribuida en dos pruebas que puedan sumar un máximo de 10 puntos cada una de ellas.
- Entrevista (puntuación máxima: 10 puntos):
En el Anexo III se especifican los puestos a los que se aplica esta tercera fase y las puntuaciones máximas a obtener.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único. Serán excluidas del proceso quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y acreditados, debiendo presentar y acreditar la causa a la Comisión de Valoración por los canales establecidos. Todas las pruebas aplazadas deberán haberse efectuado antes de la publicación del listado definitivo de la adjudicación de las plazas.
Las personas que superen el proceso de selección serán aquellas que obtengan la mayor puntuación en el sumatorio final de todas las fases (baremación de méritos, pruebas psicotécnicas y, en su caso, entrevista).
4.4. Solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha que determine la convocatoria.
Cada participante presentará una única solicitud, donde tendrá la opción de poder cumplimentar tres formularios, uno por cada modalidad a la que se desee concursar:
- Formulario de Reingreso. En este, se hará constar, por orden de preferencia, el código de la plaza/s que quiera solicitar, únicamente sobre las plazas vacantes ofertadas incluidas en el Anexo I.
- Formulario de Traslado. Se cumplimentará, por orden de preferencia, el código de la plaza/s a la que se quiera presentar. Se podrán solicitar, en el orden que se desee, las plazas vacantes ofertadas y las plazas actualmente titularizadas, ya que estas podrían quedar vacantes durante la resolución del Concurso de Traslado.
- Formulario de Promoción Interna. Se cumplimentará, por orden de preferencia, el código de la plaza/s a la que se quiera presentar. Se podrán solicitar, en el orden que se desee, las plazas vacantes ofertadas y las plazas actualmente titularizadas, ya que estas podrían quedar vacantes durante la resolución del concurso de traslado.
4.4.1. Condicionamiento por convivencia familiar.
Por razones de convivencia familiar, cuando dos personas participantes pudieran estar interesadas en plazas de un mismo centro de trabajo, podrán condicionar sus solicitudes al hecho de que ambas obtengan destino en la misma, entendiéndose en caso contrario, sin efecto ambas solicitudes. Quienes se acojan a esta petición condicional deberán acreditar con los datos estrictamente necesarios la convivencia familiar, e indicarlo en ambas solicitudes de participación, identificando a la persona con cuya solicitud se condiciona mediante la consignación del nombre, apellidos y número del DNI o NIE, quien, a su vez, deberá hacerlo constar también de forma expresa en su solicitud. Si una de las personas no condicionara su solicitud, se considerará que la solicitud de la otra persona no está sujeta a condición alguna y se tramitarán ambas considerando que no existe dicho condicionante.
4.4.2. Forma de presentación.
La presentación de las solicitudes deberá realizarse de forma telemática. La forma y los plazos de presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigible en la convocatoria se notificará en la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
Tanto la no entrega de la solicitud o documentación, como su presentación fuera de plazo o por una vía distinta a la que se indica, será causa automática de exclusión del proceso de selección. Será igualmente causa de exclusión de la convocatoria cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en cualquiera de los datos o documentos aportados
Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud, salvo desistimiento, de conformidad con el punto 4.6.
La Comisión de Valoración asignará a cada persona participante un código único (en adelante «código de identidad»), que le será comunicado vía correo electrónico. Este identificador servirá para preservar la identidad de las personas participantes, siendo el que la Comisión de Valoración utilice en las comunicaciones realizadas durante el proceso selectivo, en sus diferentes fases, a través de la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
4.4.3. Documentación necesaria:
Cada persona participante deberá aportar, con carácter general, la siguiente documentación:
- Solicitud y Formularios 1, 2 y 3 cumplimentados y enviados por vía telemática a través de la plataforma que se ponga a disposición.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad; en caso de persona extranjera ser extranjero, fotocopia del Pasaporte y Permiso de Trabajo y Residencia.
- Fotocopia de la titulación requerida en la convocatoria o formación equivalente según tablas de equivalencias o correspondencias publicadas en fuentes oficiales.
- Documentación acreditativa de la experiencia profesional y la formación complementaria susceptible de valoración y, en general, toda la documentación oficial que acredite los méritos valorables que se alegan.
- En caso de poseer un grado de discapacidad, las personas que participen en el proceso por cupo de discapacidad deberán acreditar un grado de discapacidad igual o mayor al 33%, mediante certificado emitido por el órgano competente de reconocimiento de grado de discapacidad.
- Las personas que participen y necesiten adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas, deberán adjuntar certificado médico oficial en el que conste la circunstancia que ocasiona la necesidad, así como la adaptación de tiempo y de medios materiales para la realización de las pruebas. En este caso, será la Comisión de Valoración quien, en base al principio de igualdad, decidirá conforme al estudio del mismo, si estima o no la petición.
A los efectos de cómputo de experiencia y formación se considerará el día posterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria, con independencia del momento en el que se abra el periodo de recepción de solicitudes.
Toda esta documentación deberá ir numerada y con su índice correspondiente, y podrá ser verificada con las fuentes primarias en cualquier momento del proceso de selección por parte de las personas miembro de la Comisión de Valoración.
4.4.3.1. Acreditación de la experiencia profesional.
Se solicitará por escrito, al Área de Recursos Humanos de Inturjoven, la acreditación de la experiencia profesional para incluirse en la solicitud, a la dirección de correo electrónico: recursoshumanos.itj@juntadeandalucia.es
La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado. Se acompañará de un certificado de funciones, sellado y firmado por las empresas en las que haya desarrollado dichas funciones o contrato de trabajo.
La experiencia profesional por cuenta propia habrá de acreditarse mediante cualquier medio admitido en derecho sobre los méritos de la persona aspirante que, a su juicio, le hagan idónea para el desempeño del puesto convocado.
4.4.3.2. Acreditación de la formación.
Las personas que participen en el proceso de selección deberán acreditar la formación recibida mediante certificación/diploma, indicando la denominación del curso, año de realización, número de horas y centros académicos o de enseñanza, organismo o institución oficial, habilitados legalmente al efecto.
Para acreditar la documentación se aportará fotocopia de los documentos que los justifiquen.
4.5. Publicación de listados provisionales de personas admitidas y baremo.
Se publicará en la página web de la empresa [www.inturjoven.com/empleo] el listado provisional de las personas admitidas y baremadas, figurando como dato identificativo de cada candidatura el código de identidad que se le haya asignado, con la puntuación obtenida.
La publicación identificará si las candidaturas han participado en el proceso selectivo por Reingreso de Excedentes, Concurso de Traslado y/ o por Promoción Interna.
A la misma se podrán presentar alegaciones en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la mencionada lista. La forma de presentación de alegaciones y documentación acreditativa se notificará en la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
Transcurrido dicho plazo y una vez analizadas, valoradas y respondidas las alegaciones por la Comisión de Valoración, se publicará la lista definitiva de candidaturas con sus baremaciones, la cual servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.
4.6. Adjudicación provisional. Doble adjudicación. Desistimiento.
Previamente a la adjudicación definitiva, se publicará el resultado de la adjudicación provisional de las plazas en la página web de Inturjoven.
A la misma se podrán presentar alegaciones en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la mencionada lista. La forma de presentación de alegaciones y documentación acreditativa se notificará en la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
Las alegaciones presentadas, que no tendrán el carácter de recursos, serán resueltas en la resolución de adjudicación definitiva.
Doble adjudicación.
En el supuesto de que una persona obtenga plaza provisional por concurso de traslado y por concurso de promoción interna, la persona deberá determinar su preferencia, siendo obligatorio comunicar la opción elegida al órgano convocante, por escrito, a través del mismo canal de presentación de solicitudes, en el plazo de 5 días hábiles siguientes al de la publicación de la adjudicación. En este caso, la plaza a la que no se opta, se resolverá con la adjudicación a la siguiente persona participante con la mayor puntuación.
Desistimiento.
Una persona que obtenga plaza provisional podrá ejercitar su derecho al desistimiento de la plaza adjudicada en el plazo de 5 días hábiles siguientes al de la publicación de la adjudicación.
El desistimiento se aplicará a la totalidad de la solicitud de participación en el concurso.
No se podrá renunciar, en ningún caso, a un desistimiento ya efectuado.
El escrito de desistimiento habrá de presentarse a través del mismo canal de presentación de solicitudes.
En este caso, la plaza a la que se desiste se resolverá con la adjudicación a la siguiente persona participante con la mayor puntuación.
4.7. Resolución y plazas definitivas adjudicadas. Empate.
La adjudicación de la plaza se realizará según el orden de preferencia especificado por cada persona concursante en la solicitud de participación.
La plaza definitiva obtenida es irrenunciable, produciéndose la incorporación al nuevo puesto de trabajo el día que marque la empresa.
En el supuesto de que una persona no se incorpore de manera efectiva al puesto de trabajo asignado, salvo causa mayor debidamente acreditada, quedará excluida de la convocatoria, quedando la plaza vacante y debiéndose resolver en la fase 2 (turno libre).
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y en consecuencia no generarán derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
El resultado con las plazas adjudicadas se publicará en la página web de Inturjoven y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.
Empate.
En caso de empate en la puntuación, la adjudicación se resolverá en favor de la persona que haya obtenido mayor puntuación en el baremo por experiencia.
Si no se alcanzase el desempate aplicando el criterio anterior, se resolverá mediante sorteo público, La fecha, hora y lugar del sorteo serán debidamente notificados a las partes interesadas a través de la página web de la empresa.
4.9. Normas finales.
Información de contacto: Cualquier duda o consulta deberá realizarse de forma telemática a través de la plataforma que ponga a disposición y que se notificará en la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
5. Fase 2: Concurso de provision de vacantes en turno libre.
Tras la resolución de la Fase 1, Inturjoven publicará las plazas que no han sido cubiertas, que se adjudicarán por el proceso de selección de vacantes en turno libre.
5.1. Oferta de plazas.
Se publicará un Anexo I con las plazas vacantes de la convocatoria en turno libre.
Las personas candidatas podrán seleccionar, por orden de preferencia, aquellas plazas a las que desean optar.
Cada plaza se ha identificado con un código que servirá para la tramitación del proceso selectivo, debiendo referirse a dicho código cualquier acción y/o comunicación que realice tanto Inturjoven como cualquiera de las personas aspirantes durante el proceso.
Cupo para personas con discapacidad.
Del total de plazas convocadas se reservará el cupo especificado en el Anexo I-bis para ser cubiertas entre personas que cuenten con una discapacidad igual o superior al 33%, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, así como en el apartado 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
5.2. Participantes y requisitos para la participación.
Para ser admitidas en el presente proceso selectivo, las personas aspirantes deben poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta el momento de la suscripción del contrato, los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores, conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros Tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.
- Se exigirá tanto el permiso de residencia como el permiso de trabajo a las personas extranjeras no contempladas en el apartado anterior.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas o de sus organismos, entidades, empresas, fundaciones o cualesquiera empleadoras dependientes o vinculadas a las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para empleo o cargo público, ni para el desempeño de la profesión o funciones relacionadas con el puesto objeto de la convocatoria. Las personas cuya nacionalidad no sea la española no deberán estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
- Poseer la titulación o la experiencia exigida en el artículo 9 del IV Convenio Colectivo de Inturjoven (Resolución de 23 de mayo de 2006, publicada en el BOJA número 108), a partir del cual se ha elaborado el Anexo II: Características y funciones de los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria, así como la formación/experiencia para poder participar y la formación valorable.
- En el caso de que, durante el plazo para presentar la solicitud, la persona aspirante no tuviera el título oficial por motivo de estar tramitándose su expedición, no se considerará válido estar en posesión solo del certificado de abono de derechos de expedición de título, sino que será necesario que posea una «Certificación supletoria provisional» del título oficial, que será emitida por el organismo correspondiente de acuerdo con los trámites establecidos por el centro educativo. En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al exigido en la convocatoria, tras la celebración del proceso selectivo (durante el plazo para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos), la persona aspirante habrá de alegar la norma que establezca la equivalencia o, en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano competente del centro educativo que acredite la citada equivalencia. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.
- No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
- No tener acreditado que existen antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
- En caso de poseer un grado de discapacidad, las personas que participen en el proceso por cupo de discapacidad deberán acreditar un grado de discapacidad igual o mayor al 33%, mediante certificado emitido por el órgano competente de reconocimiento de grado de discapacidad.
- Las personas que participen y necesiten adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas, deberán adjuntar certificado médico oficial en el que conste la circunstancia que ocasiona la necesidad, así como la adaptación de tiempo y de medios materiales para la realización de las pruebas. En este caso, será la Comisión de Valoración quien, en base al principio de igualdad, decidirá conforme al estudio del mismo, si estima o no la petición.
5.3. Sistema de selección.
El proceso de selección incluirá baremación de méritos, pruebas psicotécnicas y, si procede, entrevistas personales.
La puntuación para esta fase será de un máximo de 120 puntos para aquellas plazas pertenecientes a los niveles 3, 4 y 5 del Convenio Colectivo, y de 130 puntos para las pertenecientes a nivel 2 del Convenio Colectivo, puntuándose y baremándose según lo especificado para cada puesto en el Anexo III.
No se computarán como méritos aquellos que, atendiendo a lo indicado en el Anexo III, hayan servido para acreditar el cumplimiento de los requisitos previos para poder participar en el proceso selectivo.
Se puede consultar la distribución de los puntos en las correspondientes bases del Anexo III: Esquema de puntuación de cada uno de los puestos de la convocatoria.
5.3.1. Experiencia (puntuación máxima: 80 puntos).
Para el cálculo de la puntuación no se computará aquella experiencia mínima exigida que haya sido considerada como criterio de admisión.
La puntuación valorable se obtendrá en función de los siguientes criterios:
- Por cada día de servicio prestado en el puesto correspondiente en Inturjoven, incluyendo los periodos de vacaciones asimilados al alta que se muestren en la Vida Laboral: 0,03 puntos.
- Por cada día reflejado en Vida Laboral en empresas del sector público (distintas a Inturjoven) o privado en las que se haya acreditado la prestación de servicios en posiciones asimilables (por correspondencia de funciones realizadas), incluyendo los periodos de vacaciones asimilados al alta que se muestren en la Vida Laboral: 0,02 puntos.
La valoración de la experiencia laboral adquirida se llevará a cabo teniendo en cuenta la obtenida durante los veinte últimos años.
5.3.2. Formación (puntuación máxima: 20 puntos).
Para cada puesto se ha establecido una formación de referencia, pudiéndose localizar en el Anexo II la que se corresponde con cada uno de ellos.
En el Anexo III se identifican las reglas y puntuaciones para cada una de las formaciones consideradas en cada puesto, suponiendo en cualquier caso una puntuación máxima de 20 puntos para este criterio. No se baremará aquella formación que haya sido considerada como criterio de admisión.
Únicamente, se valorarán, por una sola vez, los cursos de idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.
5.3.3. Competencias para puestos de nivel 3, 4, 5 del Convenio.
Las 5 mayores puntuaciones como resultado de la aplicación de fórmulas de los méritos recogidos en los epígrafes anteriores de experiencia y formación, accederán a pruebas selectivas, mediante la realización de un supuesto practico, cuya puntuación será de un máximo de 20 puntos.
En el Anexo V se publicarán las características de la prueba práctica de cada puesto de trabajo.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único. Serán excluidas del proceso quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y acreditados, debiendo presentar y acreditar la causa a la Comisión de Valoración por los canales establecidos. Todas las pruebas aplazadas deberán haberse efectuado antes de la publicación del listado definitivo de la adjudicación de las plazas.
Las personas que superen el proceso de selección serán aquellas que obtengan la mayor puntuación en el sumatorio final de todas las fases (baremación de méritos, pruebas selectivas, supuesto práctico).
Tribunal de Valoración. La valoración del supuesto practico será realizada por un Tribunal compuesto por un Presidente y dos Vocales, designados por el Área de Recursos Humanos de Inturjoven entre el personal de Jefaturas de Área y titulares del puesto.
5.3.4. Competencias para puestos de nivel 2 del Convenio Colectivo.
Las 5 mayores puntuaciones como resultado de la aplicación de fórmulas de los méritos recogidos en los epígrafes anteriores de experiencia y formación, accederán a pruebas selectivas y entrevista.
- Pruebas selectivas, consistentes en la realización de test de competencias (puntuación máxima: 20 puntos).
Las pruebas a realizar consistirán en test psicotécnicos (no pruebas teóricas) sobre competencias requeridas para el puesto. Estas pruebas puntuarán a la persona en función de la adecuación del perfil de su candidatura con el perfil objetivo descrito para el presente proceso selectivo. La puntuación de las pruebas será de un máximo de 20 puntos, distribuida en dos pruebas que puedan sumar un máximo de 10 puntos cada una de ellas.
- Entrevista (puntuación máxima: 10 puntos).
En el Anexo III se especifican los puestos a los que se aplica esta tercera fase y las puntuaciones máximas a obtener.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único. Serán excluidas del proceso quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y acreditados, debiendo presentar y acreditar la causa a la Comisión de Valoración por los canales establecidos. Todas las pruebas aplazadas deberán haberse efectuado antes de la publicación del listado definitivo de la adjudicación de las plazas.
Las personas que superen el proceso de selección serán aquellas que obtengan la mayor puntuación en el sumatorio final de todas las fases (baremación de méritos, pruebas psicotécnicas y entrevista).
5.4. Solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha que determine la convocatoria.
Cada participante presentará una única solicitud, donde cumplimentará el formulario en la modalidad de Turno Libre en el que hará constar, por orden de preferencia, el código de la plaza/s que quiera solicitar.
5.4.1. Forma de presentación.
La presentación de las solicitudes deberá realizarse de forma telemática. La forma y los plazos de presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigible en la convocatoria se notificará en la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
Tanto la no entrega de la solicitud o documentación, como su presentación fuera de plazo o por una vía distinta a la que se indica, será causa automática de exclusión del proceso de selección. Será igualmente causa de exclusión de la convocatoria cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en cualquiera de los datos o documentos aportados.
Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud, salvo desistimiento, de conformidad con el punto 5.6.
La Comisión de Valoración asignará a cada persona participante un código único (en adelante «código de identidad»), que le será comunicado vía correo electrónico. Este identificador servirá para preservar la identidad de las personas participantes, siendo el que la Comisión de Valoración utilice en las comunicaciones realizadas durante el proceso selectivo, en sus diferentes fases, a través de la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
5.4.2. Documentación necesaria.
Cada persona participante, deberá aportar, con carácter general, la siguiente documentación:
- Solicitud y formulario en la modalidad de Turno Libre. Serán cumplimentados y enviados vía telemática a través de la plataforma que se ponga a disposición.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad; en caso de ser extranjero, fotocopia del Pasaporte y Permiso de Trabajo y Residencia.
- Fotocopia de la titulación requerida en la convocatoria o formación equivalente según tablas de equivalencias o correspondencias publicadas en fuentes oficiales.
- Documentación acreditativa de la formación complementaria y la experiencia profesional susceptible de valoración y, en general, toda la documentación oficial que acredite los méritos valorables que se alegan.
- Informe de Vida Laboral emitido por aquel Ministerio que tenga atribuidas las correspondientes competencias en esta materia.
- Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
- En caso de poseer un grado de discapacidad, las personas que participen en el proceso por cupo de discapacidad, deberán acreditar un grado de discapacidad igual o mayor al 33%, mediante certificado emitido por el órgano competente de reconocimiento de grado de discapacidad.
- Las personas que participen y necesiten adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas, deberán adjuntar certificado médico oficial en el que conste la circunstancia que ocasiona la necesidad, así como la adaptación de tiempo y de medios materiales para la realización de las pruebas. En este caso, será la Comisión de Valoración quien, en base al principio de igualdad, decidirá conforme al estudio del mismo, si estima o no la petición.
Para acreditar la documentación se aportará fotocopia de los documentos que los justifiquen. Toda esta documentación deberá ir numerada y con su índice correspondiente, y podrá ser verificada con las fuentes primarias en cualquier momento del proceso de selección por parte de los miembros de la Comisión de Valoración o empresa consultora contratada a tal fin.
A los efectos de cómputo de experiencia y formación se considerará el día posterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria, con independencia del momento en el que se abra el periodo de recepción de solicitudes.
5.4.2.1. Acreditación de la experiencia profesional.
La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado. Se acompañará de un certificado de funciones, sellado y firmado por las Empresas en la que haya desarrollado dichas funciones o contrato de trabajo.
La experiencia profesional por cuenta propia habrá de acreditarse mediante cualquier medio admitido en derecho sobre los méritos de la persona aspirante que, a su juicio, le hagan idónea para el desempeño del puesto convocado.
5.4.2.2. Acreditación de la formación.
Las personas que participen en el proceso de selección deberán acreditar la formación recibida mediante certificación/diploma, indicando la denominación del curso, año de realización, número de horas y centros académicos o de enseñanza, organismo o institución oficial, habilitados legalmente al efecto.
Para acreditar la documentación se aportará fotocopia de los documentos que los justifiquen.
5.5. Publicación de listados provisionales de personas admitidas y baremo.
Se publicará en la página web de la empresa [www.inturjoven.com/empleo] el listado provisional de las personas admitidas y baremadas, figurando como dato identificativo de cada candidatura el código de identidad que se le haya asignado, con la puntuación obtenida.
A la misma se podrán presentar alegaciones en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la mencionada lista. La forma de presentación de alegaciones y documentación acreditativa se notificará en la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
Transcurrido dicho plazo y una vez analizadas, valoradas y respondidas las alegaciones por la Comisión de Valoración, se publicará la lista definitiva de candidaturas con sus baremaciones, la cual servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.
5.6. Adjudicación provisional. Desistimiento.
Previamente a la adjudicación definitiva, se publicará el resultado de la adjudicación provisional de las plazas en la página web de Inturjoven.
A la misma se podrán presentar alegaciones en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la mencionada lista. La forma de presentación de alegaciones y documentación acreditativa se notificará en la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
Las alegaciones presentadas, que no tendrán el carácter de recursos, una vez analizadas, valoradas y respondidas por la Comisión de Valoración, serán resueltas en la resolución de adjudicación definitiva.
Desistimiento.
Una persona que obtenga plaza provisional podrá ejercitar su derecho al desistimiento de la plaza adjudicada en el plazo de 5 días hábiles siguientes al de la publicación de la adjudicación.
El desistimiento se aplicará a la totalidad de la solicitud de participación en el concurso.
No se podrá renunciar, en ningún caso, a un desistimiento ya efectuado.
El escrito de desistimiento habrá de presentarse a través del mismo canal de presentación de solicitudes.
En este caso, la plaza a la que se desiste, se resolverá con la adjudicación a la siguiente persona participante con la mayor puntuación.
5.7. Resolución y plazas definitivas adjudicadas. Empate.
La adjudicación de la plaza se realizará según el orden de preferencia especificado por cada persona concursante en la solicitud de participación.
La plaza definitiva obtenida es irrenunciable, produciéndose la incorporación al nuevo puesto de trabajo el día que marque la empresa.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y en consecuencia no generarán derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
En el supuesto de que una persona no se incorpore de manera efectiva al puesto de trabajo asignado, salvo causa mayor debidamente acreditada, quedará excluida de la convocatoria. En este caso, la plaza se resolverá con la adjudicación a la siguiente persona participante con la mayor puntuación, según baremo.
En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del turno general de las siguientes ofertas.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de discapacidad superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación igual o superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de cupo general.
La publicación del resultado con las plazas adjudicadas en la página web de Inturjoven y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.
Empate.
En caso de empate en la puntuación, la adjudicación se resolverá en favor de la persona que haya obtenido mayor puntuación en los distintos apartados que se relacionan, siguiendo este orden:
- Experiencia.
- Formación.
- Pruebas.
Si no se alcanzase el desempate aplicando el criterio anterior, se resolverá mediante sorteo público. La fecha, hora y lugar del sorteo serán debidamente notificados a las partes interesadas a través de la página web de la empresa.
5.8. Normas finales.
Información de contacto: Cualquier duda o consulta deberá realizarse de forma telemática a través de la plataforma que ponga a disposición y que se notificará en la página web de Inturjoven [https://www.inturjoven.com/empleo/].
Sevilla, 6 de febrero de 2026.- El Director Gerente, Alejandro Lerín Bergasa.
ANEXO I
Plazas y distribución (cupo general)
PLAZAS VACANTES. REINGRESO EXCEDENTES, CONCURSO DE TRASLADO Y PROMOCIÓN INTERNA
Descargar PDFBOJA nº 29 de 12/02/2026