Acuerdo de 5 de febrero de 2026, de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por el que se anuncia convocatoria pública de dos plazas indefinidas de Especialista Portuario/a para Caleta de Vélez (Málaga) e Isla Cristina (Huelva).
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CONVOCATORIA PÚBLICA DE EMPLEO
1. Objeto de la Convocatoria: Dos plazas indefinidas de Especialista Portuario/a para Caleta de Vélez (Málaga) e Isla Cristina (Huelva).
2. Destinatarios(as) de la convocatoria: La presente convocatoria es pública y dirigida a todas las personas que, cumpliendo los requisitos y elementos de los perfiles indicados en el Anexo 1, soliciten su participación en el proceso selectivo.
3. Solicitud y documentación: Según lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Las personas interesadas deberán tramitar su solicitud a través del registro electrónico en la oficina virtual de la Agencia. Enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es En el mismo enlace, los solicitantes disponen de un manual de ayuda para realizar el alta y registro de su solicitud.
4. Plazo de presentación: Diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
5. El proceso de selección: Se llevará a cabo por el sistema de concurso-oposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del V Convenio Colectivo de APPA, especificados en el Anexo 2 de esta convocatoria.
Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en la página web de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
Contra el presente acuerdo que, según lo previsto en el artículo 36 de los Estatutos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, aprobados por Decreto 501/2019, de 26 de junio, pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, bien, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 115.2 de la misma ley, y con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que podrá presentar en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Sevilla, 5 de febrero de 2026.- El Secretario General, Joaquín Israel Martín Ruiz.
ANEXO 1
Perfil, requisitos y aspectos valorables
- Perfil del puesto.
Especialista Portuario/a.
Funciones: Utilización y mantenimiento de sistemas de elevación de cargas y mantenimiento electromecánico complejo.
Requisitos generales.
Requisitos detallados en el Estatuto Básico del Empleado Público que han de cumplir todas las candidaturas para formar parte de los procesos selectivos de la Agencia:
- Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del EBEP.
▪ Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
▪ Cualquiera que sea nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes, siempre que no estén separados de derecho.
▪ Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
▪ Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Poseer la titulación exigida.
Requisitos específicos según perfil.
Además, de los requisitos generales que han de cumplir todas las candidaturas para formar parte de los procesos selectivos de la Agencia, detallados en el Estatuto Básico del Empleado Público, las candidaturas deben cumplir con los requisitos específicos de la categoría convocada:
- Titulación Académica de Formación profesional de Grado Medio y/o Grado Superior, en alguna de las siguientes familias profesionales:
• Electricidad y Electrónica.
• Mantenimiento y Servicios a la Producción.
• Instalación y Mantenimiento.
• Fabricación Mecánica.
• Edificación y Obra Civil.
• Actividades Marítimo Pesquera.
- No se descartarán titulaciones superiores en las especialidades relacionadas con las titulaciones indicadas en el párrafo anterior.
- Saber nadar. Para acreditar este requisito se deberá presentar declaración jurada.
Aspectos valorables.
- Certificación/carnet de gruista de grúa móvil y/o travellift.
- Experiencia en puestos de mantenimiento de equipos e instalaciones.
- Experiencia certificada en el uso de grúas y/o grúas-puente.
- Inglés nivel A2, susceptible de valoración por prueba de nivel.
- Formación en aplicaciones ofimáticas: procesador de textos y hoja de cálculo.
ANEXO 2
Proceso selectivo
Sobre una puntuación de 100 puntos, se asigna hasta 50 puntos por valoración de méritos y hasta 50 puntos por oposición.
Baremo. Fase de concurso.
| VALORACIÓN DE MÉRITOS (CONCURSO): Hasta 50 puntos |
- Formación: Hasta 30 puntos.
- Titulación académica oficial: Hasta 10 puntos.
| Titulación académica oficial | Puntuación |
|---|---|
| FP II, Formación Profesional Superior en familias relacionadas en el perfil. | 10 puntos |
| FP I, Formación Profesional Grado medio en familias relacionadas en el perfil. | 5 puntos |
- Formación no académica: Hasta 10 puntos.
Cursos de formación monográficos en los que se detalle los contenidos y duración del curso, en alguna/as de las siguientes materias:
• Electricidad/electrónica.
• Mantenimiento electromecánico/industrial/naval.
• Soldadura.
• Equipos de elevación de cargas, entre otras: Grúas, grúas-torre, carretillas elevadoras.
• Atención al cliente/usuario.
• Prevención de riesgos laborales.
• Ofimática.
• Normativa en igualdad.
Distribución de puntuaciones por la realización de cursos de formación monográficos, es decir, que los contenidos del curso tratan en su totalidad de un tema específico y concreto, de los que se citan a continuación, no se admitirán títulos máster oficiales universitarios:
| Duración del curso | Puntuación |
|---|---|
| Curso superior a 300 horas | 3,00 |
| Curso entre 201 y 300 horas | 2,00 |
| Curso entre 101 y 200 horas | 1,00 |
| Curso entre 51 y 100 horas | 0,50 |
| Curso entre 20 y 50 horas | 0,20 |
| Curso inferior a 20 horas | 0,10 |
- Certificado/carnet: Hasta 10 puntos.
5 puntos por la acreditación de carnet en vigor de:
• Gruista.
• Maquinista.
• Fitosanitarios
• Instalador mantenedor.
• Instalador frigorista.
• PER.
3 puntos por la certificación de:
• Soldadura.
• Navegación Básica o PNB.
- Experiencia profesional acreditada: Hasta 20 puntos.
La experiencia se computa en la unidad de mes de trabajo acreditado a través de vida laboral y contratos o certificados de empresa.
| Experiencia | Puntuación |
|---|---|
| En los puestos valorados | 0,20 puntos por mes de trabajo acreditado |
Batería de pruebas. Fase de oposición.
| VALORACIÓN DE PRUEBAS (OPOSICIÓN): Hasta 50 puntos |
Las pruebas que se realizarán de forma orientativa son:
| Competencia: Capacidad/conocimiento | TIPO DE PRUEBA | PUNTUACIÓN MÁXIMA: 50 puntos |
|---|---|---|
| Ofimática: Writer | Prueba tipo test No eliminatoria | 5 puntos |
| Inglés, nivel A2. | Prueba tipo test No eliminatoria | 5 puntos |
| Aptitudes y conocimientos relacionados con el desempeño del puesto: Aptitud mecánicas, espacial, destreza manual* | Batería de Pruebas psicotécnicas Eliminatoria | 10 puntos |
| Prueba de conocimientos de mantenimiento, electricidad, albañilería, fontanería* | Prueba tipo test Eliminatoria | 10 puntos |
| Conocimientos normativos y organizativos, según material de estudio publicado en la página web de la Agencia. | Prueba tipo Test Eliminatoria | 20 puntos |
*Se indican aquellas aptitudes más representativas y acordes con el perfil de puesto.
3. Comisión de Selección.
La Comisión de Selección estará conformada por titulares y suplentes de:
• Presidencia: Será desempeñada por la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, o persona en quien ésta delegue.
• Vocalías designadas por la Presidencia, pudiendo formar parte, además de profesionales de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, profesionales externos/as a la Agencia expertos/as en el área.
• Secretaría: será desempeñada por un Técnico o Técnica de Recursos Humanos de la Agencia, y actuará como asesor/a especialista, limitándose al ejercicio de su especialidad técnica, con voz, pero sin voto.
Todos los miembros de la Comisión de Selección deberán guardar confidencialidad de los asuntos y los datos que se traten en las sesiones de los Tribunales Calificadores/Comisión de Selección en todas las materias que no sean objeto de publicación oficial y en aquellas que aun siéndolo, no se hubieran publicado todavía por los medios establecidos en la convocatoria.
Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Selección podrá disponer la incorporación, para todas o alguna de las pruebas, de asesores/as especialistas que se limitarán al ejercicio de sus competencias técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección. Estos podrán ser internos o externos. La Comisión tendrá la potestad de interpretar cualquier aspecto de los contemplados en las presentes bases.
4. Solicitud de inscripción y documentación acreditativa.
La inscripción en el proceso selectivo se realizará a través del registro en la oficina virtual de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es
Se dispone de un manual para su cumplimentación así como realizar las consultas y comunicaciones necesarias con la Agencia referidas al proceso selectivo.
Enlace:https://proyectos.puertosdeandalucia.es/redmine/attachments/67405/Manual-instrucciones-candidaturas-oficina-virtual-V4.pdf
En la oficina virtual de la Agencia, la persona candidata solicitará su participación con una única solicitud. En caso de presentar varias solicitudes, se considerá únicamente válida la última presentada en plazo.
A continuación se facilita la documentación que habrá que aportar en formato digital (pdf o jpg), pudiendo aportarse todos los que el solicitante entienda justificativos de algún extremo de su solicitud y que sean susceptibles de valoración.
- Titulación académica exigida.
- Informe de Vida Laboral expedido por la TGSS.
- Contratos de trabajo (en su defecto se admitirá certificado oficial de empresa que es expide junto con el finiquito de la contratación laboral o nómina, en los que debe aparecer la categoría profesional).
- Certificados/diplomas de los cursos monográficos alegados, en los que conste tanto la duración como los contenidos, a estos efectos no serán tenidos en cuenta los diplomas/certificados en los que no se detalle lo anterior.
- Declaración jurada firmada.
Solo serán tenidos en cuenta los documentos aportados en el periodo de presentación de solicitudes o en el de subsanación, tras la publicación del primer listado de candidaturas admitidas en el proceso, y siempre referidos a periodos anteriores a la fecha de la convocatoria.
La Agencia Pública de Puertos de Andalucía podrá requerir en cualquier momento los originales de cuantos documentos se presenten, siendo causa de expulsión del proceso selectivo la no presentación de los mismos en el plazo concedido para ello.
5. Comunicaciones durante el proceso selectivo.
Según lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Las personas interesadas deberán tramitar su solicitud a través del registro electrónico en la oficina virtual de la Agencia. Enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es En el mismo enlace, los solicitantes disponen de un manual de ayuda para realizar el alta y registro de su solicitud.
Las consultas relativas al proceso de selección deberán realizarse a través de la oficina virtual, una vez se haya dado de alta la solicitud.
Todas las comunicaciones se realizarán de forma pública a través del apartado «Noticias» de la oficina virtual, siendo responsabilidad de las candidaturas manterse informados a través de dicho apartado para todas las comunicaciones que se realicen de forma colectiva.
6. Apéndice sobre información laboral.
a) Contratación laboral.
Las relaciones laborales del personal al servicio de la Agencia, además de lo estipulado en los contratos de trabajo individuales que se celebren, se regirán por lo establecido en el vigente V Convenio Colectivo de la entidad (publicado en BOJA núm. 233, de 27.11.2007), el Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015; BOE 261, de 31.10.2015), el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015; BOE 255, de 24.10.2015), y el resto de la legislación socio-laboral en vigor.
El personal de la Agencia cuenta con Representación Legal de los(as) Trabajadores(as), compuesta por un Comité Intercentros, Comités de centro de trabajo o Delegados(as) de Personal, de entre los que están designados además los Delegados(as) de Prevención de Riesgos Laborales.
b) Clasificación profesional.
Grupo profesional de Personal de Servicios: Integra este grupo los trabajadores que llevan a cabo funciones y tareas, sin perjuicio de que la condición de agente de la autoridad se extiende a todo el personal de la empresa de servicio en los puertos, cualquiera que fuere su grupo o categoría, que como autoridad portuaria corresponden de inspección y control de las actividades portuarias y la prevención y denuncia de los incumplimientos que en las mismas se puedan producir, así como tareas de mantenimiento, conservación y demás servicios portuarios.
Especialista Portuario/a. Personal en posesión, como mínimo, de la titulación de Formación Profesional (según LGE o LOGSE) en alguna de las ramas citadas en la convocatoria. El personal incluido en esta categoría realizará las funciones relacionadas con las operaciones en Varadero, uso y mantenimiento de equipos e instalaciones portuarias y vigilancia, sin perjuicio de su colaboración en tareas básicas y auxiliares con el personal del Grupo de Gestión.
c) Retribuciones e indemnizaciones.
Retribución bruta anual: 21.157,10 €.
De manera adicional, y conforme a los requisitos de cada complemento o plus, podrán percibirse cantidades relativas a complementos y pluses determinadas en artículo 79. Complementos y Pluses, del V Convenio Colectivo de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
A las retribuciones íntegras anteriores se les aplicarán las preceptivas deducciones como la cotización a la Seguridad Social, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o aquellas otras reguladas en las disposiciones legales vigentes. La liquidación del salario, que se desglosará en el modelo de recibo vigente en la entidad, se efectuará mediante transferencia a la cuenta bancaria que la persona habrá de informar al Departamento de Recursos Humanos.
d) Seguridad y salud laboral.
Todos los puestos, centros y lugares de trabajo en la Agencia están sometidos a la evaluación de riesgos laborales y planificación de medidas preventivas y de emergencias prevista en la vigente legislación, a través de la Unidad de PRL y del Servicio de Prevención externo de la entidad, en la que se encuentra constituido el Comité de Seguridad y Salud como órgano paritario de consulta y participación de las personas trabajadoras en esta materia.
Todas las personas que sean contratadas recibirán la Ficha de Información de riesgos y medidas preventivas y de emergencia aplicables a su puesto de trabajo, debiendo observar en el desempeño de sus funciones y tareas las previsiones en ella contenidas.
Para la preceptiva cobertura de los riesgos de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, la Agencia tiene concertada la asistencia médica, sanitaria, rehabilitadora y las prestaciones económicas derivadas de la incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional con una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social. También está concertada con dicha Mutua la gestión de las prestaciones económicas por contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral).
Descargar PDFBOJA nº 30 de 13/02/2026