Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 25/02/2026

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Universidad de Córdoba, por la que se corrige la Oferta de Empleo Público adicional del Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios laboral para el año 2025.

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Mediante Resolución de 19 de enero de 2026, la Universidad de Córdoba hizo pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 14, de 22.1.2026, la Oferta de Empleo Público adicional del Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2025, en virtud del Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo.

En el anexo de dicha resolución se publicó la oferta de 8 plazas, reservándose 2 para la categoría de Técnico Especialista Biblioteca, Archivo y Museos.

Apreciado error aritmético en el cálculo del cumplimiento de los requisitos de acceso a la jubilación parcial de una solicitud, se procede a su corrección, al amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los siguientes términos:

Donde dice: 2 plazas en la categoría de Técnico Especialista B.A.M.

Debe decir: 3 plazas en la categoría de Técnico Especialista B.A.M.

Con fecha 18 de febrero de 2026, previo a la presente publicación, la Secretaría de Estado de Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública fue informada del error advertido.

En atención a lo señalado anteriormente, este Rectorado

resuelve

Primero. Modificar la Oferta de Empleo Público adicional del Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios laboral de la Universidad de Córdoba para el año 2025, aprobada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de septiembre de 2025, y que se acompaña como anexo.

Segundo. Esta oferta de empleo público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito de administración y servicios con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las Administraciones Públicas y a las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I del presupuesto de gastos.

Tercero. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 91 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70  del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Córdoba, 20 de febrero de 2026.- El Rector, Manuel Torralbo Rodríguez.

ANEXO

(Turno libre)

Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios laboral con vinculación a contratos de relevo

Categoría profesional Grupo Núm. de plazas (*)
Técnico Especialista B.A.M. III 3
Técnico Especialista Laboratorio III 5
Técnico Especialista Laboratorio (reserva otras discapacidades) III 1

(*) En aplicación de la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 32/2021, como consecuencia de las modificaciones en el contrato de relevo derivadas del Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre,  de Comunidades Autónomas, Ciudades Autónomas y Corporaciones Locales así como de las entidades que conforman su sector público institucional.

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