La Junta
Consejo de Gobierno
Anuncio de 17 de febrero de 2026, de la Comunidad de Regantes Antiguos Riegos de Salobreña, de convocatoria de Junta General Ordinaria. (PP. 373/2026).
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Don Gabriel Vacas López, Presidente de la Comunidad de Regantes Antiguos Riegos de Salobreña,
Hace saber
Que se convoca a todos los partícipes de la Comunidad, a fin de que asistan a la Junta General Ordinaria que se celebrará en el Auditorio Villa de Salobreña José Martín Recuerda, sito en Plaza Juan Carlos I, s/n, de la localidad de Salobreña (Granada), el próximo día 31 de marzo de 2026 a las 18:30 horas en primera convocatoria y a las 19:00 horas en segunda, con el siguiente orden del día:
Primero. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
Segundo. Informe del estudio técnico y económico previo para la modernización de la Comunidad de Regantes.
Tercero. Aprobación, si procede, de las cuentas anuales (gastos e ingresos) del ejercicio 2025.
Cuarto. Aprobación del presupuesto para el ejercicio 2026.
Quinto. Informe de la Tarifa de Utilización de Agua y Canon de Regulación.
Sexto. Renovación de cargos de la Comunidad.
Séptimo. Ruegos y preguntas.
Octavo. Lectura y aprobación del acta de la sesión en su caso.
Los partícipes podrán acudir personalmente o debidamente representados conforme a lo previsto en las ordenanzas, el partícipe podrá delegar el voto en otro partícipe con una simple autorización escrita, y las personas jurídicas estarán representadas por sus administradores, debiendo acreditarse tal condición con la escritura pública de su nombramiento, y en caso de delegación de voto a otro partícipe, deberá la entidad otorgar poder notarial para tal fin extendido en debida forma. Las autorizaciones escritas deberán estar firmadas por el partícipe representado y el partícipe representante, y deberán ser acompañadas de fotocopia del DNI del representado para el cotejo de firma, presentándose tanto éstas como las escrituras y los poderes notariales en la sede de la Comunidad, al menos cinco días antes de la Asamblea, para que puedan ser aprobadas por la Junta de Gobierno. No será necesaria la autorización escrita si los representates de las personas físicas son los cónyuges, padres, tutores o curadores de los menores de edad, si bien se ha de acreditar en el mismo plazo de cinco días tal condición de parentesco o de tutor o de curador.
Se advierte que los acuerdos adoptados en segunda convocatoria serán válidos sea cual sea el número de asistentes.
Salobreña, 17 de febrero de 2026.- El Presidente, Gabriel Vacas López.
Descargar PDFBOJA nº 38 de 25/02/2026
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