Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Acuerdo de 14 de enero de 2026, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por el que se abre un periodo de información pública sobre solicitud de producción y suministro de aguas regeneradas. (PP. 127/2026).

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De conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Reglamento de Reutilización de Agua, aprobado por el Real Decreto 1085/2024, de 22 de octubre, así como en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,

ACUERDO

Primero. La apertura de un periodo de información pública, en el seno del procedimiento administrativo relativo al expediente 2024SCA002923AL, de solicitud de producción y suministro de aguas regeneradas procedentes de la Edar de Vera (Almería) para uso agrícola calidad «A.A.» y «A.C.», para uso urbano calidad «U.B.» y para uso recreativo calidad «O.B.», según el Anexo I del Reglamento de Reutilización del Agua aprobado mediante el Real Decreto 1085/2024, de 22 de octubre, y cuyas características se indican a continuación:

Titular: Excmo. Ayuntamiento de Vera.

Registro solicitud: 20.6.2024.

Destino del agua: Uso agrícola (calidad A.A. y A.C.), uso urbano (calidad U.B.) y uso recreativo (calidad O.B.).

Origen del recurso: Aguas regeneradas (Edar de Vera).

Punto de entrega de las aguas regeneradas: UTMX: 602.978-UTMY: 4.118.538-Huso 30 -ETRS89.

Volumen máximo anual: 1,94 Hm3/año; estando condicionado el suministro a los volúmenes que resulten de la tramitación definitiva de los expedientes concesionales de aguas regeneradas relacionados.

Caudal máx. instantáneo: 865,28 l/s.

T.m. destino del agua: Vera, Garrucha y Turre.

Demarcación hidrográfica: Cuencas Mediterráneas Andaluzas.

Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente acuerdo, a fin de que durante el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.

Tercero. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta a través del Portal de la Junta de Andalucía, en la Sección de Servicios en el apartado de Participación, accesible directamente a través de la siguiente url, que permite el acceso directo a los documentos sometidos a información pública por esta Consejería:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/servicios/participacion/todos-documentos.html

así como en las dependencias administrativas sitas en C/ Arapiles, 10-12, Almería, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, salvo días festivos.

Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este acuerdo, deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 14 de enero de 2026.- El Delegado, Antonio Bartolomé Mena Rubio.

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