Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan becas de colaboración de estudiantes para centros y grupos de investigación de la Universidad de Huelva, financiadas por el Banco Santander. Convocatoria 2026.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00334745.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/891585).
Primero. Convocatoria.
La finalidad de estas becas es promover entre el estudiantado universitario la mejora de su empleabilidad y potenciar su capacidad futura de emprendimiento en los ámbitos tecnológico, de la investigación y el conocimiento; perseguir, además, principios de equidad y justicia social por medio del establecimiento de criterios de selección de los beneficiarios que, además de premiar la excelencia, atiendan sus condiciones de renta familiar.
Las becas de colaboración deberán constituir un elemento esencial en la fase final de la formación del alumnado de la Universidad de Huelva, tanto de Grado como de Posgrado. En este marco, los Centros y Grupos de Investigación de la Universidad de Huelva actuarán como entidades receptoras del estudiantado becario. Estas ayudas resultarán de indudable interés tanto para dichos centros y grupos como para el estudiantado, ya que facilitará el contacto directo con tareas de investigación especializadas, estrechamente vinculadas con los estudios que están cursando, ofreciendo la posibilidad de ampliar conocimientos y definir intereses de cara a una futura incorporación a labores docentes o investigadoras.
Segundo. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria se encuentran recogidas en la Resolución Rectoral de 5 de noviembre de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para la colaboración de estudiantes en Centros y Grupos de Investigación de la Universidad de Huelva, financiadas por el Banco Santander, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 227, de 25 de noviembre de 2025).
Tercero. Financiación.
Las partidas presupuestarias destinadas al abono de estas ayudas serán:
- Centro de Gasto 801699-Programa 541A-Clasificación Económica 644.00-importe total: 1.000 €.
- Centro de Gasto 801802-Programa 321S-Clasificación Económica 481.99-importe total: 19.200 €.
Las ayudas serán financiadas por medio de la subvención concedida por el Banco de Santander a la Universidad de Huelva, siendo su número y distribución el que sigue:
- Modalidad de Grado: 8 becas para estudiantes de grado con una dotación total de la beca de 900 euros y una duración de 3 meses.
- Modalidad de Máster: 8 becas para estudiantes de máster con una dotación total de la beca de 1500 euros y una duración de 3 meses.
En caso de que alguna de las modalidades no se cubra, el importe sobrante podrá destinarse a la otra modalidad o a las ayudas convocadas por la Universidad de Huelva, financiadas por el Banco Santander.
Cuarto. Personas beneficiarias.
Las ayudas estarán dirigidas al estudiantado universitario interesado en colaborar en tareas de investigación y decidido a orientar su carrera profesional hacia este ámbito, tanto en el sector público como en el privado. Estas becas permitirán contribuir a una formación más completa y ajustada a los retos y necesidades actuales del mercado laboral vinculado a la investigación.
Requisitos de las personas beneficiarias y su acreditación.
Modalidad de Grado.
Podrán obtener la beca de colaboración en su modalidad de Grado el estudiantado universitario de Grado que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten los siguientes requisitos:
a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster oficial.
b) Estar matriculado en el curso 2025-2026 en la Universidad de Huelva en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios de Grado y haber superado el 75 por ciento de la carga lectiva de su titulación.
c) Haber obtenido como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior al menos un 6,50.
d) En los supuestos de estudiantes que estén cursando los denominados dobles grados, solo serán tenidos en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación por la que opte a la beca de colaboración.
Modalidad de Máster.
Podrán obtener la beca de colaboración en su modalidad de Máster el estudiantado universitario de Máster que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten los siguientes requisitos:
a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor.
b) Estar matriculado en el curso 2025-2026 en Universidad de Huelva en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
c) Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al máster, la nota media de un 6.50.
Los requisitos anteriormente mencionados que no figuren en el expediente del solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca, por lo que corresponde a las personas solicitantes requerir, en su caso, a sus respectivas universidades la actualización de sus expedientes académicos. Las personas solicitantes deberán, asimismo, reunir los requisitos que, respecto de la nacionalidad establece el artículo 4.1.d) del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación y registro de la solicitud será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), finalizando a las 23 horas y 59 minutos del día de cierre.
Huelva, 4 de marzo de 2026.- El Rector, José Rodríguez Quintero.
Descargar PDFBOJA nº 51 de 16/03/2026