Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 18/03/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias

Resolución de 12 de marzo de 2026, de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, para la organización asistencial en el proceso de amputación mayor en la infancia y la adolescencia.

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Las amputaciones de miembros en la infancia y adolescencia son infrecuentes, pero en aquellos casos que se producen va a conllevar un gran impacto funcional, emocional y psicológico que va a afectar tanto al niño/a como a su familia.

Las causas que pueden requerir una amputación de un miembro en la infancia y adolescencia pueden ser de tipo congénita como el caso de las anomalías congénitas y vasculares, o adquiridas como traumatismo, grandes quemados, infección o tumoral.

La etiología más frecuente es la traumática. De las etiologías médicas, los tumores malignos infantiles son la causa principal, siendo el motivo de más del 50% de estas amputaciones con una mayor incidencia entre los 12 a 18 años. En más del 90% de las amputaciones adquiridas van a ser unilaterales, y de ellos el 60% será el miembro inferior el afectado. La frecuencia de este proceso es mayor en niños que niñas en una proporción estimada de 3:2.

La información disponible a través del CMBD (Conjunto Mínimo Básico de Datos) desde los años 2018 hasta el 2024, reflejan una incidencia de amputaciones mayores en menores de 18 años de 5-7 casos al año, y de amputaciones mayores por agenesia entre 1-3 casos al año.

La atención se desarrolla en varias etapas claramente diferenciadas:

- La fase inicial o de amputación en la que se tomará la decisión de la amputación y selección del nivel de amputación, o indicación de una cirugía secundaria por complicaciones y la fase de prehabilitación que persigue mejorar la capacidad funcional del paciente por lo que es una fase de gran trascendencia.

- Fase de rehabilitación: Incluye el programa de rehabilitación postquirúrgico propiamente dicho, que incluirá las fases de preprotetización, protetización y seguimiento crónico.

La atención actual en Andalucía es sólida y cuenta con profesionales altamente cualificados. sin embargo, la complejidad del proceso y el impacto funcional, emocional y psicológico que supone para la infancia y la adolescencia, así como para sus familias, hacen necesario avanzar hacia un modelo coordinado, integral y homogéneo en toda la comunidad autónoma. la constitución de este comité autonómico representa una oportunidad para mejorar la continuidad asistencial, reducir la variabilidad clínica no justificada y reforzar la calidad de la atención prestada.

Por todo ello, esta Dirección General valora la necesidad de definir un marco organizativo que permita la coordinación, evaluación y mejora continua del proceso de amputación mayor en la infancia y en la adolescencia. Para ello, al amparo de los artículos 88 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y de los artículos 15 y siguientes de la Ley 40 /2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, considera conveniente la constitución de un Comité Autonómico para la Coordinación Asistencial en el Proceso Amputación Mayor en la Infancia y en la Adolescencia.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.a) y j) del  Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, y el Decreto 248/2023, de 26 septiembre (BOJA núm. 188, de 29.9.2023), de mi nombramiento,

RESUELVO

Primero. Objeto.

Es objeto de la presente resolución:

1. La creación del Comité Autonómico para la Coordinación Asistencial en el Proceso Amputación Mayor en la Infancia y en la Adolescencia, estructura organizativa orientada a mejorar la calidad de la asistencia prestada a la infancia y adolescencia con amputaciones mayores, tanto de miembro superior (desarticulación de la muñeca o más proximal) como inferior (desarticulación del tobillo o más proximal).

2. Establecer el procedimiento para la asistencia de este proceso.

Segundo. Funciones.

El Comité Autonómico para la Coordinación Asistencial en el Proceso Amputación Mayor en la Infancia y en la Adolescencia, actuará como unidad especializada autonómica de referencia para la coordinación, evaluación y mejora continua del proceso de amputación mayor en la infancia y la adolescencia. A tal efecto, como equipo de trabajo multidisciplinar, tendrá las siguientes funciones generales y específicas en cada uno a las etapas del proceso asistencial:

1. Asesorar a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud (DGASyRS) en aquellas áreas o temas relacionados con este proceso asistencial.

2. Garantizar la asistencia a los pacientes utilizando los recursos existentes en la Comunidad Autónoma, promoviendo la accesibilidad, la equidad y la efectividad de la asistencia.

3. Analizar y definir los criterios clínicos para proponer los centros designados para diagnosticar y tratar aquellos casos que pudieran requerir una amputación mayor programada en edad infantil o adolescente.

4. Reducir la variabilidad en la asistencia a través de la protocolización consensuada de la asistencia.

5. Promover la continuidad asistencial entre los niveles asistenciales hospitalarios y atención primaria, y entre todos los profesionales implicados.

6. Potenciar el desarrollo y el uso de los sistemas de información disponibles con el objeto de conocer la incidencia y prevalencia de este proceso y medir los resultados en salud obtenidos, identificando problemas y áreas de mejora.

7. Elaborar un procedimiento para la evaluación de casos clínicos complejos. Todo ello orientado a la mejora de la respuesta asistencial y a la disminución de la variabilidad clínica no justificada, y la búsqueda permanente de la excelencia.

8. Promover y fomentar la formación continuada de los profesionales que están implicados en la asistencia.

9. Promover las actividades en I+D+i en esta área de conocimiento.

10. Elaborar anualmente una memoria de actividades que den respuesta a las funciones previamente establecidas.

Tercero. Composición.

1. El Comité Autonómico para la Coordinación Asistencial en el Proceso Amputación Mayor en la Infancia y en la Adolescencia, como equipo de trabajo multidisciplinar, estará compuesto por:

a) La persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, que ejercerá la Presidencia, o persona en la que delegue.

b) La persona titular de la Subdirección con competencias en la implementación de los planes integrales y sectoriales de carácter asistencial en el SAS, que ejercerá la Vicepresidencia, o persona en la que delegue.

c) Una persona con competencia en accesibilidad y gestión de centros hospitalarios del Servicio Andaluz de Salud.

d) La persona titular de la Jefatura de Servicio Planes Integrales del SAS, con competencias en la implantación de Planes en el Servicio Andaluz de Salud.

e) La persona titular de la Jefatura de Servicio de Cartera de Servicios del SAS, con competencias en Cartera de Servicios en el Servicio Andaluz de Salud.

f) La persona que desarrolle las funciones de Técnico Asesor de Planes Integrales del Servicio Andaluz de Salud, con competencias en el Servicio de Planes Integrales que desempeñará funciones de Secretaría.

g) Una persona adscrita al servicio con competencias en Cartera de Servicios, que desarrolle funciones de técnico asesor CSUR y UPRAS.

h) La persona titular de la Dirección de la Estrategia de Salud en la Infancia y la Adolescencia en Andalucía.

i) Profesionales asistenciales: Equipo multidisciplinar con conocimientos, competencias y experiencia de atención a este proceso (infancia y adolescencia) con amputaciones mayores reflejado a continuación:

- 1 facultativo especialista en traumatología infantil.

- 1 facultativo especialista en cirugía plástica.

- 1 facultativo especialista en pediatría con capacitación específica en enfermedades infecciosas.

- 1 facultativo especialista en oncología pediátrica.

- 1 facultativo especialista en medicina física y rehabilitación.

- 1 enfermera gestora de casos hospitalaria.

- 1 enfermera gestora de casos de atención primaria.

- 1 facultativo especialista de pediatría de atención primaria.

- 1 profesional de un Servicio de Atención a la Ciudadanía.

2. La aceptación y participación como miembro del Comité será voluntaria y no conllevará contraprestación alguna, sin perjuicio de las dietas o indemnizaciones que pueda corresponder.

3. En caso de vacante o enfermedad de la persona titular de la presidencia o de la persona titular de la secretaría, ésta será sustituida por quién designe el Comité de entre sus miembros, mediante acuerdo.

4. Podrán asesorar al Comité expertos propuestos por este, para las situaciones que lo requieran. En todo caso, se garantizará una representación equilibrada entre mujeres y hombres.

5. Para garantizar la efectividad de las actuaciones, el Comité podrá funcionar en pleno o en Comisión, presidida por la persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, que podrá delegarla en la persona titular de la Subdirección con competencias en la implementación de los planes integrales y sectoriales de carácter asistencial en el SAS, y que estará compuesta al menos por:

- 1 facultativo especialista en traumatología infantil.

- 1 facultativo especialista en pediatría con capacitación específica en enfermedades infecciosas.

- 1 facultativo especialista en medicina física y rehabilitación.

La Comisión Permanente tendrá como función, garantizar la asistencia a los pacientes utilizando los recursos existentes en la Comunidad Autónoma y reducir la variabilidad en la asistencia mediante el desarrollo de un procedimiento para la evaluación de casos clínicos complejos.

Cuarto. Organización y funcionamiento.

El Comité Autonómico y la Comisión Permanente aprobarán su régimen de funcionamiento así como el procedimiento para la gestión de la actividad que dé respuesta a las funciones de las mismas. Podrán constituir grupos de trabajo específicos cuando la naturaleza del caso o del proyecto lo requiera, garantizando la agilidad en la evaluación de casos clínicos complejos y una respuesta coordinada entre los distintos niveles asistenciales. Las reuniones podrán tener carácter tanto ordinario como extraordinario.

Las reuniones ordinarias se celebrarán, al menos, con una periodicidad semestral y las reuniones extraordinarias se celebrarán previa convocatoria de la presidencia o a petición de la mayoría de sus miembros.

La convocatoria y el orden del día de cada reunión, junto con la documentación necesaria, serán remitidos por la persona que asuma la secretaría del mismo, a los miembros con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, excepto en los casos de urgencia justificada.

El funcionamiento del Comité y la Comisión Permanente se regirá supletoriamente por la normativa reguladora para los órganos colegiados recogida en los arts. 15 a 18, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Quinto. Proceso asistencial.

El proceso de amputación mayor en la infancia y en la adolescencia, tanto por complejidad, como por las repercusiones funcionales en los pacientes se concreta en las diferentes etapas:

a) Etapa 1. Fase inicial o de amputación.

El procedimiento quirúrgico, en la mayoría de los casos se realiza en los hospitales de Nivel I que cuentan con la cartera de servicios necesaria.

La asistencia a pacientes con procesos de etiología tumoral está concentrados en el Hospital Universitario Virgen del Rocío al ser un CSUR (Centros, Servicios y Unidades de Referencia del Sistema Nacional de Salud para el tratamiento de los sarcomas).

b) Etapa 2. Fase de rehabilitación.

Los objetivos asistenciales a cumplir en esta fase son los que se reflejan a continuación:

i. Restaurar la funcionalidad perdida mediante el uso de prótesis específicas.

ii. Optimizar la selección de la prótesis más idónea para cada paciente para alcanzar el mayor grado de funcionalidad y calidad de vida de la infancia y adolescencia afectada.

iii. Favorecer el desarrollo psicomotor de la infancia y adolescencia con amputaciones mayores integrando la prótesis en su esquema corporal.

iv. Reintegración de la imagen física y simetría corporal, restaurando el centro de gravedad para evitar mecanismos de compensación que puedan generar actitudes posturales anómalas o complicaciones biomecánicas y funcionales a lo largo del crecimiento.

v. Integración de la infancia y adolescencia con amputaciones en el medio familiar, escolar y social.

vi. Coordinación y gestión de caso con el equipo de Atención Primaria.

Sexto. Efectos.

La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de marzo de 2026.- La Directora General, Celia Fernández Delgado.

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