Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 18/03/2026

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Anuncio de 12 de marzo de 2026, del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, sobre aprobación de las bases que han de regir la convocatoria para la provisión, por acceso restringido, de un puesto laboral fijo de carácter indefinido, categoría Auxiliar Administrativo, en el Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga.

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INTRODUCCIÓN

Con fecha 21 de marzo de 2025, se ha autorizado por la Dirección General de Planificación y Organización del Sector Público Andaluz de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, la contratación indefinida de un/a Auxiliar Administrativo en el Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final cuarta de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.

El Comité Ejecutivo del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, en sesión celebrada el día 12 de marzo de 2026, adoptó, en el punto primero del orden del día, la aprobación de la convocatoria y de las bases para la provisión de un puesto laboral fijo de carácter indefinido de Auxiliar Administrativo (parte dispositiva):

Primero. Aprobar la convocatoria por la que se rigen las bases de un puesto laboral fijo de carácter indefinido de un Auxiliar Administrativo conforme a las siguientes

BASES

Primera. Convocatoria.

Se convoca una plaza de Auxiliar Administrativo para la provisión de un puesto laboral fijo de carácter indefinido, con destino en el Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga (en adelante CTMAM).

La presente convocatoria se publica en el BOJA y en el Portal de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1.k) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, para garantizar el acceso al empleo público de todos los ciudadanos de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 55 del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el resto del ordenamiento jurídico y, en particular, en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Segunda. Características del puesto.

Lugar de trabajo: Sede del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga.

Denominación del puesto: Auxiliar Administrativo/a.

Número de plazas: 1.

Adscripción: Laboral.

Tipo de contrato: Laboral indefinido.

Retribuciones brutas anuales: 23.876,16 €.

Horario laboral: 35 horas semanales, jornada continua.

Tercera. Funciones del puesto.

Bajo la supervisión de la Dirección de Servicios Generales, realizará, sin carácter exhaustivo, las siguientes funciones:

- Gestión y tramitación de documentos.

• Registro de entrada y salida de documentos.

• Archivo y clasificación de expedientes.

• Digitalización y grabación de datos en aplicaciones informáticas corporativas.

- Tareas ofimáticas.

• Manejo de procesadores de texto, hojas de cálculo y paquete ofimático libreOffice.

• Redacción de escritos sencillos, oficios y comunicaciones internas.

• Elaboración de listados, certificados y documentos administrativos básicos.

- Atención a la ciudadanía (en español e inglés)

• Información presencial, telefónica o telemática.

• Orientación básica sobre trámites administrativos.

• Gestión de citas previas.

- Apoyo a la gestión administrativa.

• Preparación de expedientes para su tramitación.

• Control y seguimiento de documentación.

• Colaboración con administrativos y técnicos en tareas de soporte.

• Recepción y envío de correo y mensajería.

- Otras funciones.

• Preparación de salas de reuniones.

• Realización de gestiones en otras dependencias públicas o privadas.

• Cualquier otra función requerida por su Superior inmediato.

Cuarta. Requisitos para la participación.

La convocatoria está dirigida:

- Al personal del sector público andaluz en activo siempre que pertenezca a alguna de las siguientes categorías:

• Personal funcionario de carrera o laboral fijo procedente de las distintas consejerías, consorcios, agencias administrativas y agencias de régimen especial.

• Personal laboral fijo e indefinido procedente de agencias de régimen especial o de agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles, consorcios y fundaciones.

- Al personal funcionario o laboral con una relación preexistente de carácter fija e indefinida en las Administraciones que forman parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga (CTMAM) distintas del Sector Público Andaluz:

• Ayuntamientos: Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande, Almogía, Álora, Antequera, Benalmádena, Cártama, Casabermeja, Coín, Colmenar, Fuengirola, Málaga, Mijas, Pizarra, Rincón de la Victoria, Riogordo, Totalán, Torremolinos, Valle de Abdalajís, Villanueva de la Concepción.

• Diputación Provincial de Málaga.

Las personas participantes deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público) y cumplir con los siguientes requisitos específicos a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes:

- Encontrarse en servicio activo y haber desarrollado las funciones del puesto en cualquiera de las Administraciones que forman parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, al menos durante un año.

A estos efectos, se entenderán alegados y acreditados el tiempo de trabajo siempre que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de las Administraciones consorciadas. En los demás supuestos, dichos requisitos se alegarán y acreditarán, en su caso, mediante la documentación aportada junto con el Anexo II.

• Titulación requerida: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente.

Quinta. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.

Las solicitudes deberán dirigirse a la Gerencia del CTMAM y serán presentadas en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por sede electrónica en el Registro General del CTMAM, ello sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud se ajustará al modelo recogido en el Anexo I, en el que figurarán los datos personales, incluido un teléfono y/o correo electrónico de contacto.

Junto a la solicitud, se acompañará la siguiente documentación:

• Fotocopia del DNI.

• Hoja de acreditación de datos expedida por la Administración de la que proceda.

• Curriculum vitae en el que se hará constar el número de registro de personal, cuerpo o grupo de pertenencia, grado personal consolidado en su caso, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicite.

• Baremo de méritos cumplimentado y autobaremado conforme al modelo del Anexo II.

Los méritos alegados deberán justificarse mediante la hoja de acreditación de datos y/o copias de los documentos correspondientes.

Los méritos a valorar por la Comisión de Selección, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados y autobaremados por los aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes y acreditados documentalmente, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los aspirantes. La Comisión de Selección no podrá otorgar una puntuación mayor a la asignada por los mismos en cada uno de los apartados del baremo de méritos.

En cualquier momento, conforme al artículo 28.5 de la Ley 39/2015, se podrá requerir a los aspirantes el cotejo de las copias aportadas por el interesado de la documentación exigida, para lo que se le exigiría la exhibición del documento o de la información original, salvo que ya se hubieran aportado documentos originales o copias auténticas. Por lo que las personas interesadas se responsabilizan de la veracidad de los documentos aportados.

Las comunicaciones relativas a esta convocatoria se publicarán en la página web del CTMAM (www.ctmam.es).

Sexta. Subsanación de solicitudes.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Tratándose de un procedimiento de concurrencia competitiva la posibilidad de subsanación solo se predicará de aquellos supuestos en que se hubiesen omitido o consignado erróneamente datos objetivos imprescindibles para iniciar el procedimiento, tales como el nombre y apellidos del solicitante, firma, etcétera. Dicha subsanación no cabrá respecto de aquellos otros datos que permitan individualizar las características de un peticionario, los beneficien en exclusiva, siempre y cuando hubiesen estado a su disposición en el momento de la presentación y no los hubiesen consignado por falta de una elemental diligencia.

Séptima. Listado provisional de admitidos y excluidos

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección levantará acta declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la página web del CTMAM con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, que será de dos (2) días hábiles.

Las alegaciones formuladas en esta fase serán resueltas, a propuesta de la Comisión de Selección, con anterioridad a la siguiente fase.

Octava. Comisión de Selección.

La composición del órgano de selección se ajustará a lo establecido en los artículos 60 TREBEP, 110 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía –LFPA– y 36 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero. Se constituirá atendiendo a los principios de profesionalidad, especialización, imparcialidad, independencia, discrecionalidad técnica, responsabilidad, paridad y representatividad. Tendrá la consideración de órgano colegiado y, como tal, estará sujeto a las previsiones básicas contenidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público –LRJSP– (en esencia, artículos 5, 15 y 18), el citado artículo 110 de la LFPA y demás legislación estatal o autonómica en materia de régimen local o de función pública que resulte aplicable.

La Comisión de Selección estará constituida por la persona titular del puesto de la Dirección de Servicios Generales del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, que ostentará la Presidencia, y un mínimo de tres vocales, designados por resolución de la Gerencia. Dichos vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

Para la válida constitución de la Comisión, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del presidente y secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros, o de quienes le sustituyan.

La Comisión de Selección podrá contar con asesoramiento externo en la selección de las candidaturas, si así lo considerase oportuno.

La presidencia podrá requerir a los miembros del órgano de selección una declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público –LRJSP–. La Comisión de Selección queda autorizada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.

En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará la composición el órgano de selección a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación de sus miembros.

Novena. Proceso de selección.

Concurso-oposición (100 puntos).

Constará de tres fases, siendo todas de carácter eliminatorio.

1. Fase oposición (60 puntos).

Se realizará un examen tipo test de 30 preguntas (dos puntos por pregunta, sin restar negativas) centrado en las competencias relacionadas con el puesto, que tendrá una duración de 60 minutos.

Temario:

Bloque 1. El Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga.

• Naturaleza jurídica.

• Objetivos.

• Composición y funciones.

• Sistema Tarifario.

• Títulos de transporte.

2. Ofimática e Informática Básica.

- Tratamiento de textos (Word o equivalente).

• Edición y formato.

• Tablas.

• Plantillas.

• Combinar correspondencia.

• Impresión.

- Hojas de cálculo (Excel o equivalente).

• Estructura de libro y hoja.

• Fórmulas básicas.

• Funciones habituales (SUMA, SI, BUSCARV/XLOOKUP).

• Gráficos.

• Filtros.

Se exigirá una puntuación mínima de 30 puntos para superar esta fase.

Una vez finalizada esta fase, la Comisión de Selección levantará acta y publicará una lista provisional por orden de puntuación obtenida declarando los aspirantes que pasarán a la siguiente fase.

2. Fase baremación de méritos (15 puntos).

Consistirá en la valoración por la Comisión de Selección, conforme a la autobaremación que acrediten los/las aspirantes, conforme a lo siguiente:

1. Valoración del trabajo desarrollado, no acumulable: 10 puntos.

- Por cada año de experiencia en puestos de trabajo iguales o similares al convocado en cualquiera de las Administraciones que forman parte del CTMAM: 5 puntos por cada año de experiencia laboral adicional a la requerida como requisito de participación.

Se valorará la experiencia acreditada mediante certificado oficial de servicios prestados, conforme al Anexo I del Real Decreto 1461/1982, emitido por la Administración correspondiente.

Además, deberá aportarse vida laboral emitida por la Seguridad Social, donde consten empresa, grupo de cotización y periodos.

Solo se considerarán Administraciones Públicas las enumeradas en el artículo 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y las administraciones que formen parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga (CTMAM) distintas de las anteriores.

Sólo se computarán años completos, y se valorarán exclusivamente las tareas directamente relacionadas con atención al público, uso de herramientas de gestión administrativa y registro de documentación.

2. Formación nivel de inglés equiparable según el Marco Europeo de Referencia (MCER): Hasta 5 puntos:

B1: 2 puntos.

B2: 3 puntos.

C1: 4 puntos.

C2: 5 puntos.

Dicho nivel se evidenciará mediante la presentación del certificado correspondiente.

Una vez finalizada esta fase, la Comisión de Selección levantará acta y publicará una lista provisional por orden de puntuación obtenida declarando los aspirantes que pasarán a la fase de entrevista.

3. Fase entrevista personal. Puntuación máxima 25 puntos.

Pasarán a la fase de entrevista las cinco candidaturas que hayan obtenido la mejor puntuación en las fases 1.ª y 2.ª

Consistirá en una entrevista personal a la que serán convocadas las personas candidatas seleccionadas que hayan superado las dos fases anteriores, en la que se valorará la idoneidad de las candidaturas para el puesto, a través del análisis y evaluación de los aspectos siguientes:

• Motivación y compromiso: Se valorará la actitud, las ganas de aprender, implicación, adaptación. Máximo 7 puntos.

• Comunicación y atención al público: Claridad, empatía, trato respetuoso, tono, conocimiento de idiomas. Máximo 7 puntos.

• Habilidades administrativas y resolución de conflictos: Organización documental, toma de decisiones, actitud frente a conflictos. Máximo 6 puntos.

• Conocimiento práctico de funciones: Conocimiento práctico de las tareas a desempeñar. Máximo 5 puntos.

Se exigirá una puntuación mínima de 15 puntos para superar esta fase.

Décima. Lista provisional.

Una vez finalizadas todas las fases, la Comisión de Selección levantará acta y publicará una lista provisional por orden de puntuación obtenida, así como de exclusiones, con indicación de la causa, elevando la propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación.

En el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación, las personas interesadas podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso y solicitar, si lo desean, vista de su expediente a los efectos de comprobar la valoración efectuada al mismo. Dichas actuaciones se realizarán a través de la sede electrónica del CTMAM.

A propuesta de la Comisión de Selección, en la resolución definitiva de la convocatoria serán resueltas las alegaciones formuladas, que será publicada en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en la web del Consorcio.

Décimo primera. Resolución.

La Comisión de Selección resolverá las alegaciones formuladas y publicará la resolución definitiva, designando la persona candidata con mayor puntuación.

La resolución de la presente convocatoria deberá efectuarse en el plazo máximo de 4 meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación del mencionado plazo, de conformidad con la normativa vigente.

Las resoluciones del proceso selectivo se publicarán en la página web del CTMAM (www.ctmam.es), y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ ofertas-empleo.html

Décimo segunda. Sucesión en la cobertura de la plaza.

En caso de renuncia, incapacidad sobrevenida o pérdida de derechos derivados del proceso selectivo por la persona propuesta, antes de su toma de posesión, el Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga podrá proponer para la misma plaza a la siguiente persona en el orden de puntuación, siempre que mantenga los requisitos exigidos, sin necesidad de nueva convocatoria.

Décimo tercera. Condiciones del contrato.

A la persona seleccionada se le realizará un contrato laboral fijo con carácter indefinido a tiempo completo, con el periodo de prueba de un máximo de seis meses contemplado en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Asimismo, para su formalización se atenderá a lo que a tal efecto establezca la Dirección General competente en materia de personal de las Entidades del Sector Público.

El trabajador o trabajadora que acceda a esta contratación quedará en su administración o entidad de origen en la situación que se prevea en las normas reguladoras de sus respectivas relaciones y seguirá percibiendo el complemento de antigüedad en la misma cuantía que se viniera percibiendo en la Consejería o Entidad de procedencia.

Málaga, 12 de marzo de 2026.- El Director Gerente, Francisco Javier Berlanga Fernández.

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