Acuerdo de 25 de marzo de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Cameral de Andalucía 2026-2028.
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Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación son corporaciones de derecho público, configuradas como órganos consultivos y de colaboración con las Administraciones Públicas. Su finalidad principal es la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y, en su caso, la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejercen dichas actividades. Su contribución las convierte en piezas clave para el desarrollo económico de Andalucía, especialmente relevantes en la revitalización del tejido productivo y la generación de empleo.
La Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, dictada como legislación básica del régimen jurídico de las Administraciones Públicas al amparo del artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española, constituye el marco fundamental que regula estas instituciones en el ámbito estatal. Dicha norma consolida la naturaleza de las Cámaras como entidades de derecho público y subraya su papel esencial en el desarrollo económico y empresarial del país. Asimismo, orienta su actuación hacia un modelo basado en la prestación de servicios, dirigido a resultados y orientado al refuerzo de su eficiencia en el desempeño de las funciones que tienen encomendadas.
En coherencia con este marco normativo y en aplicación de la disposición transitoria primera de la citada Ley 4/2014, de 1 de abril, la Comunidad Autónoma de Andalucía, en ejercicio de la competencia exclusiva reconocida en el artículo 79.3.a) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobó la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía, mediante la cual se adapta la regulación cameral andaluza al modelo básico estatal. Esta norma autonómica tiene como finalidad reforzar la presencia y relevancia de las Cámaras andaluzas, asegurar una adecuada representación de los distintos sectores económicos en sus órganos de gobierno e impulsar la coordinación intercameral a través del Consejo Andaluz de Cámaras.
El artículo 8 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, introduce como novedad la figura del Plan Cameral de Andalucía, concebido como un instrumento orientado a fomentar y promocionar los bienes y servicios producidos en Andalucía y a mejorar la competitividad de las empresas andaluzas. A tal efecto, se prevé que el Consejo de Gobierno pueda aprobar, mediante acuerdo, uno o varios planes camerales en materias de su competencia, previo informe del Consejo Andaluz de Cámaras y con la duración que se determine en cada caso. En este sentido, la norma destaca la relevancia de estas corporaciones de derecho público como instrumentos de apoyo a los sectores económicos de la Comunidad Autónoma y, de manera particular, como agentes que contribuyen al incremento de la competitividad empresarial.
El I Plan Cameral de Andalucía 2026-2028 se configura, de conformidad con el Acuerdo de formulación aprobado por el Consejo de Gobierno el 10 de septiembre de 2025, como el instrumento de referencia para ordenar y alinear la actuación conjunta de la Junta de Andalucía y la Red de Cámaras de Comercio de Andalucía en materia de apoyo empresarial. Este marco responde a la necesidad de establecer un sistema coherente de colaboración institucional y de orientar los recursos públicos hacia la mejora efectiva del tejido productivo andaluz, atendiendo a las demandas de los distintos sectores económicos presentes en el territorio.
La elaboración del Plan ha sido fruto de un proceso de coordinación interdepartamental entre diversas Consejerías de la Junta de Andalucía, tal y como se estableció en el citado Acuerdo de formulación de 10 de septiembre de 2025. Como resultado de este trabajo conjunto se ha configurado un documento que aborda de manera integral los principios rectores definidos y que permite atender a los diferentes sectores que integran el tejido empresarial andaluz. En este proceso han participado la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente y la Consejería de Industria, Energía y Minas. Asimismo, el documento ha sido sometido a informe del Consejo Andaluz de Cámaras, al trámite de información pública y al resto de trámites preceptivos previos a su aprobación.
El Plan se fundamenta en una serie de principios estratégicos orientados a dotar a las empresas andaluzas –en especial a las pequeñas y medianas empresas y a las personas trabajadoras autónomas– de herramientas eficaces y asistencia técnica destinadas a fortalecer su competitividad, sostenibilidad y capacidad de adaptación al cambio. Igualmente, se pretende reforzar la colaboración institucional en el desarrollo de las funciones de carácter público-administrativo que las Cámaras de Comercio tienen encomendadas, impulsar el ecosistema emprendedor de Andalucía y fomentar la innovación, la sostenibilidad ambiental y la digitalización del tejido empresarial andaluz.
El I Plan Cameral de Andalucía 2026-2028 cuenta con una dotación presupuestaria global de 3.270.000 euros para el conjunto del periodo de vigencia y se articula en torno a un objetivo general y diversas finalidades que orientan su desarrollo estratégico a través de dos grandes ejes de actuación.
El primero de estos ejes se centra en el impulso del emprendimiento, el desarrollo del talento y la transición ecológica. A través de este ámbito de actuación se persigue preparar a las empresas para los cambios tecnológicos y ambientales, partiendo de la premisa de que la competitividad en el contexto actual depende en gran medida de la capacidad de innovar y de atraer y retener talento. En este sentido, el eje promueve la modernización y la innovación empresarial con el objetivo de reducir la brecha en inversión en investigación, desarrollo e innovación y potenciar el ecosistema de startups y proyectos empresariales de alto potencial. Asimismo, incorporan actuaciones orientadas al desarrollo del capital humano, con una especial apuesta por el impulso de la Formación Profesional Dual como mecanismo para conectar de manera directa las necesidades del tejido empresarial con los procesos formativos dirigidos a la juventud y mejorar así su empleabilidad. Del mismo modo, se fomenta la sostenibilidad y la economía circular mediante el apoyo a la transición hacia modelos productivos más eficientes, capaces de reducir costes, generar valor añadido y facilitar la adaptación de las pequeñas y medianas empresas y de las personas trabajadoras autónomas a las nuevas exigencias normativas en materia ambiental.
El segundo eje del Plan se orienta a la modernización y mejora de la competitividad de actividades estratégicas de la economía andaluza, con especial atención a los sectores de la industria, el comercio, la artesanía y el turismo. A través de este eje se promueve la transformación digital de los procesos productivos industriales mediante la adopción de tecnologías avanzadas asociadas al paradigma de la Industria 4.0, incluyendo herramientas como la inteligencia artificial y las soluciones de conectividad. Del mismo modo, se fomenta la internacionalización del tejido empresarial andaluz con el propósito de fortalecer su presencia en mercados exteriores, facilitar su integración en cadenas de valor globales y diversificar los destinos comerciales. Paralelamente, el Plan contempla actuaciones destinadas a reforzar el comercio y la artesanía de proximidad, promoviendo el relevo generacional y la digitalización de estos negocios con el objetivo de garantizar su continuidad y preservar su contribución a la cohesión territorial y a la identidad local. Asimismo, se impulsa un modelo de turismo responsable, basado en la sostenibilidad, la digitalización y el respeto a las comunidades locales y al patrimonio natural.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, establece en su artículo 5.1 que corresponde a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo el ejercicio de las competencias en materia de comercio y artesanía. De forma complementaria, el artículo 11.h) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de dicha Consejería, atribuye a la Dirección General de Comercio las funciones que competen a la Comunidad Autónoma en relación con las Cámaras de Comercio de Andalucía.
En este contexto normativo e institucional, se presenta el I Plan Cameral de Andalucía 2026-2028, concebido como un instrumento estratégico para integrar y coordinar los distintos programas de apoyo empresarial desarrollados por las Cámaras andaluzas, en estrecha colaboración con la Administración General de la Junta de Andalucía con el objetivo de fortalecer la competitividad empresarial y facilitar un marco estable de cooperación público-privada.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 8.1 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de marzo de 2026, se adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobación del I Plan Cameral de Andalucía 2026-2028.
1. Se aprueba el I Plan Cameral de Andalucía 2026-2028.
2. El texto del Plan estará disponible en el Portal de la Junta de Andalucía, en la Sección de Transparencia relativa a planes y programas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes.html
Segundo. Disponibilidad de créditos.
El desarrollo del Plan y la programación temporal de sus actuaciones estarán limitadas por las disponibilidades presupuestarias existentes.
Tercero. Vigencia del Plan.
El ámbito temporal del Plan comprenderá tres anualidades, abarcando el periodo comprendido entre los años 2026 y 2028.
Cuarto. Desarrollo y ejecución.
Se habilita a la persona titular de Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Quinto. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de marzo de 2026
| JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
| Presidente de la Junta de Andalucía | |
| ROCÍO BLANCO EGUREN | |
| Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo |
BOJA nº 62 de 31/03/2026