Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00335763.
Conforme a lo dispuesto en el vigente Convenio Colectivo de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, publicado en BOJA núm 245, de 20 de diciembre de 2018, que resulta de aplicación al personal laboral de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía no sujeto al VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, esta Dirección Gerencia, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 17 del Decreto 270/2024, de 16 de diciembre (BOJA núm. 252, de 31 de diciembre), por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia, anuncia la provisión del puesto de trabajo de libre designación «Jefatura de Área de Administración de Personal», adscrito a la Secretaría General, con sujeción a las siguientes
BASES
Primera. Se convoca proceso para la provisión del puesto de trabajo de libre designación «Jefatura de Área de Administración de Personal» con código en el catálogo de puestos 21120.90.02101, adscrito a la Subdirección de Recursos Humanos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21.7.c) del vigente Convenio Colectivo de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, que resulta de aplicación al personal laboral de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía no sujeto al VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
Segunda. La provisión del puesto de trabajo respetará los principios de igualdad, mérito y capacidad, y deberá responder a criterios de idoneidad, mediante procedimiento que garantice la publicidad y concurrencia.
La idoneidad versará sobre la competencia técnica que disponga la persona candidata para el logro de los objetivos asociados al puesto de trabajo, suponiendo la apreciación de discrecionalidad técnica de las competencias acreditadas por la persona seleccionada.
Tercera. Podrá participar en la presente convocatoria el personal laboral de la Agencia no sujeto al VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía que mantenga una relación laboral fija a 12 meses con la misma y reúna, además de aquéllos de carácter general exigidos por la legislación vigente, los siguientes requisitos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la fecha de formalización del contrato:
a) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones universitaria oficiales, de acuerdo con lo exigido para el nivel en el Convenio Colectivo: Diplomatura/Licenciatura/Grado en las áreas de Ciencias del Trabajo, Dirección y Administración de Empresas, Ciencias Económicas, Empresariales, Relaciones Laborales o Derecho. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel universitario oficial.
b) Experiencia mínima de tres años como Técnico realizando funciones relacionadas con el puesto.
Cuarta. Las solicitudes de participación, dirigidas a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, se presentarán dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOJA de la presente resolución, indicando la referencia del puesto al que opta, en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía, accesible a través de la dirección web
https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/PEG_VEA
de conformidad con lo establecido en el art. 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 37.4 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por R.D. 203/2021, de 30 de marzo, en virtud de los que no se tendrán por presentadas en el registro las que sean tramitadas de manera distinta a la aquí establecida.
Como requisito previo para la inscripción telemática es necesario poseer un certificado de firma digital o un sistema de autenticación digital, concretamente entre los admitidos vía Cl@ve.
Una vez cumplimentada la solicitud en el Registro Único de la Junta de Andalucía, se generará un recibo de la presentación, donde figura el número de registro de entrada/ fecha/hora/Centro/Organismo.
Posteriormente, la solicitud debe quedar asimismo registrada en la en la aplicación web SELECCIONA, a la que deberá acceder a través de la página web
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ofertas-empleo.html
con indicación del código de registro obtenido en la presentación previa a través del Registro Electrónico de la Junta de Andalucía y del puesto al que solicita participar, debiendo consignarse igualmente los requisitos y méritos que aporta para su valoración, siendo este el medio único para la presentación de estos últimos. Las personas aspirantes seguirán las instrucciones de la aplicación web, rellenando los campos necesarios hasta completar el proceso de registro con éxito, debiendo informar del número de registro de entrada así como adjuntar el recibo de presentación.
Es condición esencial para la participación, la cumplimentación correcta del autobaremo indicando de forma individualizada todos los méritos y la puntuación que corresponden a cada uno de los mismos conforme a las presentes bases.
Una vez finalizada la solicitud, la aplicación le asignará un código definitivo de participación no permitiendo realizar ninguna modificación sobre su solicitud ni autobaremo, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva dentro del plazo de presentación de solicitudes, en cuyo caso la primera quedará sin efecto.
El contenido de todos los datos cumplimentados en la solicitud de admisión y en el autobaremo es realizado bajo declaración responsable de la persona interesada, por lo que la falsedad de los mismos dará lugar a la exclusión automática del proceso selectivo, sin perjuicio de las acciones que de dicha falsedad se puedan derivar.
La documentación que, con carácter general, deberá aportarse a través de la aplicación «SELECCIONA» será la siguiente:
- Documento obtenido como justificante de la presentación previa en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía.
- Título universitario oficial requerido, o certificación supletoria provisional dispuesta en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
- Documentación acreditativa de la formación complementaria externa a la Agencia (ASEMA/AMAYA) susceptible de valoración, en la que se indique el número de horas.
- Documentación acreditativa de la experiencia profesional externa a la Agencia (ASEMA/AMAYA) que permita constatar que se corresponde con la que puntúa en el baremo para el puesto convocado: contrato de trabajo o, en el caso de que no queden identificadas en el contrato de trabajo, certificado sobre las tareas realizadas relacionadas con el ámbito competencial del puesto de trabajo, o cualquier otro documento admitido en derecho que permita constatar que la experiencia aportada se corresponde con la que se valora para el puesto convocado.
- Informe de vida laboral actualizado.
Toda la documentación externa, deberá estar subida tanto a la aplicación «SELECCIONA» como al Gestor Documental de la aplicación. La documentación interna se depositará en el gestor documental de la aplicación People Soft.
Es condición esencial para la participación, la cumplimentación correcta del Autobaremo indicando de forma individualizada todos los méritos.
A los efectos de cómputo de experiencia y formación, se tomará como fecha límite de referencia el día de publicación de la presente convocatoria.
La solicitud quedará finalmente registrada y vinculada a la presente convocatoria cuando le asigne el código definitivo de participación.
Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través de la cuenta de correo electrónico seleccioninterna.asema@juntadeandalucia.es, sin que dicha cuenta tenga la consideración de Registro Telemático indicando la referencia del puesto al que opta en el «Asunto».
Quinta. El Comité de Selección queda constituido por los siguientes miembros:
- La Presidencia, ocupada por la persona que ostente el puesto de la Subdirección de Recursos Humanos o en quien delegue.
- Dos vocales, representados por las personas que ostenten la Jefatura de Servicio de Recursos Humanos y el Gabinete de Recursos Humanos, o personas en quien deleguen.
Podrán asistir a este comité un representante por cada sección sindical, con voz pero sin voto.
Corresponde al Comité la valoración de los méritos de las personas aspirantes, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que se estimen pertinentes. De igual modo, el Comité se reserva la facultad de descartar del proceso a aquellas candidaturas que incurran en falsedad documental o que no acrediten de forma suficiente los requisitos exigidos.
Sexta. La selección se realizará mediante un concurso de méritos, valorando la formación y la experiencia consignadas en el autobaremo por las personas aspirantes, así como mediante una entrevista personal, de acuerdo con la valoración establecida en el Anexo II que acompaña a la presente Resolución. Constará de las siguientes fases:
6.1. A la vista de las solicitudes presentadas, el Comité de selección publicará en el Portal de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, el listado provisional de candidaturas admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicho listado, para subsanar las causas de exclusión o su omisión en el listado, a través de la presentación electrónica general de la Junta de Andalucía, advirtiendo de su presentación mediante correo electrónico a la dirección seleccioninterna.asema@juntadeandalucia.es indicando la referencia del puesto al que opta en el «Asunto».
Transcurrido dicho plazo y valoradas las alegaciones, el Comité de Selección aprobará el listado definitivo de candidaturas admitidas y excluidas que pasan a la siguiente fase del proceso de selección, y acordará su publicación en el Portal de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
6.2. El Comité de selección procederá a valorar los méritos presentados por las candidaturas que hayan superado la fase de admisión/exclusión, y publicará el listado provisional de méritos en el Portal de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicho listado, para subsanar los méritos no considerados en el listado provisional, a través de la presentación electrónica general de la Junta de Andalucía, advirtiendo de su presentación mediante correo electrónico a la dirección seleccioninterna.asema@juntadeandalucia.es indicando la referencia del puesto al que opta en el «Asunto».
Transcurrido dicho plazo y valoradas las alegaciones, el Comité de Selección aprobará el listado definitivo de méritos, que servirá de resolución a las alegaciones recibidas, y acordará su publicación en el Portal de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
6.3. El Comité de selección realizará las entrevistas personales en las que se determinará la adaptación de las personas aspirantes al puesto ofertado, valorándose sus competencias personales en relación con las recogidas en el Anexo I que acompaña a la presente resolución.
6.4. El Comité de selección, una vez finalizadas todas las fases del proceso, declarará aprobado el listado definitivo junto con la puntuación total obtenida por las personas aspirantes en cada una de las fases del concurso, y elevará una propuesta de Resolución a la Dirección Gerencia de la Agencia.
Séptima. El proceso finalizará mediante resolución de adjudicación motivada de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer demanda ante los correspondientes órganos del orden jurisdiccional social, siendo el Juzgado de lo Social competente el del lugar de prestación de los servicios o el del domicilio del demandante, a elección de este, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, de conformidad con lo contado a partir del día siguiente al de la publicación de dicho listado, establecido en los artículos 1, 2, 6, 10.1 y 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Sevilla, 31 de marzo de 2026.- El Director Gerente, David Gil Sánchez.
ANEXO I
Funciones y competencias del puesto Jefatura de Área de Administración de Personal
Atendiendo a lo dispuesto en el Catálogo de Puestos de la Agencia de Seguridad y Gestión integral de emergencias de Andalucía, las características que corresponden al puesto de Jefatura de Área de Administración de Personal, son las siguientes:
Descripción del puesto y sus funciones:
- Coordina la planificación, ejecución y seguimiento de las actuaciones encomendadas que se lleven a cabo en un Área organizativa, con el objetivo de garantizar que las mismas se desarrollen bajo criterios de eficacia y eficiencia, siguiendo las directrices de la persona titular de la Jefatura de Servicio de RRHH. Organiza, coordina y cohesiona a los diversos integrantes del Área organizativa asignando funciones y proyectos, así como plazos, resultados y sistemas de reporte de la ejecución de los trabajos.
- Administra y gestiona el personal adscrito a su Área de trabajo, tanto centralizado como provincial, favoreciendo su desarrollo profesional y el trabajo en equipo, gestionando su desempeño y la formación precisa para la mejora de su rendimiento y su motivación. Participa en las actividades de administración y gestión de su personal, en los términos de control horario, permisos, aprobación/propuesta de solicitudes de formación, etc. a través de las aplicaciones corporativas correspondientes.
- Define, propone y hace el seguimiento del plan de acción y análisis del presupuesto de su Área organizativa, así como de los recursos bajo su responsabilidad. Realiza la supervisión y seguimiento de la contratación de bienes y servicios, y de la ejecución y control presupuestario de su área.
- Mantiene relaciones e interlocución necesarias con otras entidades y ámbitos funcionales de la Agencia y otros organismos internos y externos para la ejecución de los trabajos encomendados, favoreciendo el flujo de comunicación y la gestión del conocimiento entre su personal colaborador y el comité de Dirección.
- Cumple y vela por el cumplimiento por las personas trabajadoras bajo su responsabilidad, de la normativa y protocolos de la Agencia, en especial las relacionadas con la prevención de riesgos laborales, así como las relacionadas con los sistemas de calidad, emergencias, protección de datos y las procedente en el ámbito de su competencia. Sus actuaciones serán acordes a las políticas de género y en general, al Plan de Igualdad de la Agencia.
Además de las funciones propias del puesto de Jefatura de Área recogidas en el Convenio Colectivo, las funciones principales de este puesto serán entre otras las siguientes:
- Coordinar las actuaciones relacionadas con los trámites administrativos laborales que se realizan en todos los Centros de la Agencia, asegurando el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, así como las fiscales relativas a la administración de personal. Supervisar la elaboración de toda la documentación en el ámbito de administración de los recursos humanos (nóminas, contratación, movilidades, permisos, excedencias, vacaciones, bajas IT...). Velar por el correcto registro y explotación de la información en los sistemas informáticos. Seguimiento de las jornadas y horarios.
- Control, preparación y seguimiento de Inspecciones de Trabajo y procesos judiciales en materia laboral, representando además a la Agencia ante la Autoridad laboral y resto de organismos laborales. Supervisión y control de todos los procedimientos administrativos y preparación y remisión de información para auditorías internas y externas, y otros organismos.
- Gestión y seguimiento de la aplicación del régimen disciplinario de la Agencia.
- Control, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de información referentes a todo el personal laboral propio de la Agencia, asegurando la correcta transmisión de información a las diferentes entidades del sector público, y elaborando los informes que le sean requeridos.
- Aplicar la normativa vigente en materia laboral, leyes y reglamentos gubernamentales autonómicos y nacionales que pudieran afectar a la organización y remuneración de los trabajadores.
- Interlocución con los órganos de representación de los trabajadores.
* Estas funciones tienen carácter indicativo, y en ningún caso limitativo.
Descripción de las competencias:
Competencias Transversales:
- Conocimientos Generales sobre la Agencia de Emergencias en Andalucía.
- Conocimientos y habilidades generales del empleado público en la Junta de Andalucía.
- Conocimientos y habilidades digitales.
Competencias Personales:
- Gerenciales.
- Organizativas.
- Interpersonales.
Competencias Técnicas:
A nivel Estratégico:
- Administración de Personal.
- Diálogo, Negociación y Difusión.
A nivel Técnico:
- Gestión Presupuestaria.
- Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales.
ANEXO II
Baremo de méritos para la provisión del puesto de Jefatura de Área de Administración de Personal
Baremo de méritos:
| VALORACIÓN DE CANDIDATURAS | PUNTOS MÁXIMOS | |
|---|---|---|
| Formación | Contenidos relacionados con las funciones del puesto en materia de recursos humanos (Nóminas, Seguros sociales, contratos laborales, IRPF), gestión patrimonial (instalaciones, almacenes, logística...). Normativa Laboral y Procedimiento Administrativo. Se sumará 0,05 puntos por hora de formación. | 20 |
| Experiencia | Experiencia acreditada relacionada con las funciones del puesto de Jefatura de Área de Administración de Personal. Se sumará 0,005 puntos por día trabajado.. |
30 |
| Entrevista | Competencias gerenciales, interpersonales y organizativas | 50 |
Mérito de formación.
Para la valoración del mérito de formación, se tendrán en cuenta los cursos relacionados directamente con las competencias técnicas del puesto y las funciones a desempeñar. Se sumará 0,05 puntos por hora de formación acreditada.
La puntuación máxima en este bloque será de 20 puntos.
Mérito de experiencia.
Para la valoración del mérito de experiencia, se tendrá en cuenta la experiencia relacionada directamente con las funciones descritas en el puesto y debidamente acreditada. Se sumará 0,005 puntos por día.
La puntuación máxima en este bloque será de 30 puntos.
Entrevista personal.
El Comité de selección realizará las entrevistas personales en las que se determinará la adaptación de las personas aspirantes al puesto ofertado, valorándose sus competencias personales en relación con las recogidas en el Anexo I.
La puntuación máxima en este bloque será de 50 puntos.
Descargar PDFBOJA nº 67 de 09/04/2026