Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 09/04/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 6 de abril de 2026, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia el depósito de la disolución del sindicato denominado Sindicato Laboral Agrario, en siglas SLA.

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Ha sido admitido el depósito de la disolución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado, de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por don Álvaro Artacho Márquez mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2026/000087.

La Junta General Extraordinaria celebrada el 5 de marzo de 2026 adoptó por unanimidad el acuerdo de disolver la asociación, y como consecuencia, ésta pierde su personalidad jurídica.

El Acta de la Asamblea aparece suscrita por don Álvaro Artacho Márquez como Presidente y doña Ana María Artacho Márquez y don Yoel López González en calidad de Secretarios.

En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General, acuerda:

- Admitir el depósito de la disolución del sindicato denominado Sindicato Laboral Agrario en siglas SLA con número de depósito 71100284.

- Ordenar la publicación de esta Resolución en BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa; frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el titular de la Secretaría General del CARL; o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre de 2011).

Sevilla, 6 de abril de 2026.- El Secretario General, Eduardo Candau Camacho.

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