La Junta
Consejo de Gobierno
Instrucción 5/2026, de 9 abril, de la Junta Electoral de Andalucía, relativa a la publicación de las candidaturas presentadas y proclamadas para las elecciones al Parlamento de Andalucía del día 17 de mayo de 2026.
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Debiéndose proceder a publicar el próximo día 15 de abril de 2026 las candidaturas presentadas a las elecciones del Parlamento de Andalucía del día 17 de mayo de 2026, cuyo plazo de presentación ante las Juntas Electorales Provinciales finaliza el día 13 de abril de 2026, la Junta Electoral de Andalucía, en sesión celebrada el 9 de abril de 2026, ha aprobado la siguiente
INSTRUCCIÓN
Primero. Las Juntas Electorales Provinciales remitirán a la Junta Electoral de Andalucía, por correo electrónico (juntaelectoral.andalucia@parlamentodeandalucia.es), inmediatamente después de finalizado el plazo previsto en el artículo 23.1 de la Ley Electoral de Andalucía (24 horas del día 13 de abril de 2026), las candidaturas presentadas por las distintas formaciones políticas, a fin de que la Junta Electoral de Andalucía ordene su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Asimismo, las Juntas Electorales Provinciales, a efectos de la publicación de las candidaturas presentadas en el correspondiente Boletín Oficial de la Provincia, remitirán por correo electrónico con la misma inmediatez las candidaturas presentadas a la Delegación del Gobierno a la Junta de Andalucía de su respectiva provincia.
Tercero. A efectos de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los respectivos Boletines Oficiales de la Provincia de las candidaturas proclamadas, que habrá de tener lugar el día 21 de abril de 2026, las Juntas Electorales Provinciales procederán inmediatamente a la remisión por correo electrónico de las candidaturas proclamadas a la Junta Electoral de Andalucía y a las respectivas Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia.
Cuarto. Los documentos remitidos por correo electrónico deberán ajustarse a las especificaciones exigidas para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (Decreto 188/2018, de 9 de octubre, de ordenación del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, y Orden de la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa de 13 de junio de 2025, por la que se desarrollan determinados aspectos del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 124, de 1 de julio).
Quinto. Se faculta al Ilmo. Sr. Secretario de la Junta Electoral de Andalucía para adoptar cuantas medidas considere precisas en orden a la adecuada efectividad de lo establecido en esta instrucción.
Sevilla, 9 de abril de 2026.- El Presidente, José Ángel Vázquez García.
Descargar PDFBOJA nº 71 de 15/04/2026
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