Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 20/04/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 8 de abril de 2026, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se actualizan los Anexos I, II, III y IV, relacionados con las solicitudes de autorizaciones y declaraciones responsables para excepciones en ganadería ecológica.

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La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su preámbulo, indica que la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las Administraciones Públicas. Un funcionamiento íntegramente electrónico no sólo sirve mejor a los principios de eficacia y eficiencia, al ahorrar costes a ciudadanos y empresas, sino que también refuerza las garantías de los interesados. Además, la constancia de documentos y actuaciones en un archivo electrónico facilita el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, pues permite ofrecer información puntual, ágil y actualizada a los interesados. Incide también en que se profundice en la agilización de los procedimientos con un pleno funcionamiento electrónico. Todo ello revierte en un mejor cumplimiento de los principios constitucionales de eficacia y seguridad jurídica que deben regir la actuación de las Administraciones Públicas.

Según lo dispuesto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Asimismo, el artículo 66.6 estipula que cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, éstos serán de uso obligatorio por los interesados.

Por otro lado, el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, determina en el artículo 6.3.f) que entre otros es un criterio de reducción de cargas y simplificación documental: La normalización documental, fundamentalmente de los formularios de solicitud, declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones y documentos de análogo carácter, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los datos mínimos necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando sea posible, su precumplimentación. A su vez, el artículo 12.9 dispone que todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En cumplimiento de esta disposición, por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, se han puesto en marcha varios instrumentos y procedimientos para la ordenación y planificación de la actividad agraria. En este sentido, la tramitación electrónica de los procedimientos a través de formularios normalizados, supone una clara mejora del servicio prestado a la ciudadanía, facilitando el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

La normativa europea de producción agroalimentaria ecológica está recogida en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 834/2007 del Consejo, completado por el Reglamento Delegado (UE) 2020/2146 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2020, que completa el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas excepcionales de producción aplicables a la producción ecológica, que prevé diversas situaciones que deben ser autorizadas de manera excepcional. Entre ellas se encuentran algunas concesiones de excepción a las normas de producción establecidas cuando sean necesarias para resolver problemas concretos relacionados con la gestión de la ganadería ecológica.

La Ley 2/2025, de 12 de diciembre, de impulso y promoción de la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía tiene entre sus principios fomentar la simplificación administrativa en las actuaciones de la Administración y obliga a la Consejería competente en materia de agricultura, ganadería, pesca y acuicultura a llevar a cabo las actuaciones necesarias para garantizar la simplificación de trámites en lo referente a la producción ecológica. En este ámbito de actuación, mediante Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se da publicidad al procedimiento para la solicitud de autorizaciones excepcionales en ganadería ecológica y se aprueban sus formularios normalizados, se estableció el procedimiento que facilita a los operadores ganaderos ecológicos la presentación de las solicitudes de autorización y declaraciones responsables para dichas situaciones excepcionales, dotando de una mayor eficiencia la comunicación entre estos operadores certificados y la autoridad competente, y favoreciendo la rapidez en la tramitación de la solicitud. Transcurridos dos años y habiendo avanzado la telematización del procedimiento, procede actualizar los formularios, que han incorporado una amplitud de casos.

Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que a esta Dirección General le atribuye el artículo 12 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, así como del artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,

RESUELVO

Primero. Formularios.

Aprobar y publicar los modelos normalizados actualizados (Código de procedimiento 17646) que se relacionan a continuación:

- Declaración responsable de introducción de animales en explotaciones ecológicas (Anexo I).

- Solicitud de autorización de excepciones para la ganadería ecológica. Introducción de animales silvestres capturados o animales de la acuicultura no ecológica y utilización de vitaminas idénticas a las obtenidas de productos agrarios (Anexo II).

- Declaración responsable de utilización de alimentos no ecológicos para la ganadería ecológica (Anexo III).

- Declaración responsable de realización de operaciones de manejo excepcionales en ganadería ecológica (Anexo IV).

Segundo. Publicidad y transparencia.

Tanto el Procedimiento como los formularios se podrán obtener en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/17646.html

Tercero. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, dejando sin efecto la versión anterior del Procedimiento, de fecha 28 de abril de 2014.

Sevilla, 8 de abril de 2026.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.

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