Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 21/04/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Acuerdo de 15 de abril de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la modificación de los estatutos de la «Red Logística de Andalucía, S.A.» y la enajenación por amortización de parte de los títulos del accionista Agencia Pública de Puertos de Andalucía.

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En virtud de lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transportes de mercancías de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con su disposición adicional segunda, y de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, las funciones de dirección y gestión de los centros de transporte de mercancías de interés autonómico corresponden a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía (en adelante, APPA), la cual podrá ejercer dichas funciones directamente, por sí misma o a través de sociedades mercantiles de ella dependientes.

La Sociedad Red Logística de Andalucía, S.A. (en adelante, la Sociedad) es una entidad del sector público andaluz, resultante de la fusión en diciembre de 2010, de las entidades Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., Zona de Actividades Logísticas Bahía de Algeciras, S.A. y Parque Logístico de Córdoba, S.A.

Actualmente, APPA es titular de 71.396 acciones, que representan un porcentaje del 78,9368% en el capital social, siendo así el socio mayoritario.

Junto a APPA, participan minoritariamente en el accionariado de la Sociedad la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía y el Ayuntamiento de San Roque.

El artículo 22.4 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, establece que Red Logística de Andalucía, S.A., en su condición de entidad instrumental dependiente de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, es la sociedad mercantil de titularidad pública encargada de la realización y desarrollo de las actividades encaminadas a la promoción, gestión y prestación de servicios en materia de áreas logísticas, transporte de mercancías e infraestructuras del transporte, así como de la promoción, construcción, comercialización, administración y gestión de los suelos, obras, instalaciones y servicios que componen los centros de transporte de mercancías de interés autonómico.

Como dispone el artículo 2 de los estatutos de la Sociedad, forma parte de su objeto social la realización y desarrollo de las actividades encaminadas a la promoción, gestión y prestación de servicios en materia de áreas logísticas, transporte de mercancías e infraestructuras de transporte, incluido el de viajeros, así como a la promoción, construcción, comercialización, administración y gestión de los suelos, obras, instalaciones y servicios que componen las áreas logísticas de Andalucía, y cualesquiera otras directa o indirectamente relacionadas con estas infraestructuras y con la logística en general.

El Área Logística de Majarabique, en los términos municipales de Sevilla  y La Rinconada, es una de las áreas logísticas actualmente pendientes de desarrollar.

Los terrenos del Área Logística de Majarabique fueron adquiridos por Red Logística de Andalucía, S.A., en calidad de beneficiaria en los correspondientes expedientes de expropiación, por la cantidad de doce millones setecientos sesenta mil quinientos ochenta y tres euros con cincuenta y nueve céntimos (12.760.583,59 €).

Los fondos con los que la Sociedad afrontó el pago del justiprecio se obtuvieron mediante el aumento del capital social por la emisión de nuevas acciones, íntegramente suscritas y desembolsadas por APPA.

Con el objeto de redefinir el modelo de desarrollo del Área Logística de Majarabique, de modo que la Sociedad se centre, conforme a su objeto social, en la gestión y la prestación de servicios, se diseña una operación en la que APPA obtendrá la propiedad de los terrenos, para realizar las operaciones de urbanización, quedando la Sociedad como gestora, en los términos del citado artículo 22.4 de la Ley 5/2001, de 4 de junio.

Para ello, la Comisión Ejecutiva de APPA, en sesión celebrada el 19 de marzo de 2026, aprobó el punto tercero del orden del día, acordando dar inicio al expediente para la autorización por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de los acuerdos de modificación de los artículos 5 y 6 de los Estatutos de la Sociedad, derivada de la reducción de capital.

A dicho acuerdo de la Comisión Ejecutiva se adjuntó una propuesta técnica que hacía mención expresa a que los valores de la enajenación de acciones, y consecuente modificación estatutaria, deberían ajustar sus valores una vez se concluyese la auditoría que se encontraba en curso, y que finalizaría determinando el valor de patrimonio neto de la Sociedad a 31 de diciembre de 2025, que dividido por el número de acciones determinaría el valor teórico contable de cada acción.

Con fecha 7 de abril de 2026 se emitió el informe definitivo de auditoría determinando el valor del patrimonio neto de la Sociedad a 31 de diciembre de 2025 y, en consecuencia, el valor teórico contable de cada acción y el número de acciones a amortizar como resultado de la reducción de capital y su importe, esto es, 10.698 acciones.

Así, la operación de amortización de capital responde a dicho número de acciones y a un valor teórico contable de 1.158,20 € por acción, resultando una cuantía de 12.390.423,60 €, cuya diferencia con el valor tasación de los terrenos del Área Logística de Majarabique de 12.390.390,57 € es de 33,03 €. Esta cuantía será abonada por la Sociedad mediante transferencia bancaria en favor de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.

A los efectos de la modificación de los estatutos se procederá a reducir el accionariado de APPA en la Sociedad en 10.698 acciones con su correspondiente valor nominal que es 1.000 €/acción.

Dicha amortización dará lugar a la anulación de las acciones cuyo número comprende desde la setenta y siete mil doscientas setenta y cinco (77.275) a la ochenta y siete mil novecientos setenta y dos (87.972), ambas inclusive.

En contraprestación por la referida amortización de acciones, se procederá a transmitir en escritura pública a la APPA, el libre y pleno dominio de las siguientes fincas:

• Las fincas 3491, 65367, 11370 y 11369 en el término municipal de Sevilla, inscritas en el Registro núm. 13 de dicho municipio.

• Las fincas 1126, 1124, 1156, 4797, 4800, 4799, 4798, 1759, 1144, 16,37, 1636, 7450, 10378, 7448, 7449, 4801, 4804, 4803, 1154, 9650, 9651, 9652, 2090, 12028, 2091, 1631, 292 en el término municipal de La Rinconada, inscritas en el Registro único de dicho municipio.

Esta operación no supone que APPA pierda su condición de socia mayoritaria, ni que la Sociedad deje de formar parte del sector instrumental de Andalucía.

A consecuencia de la operación de reducción de capital propuesta se transferiría a APPA las fincas propiedad de la Sociedad en el ámbito de Majarabique.

Por todo lo anterior, conforme a lo establecido en los artículos 145 y 151.2 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, resulta preceptiva la autorización del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de la operación de reducción de capital mediante devolución de aportaciones no dinerarias a la Agencia, por analogía, como transmisión de acciones por parte de APPA por importe superior a diez millones de euros, así como para la modificación de los artículos 5 y 6 de los estatutos sociales de Red Logística de Andalucía, S.A., referidos al capital social y numeración de las acciones.

Consta emitido Informe de 6 de abril de 2026, de la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, favorable a la elevación al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de la modificación de estatutos de la sociedad mercantil Red Logística de Andalucía, S.A., derivada de la operación de reducción de capital por amortización de acciones a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Asimismo, consta emitido Informe de 6 de abril de 2026, de la Dirección General de Planificación, Organización del Sector Público Andaluz de la Consejería de Justicia Administración Local y Función Pública, sin observaciones respecto del acuerdo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, de conformidad con lo previsto en los artículos 27.22 y 46.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 15 de abril de 2026,

ACUERDA

Primero. Autorizar la enajenación por reducción de capital social de la sociedad Red Logística de Andalucía, S.A., por tener esta un valor superior a 10 millones de euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 151.2 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Autorizar la modificación de los artículos 5 y 6 de los estatutos de la sociedad Red Logística de Andalucía, S.A., que se incorporan como anexo, de conformidad con lo previsto en el artículo 145 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre.

Tercero. Autorizar a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía para que lleve a cabo las actuaciones necesarias para la efectividad de este acuerdo.

Cuarto. El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de abril de 2026

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda

ANEXO

Modificación de los estatutos de «Red Logística de Andalucía, S.A.»

Primero. El artículo 5 de los estatutos de Red Logística de Andalucía, S.A., queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 5. Capital social.

1. El capital social es de setenta y nueve millones setecientos cuarenta y nueve mil euros (79.749.000 €) y se encuentra dividido en setenta y nueve mil setecientas cuarenta y nueve (79.749) acciones, de mil euros (1.000 €) de valor nominal cada una, numeradas correlativamente a partir de la unidad.

2. Las acciones son nominativas, están representadas por títulos y se prevé la emisión de títulos múltiples.

3. Todas y cada una de las acciones, y consecuentemente el capital social, están suscritas, y desembolsadas.

4. Las ampliaciones de capital se regirán por lo dispuesto en la Ley.

5. La Junta General, cumpliendo los requisitos y dentro de los límites legalmente establecidos al efecto, podrá delegar en el Consejo de Administración la facultad de aumentar y reducir el capital social.

6. Cada acción da derecho a un voto.»

Segundo. El artículo 6 de los estatutos de Red Logística de Andalucía, S.A,. queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 6. Numeración de las acciones.

Todas las acciones estarán numeradas correlativamente del uno (1) al setenta y nueve mil setecientas cuarenta y nueve (79.749) ambos inclusive, y se extenderán en un libro –talonario–. Se renumeran todas las acciones que constituyen el capital social, quedando en la siguiente forma:

Agencia Pública de Puertos de Andalucía: Titular de sesenta mil seiscientas noventa y ocho acciones (60.698) acciones, numeradas del uno (1) al sesenta mil seiscientas noventa y ocho (60.698), ambos inclusive, que representa el 76,1113% en el capital social.

Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras: Titular de doce mil ciento veintinueve (12.129) acciones, numeradas del sesenta mil seiscientas noventa y nueve (60.699) al setenta y dos mil ochocientas veintisiete (72.827), ambos inclusive, que representa un porcentaje del 15,2090% en el capital social.

Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía: Titular de cuatro mil cuarenta y nueve (4.049) acciones, numeradas del setenta y dos mil ochocientas veintiocho (72.828) al setenta y seis mil ochocientos setenta y seis (76.876), ambos inclusive; que representa un porcentaje del 5,0772% en el capital social.

Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía: Titular de dos mil ochocientos cuarenta y ocho (2.848) acciones numeradas del setenta y seis mil ochocientas setenta y siete (76.877) al setenta y nueve mil setecientas veinticuatro (79.724), ambos inclusive, que representa un porcentaje del 3,5712% del capital social.

Ayuntamiento de San Roque: Titular de veinticinco (25) acciones, numeradas del setenta y nueve mil setecientas veinticinco (79.725) al setenta y nueve mil novecientas cuarenta y nueve (79.949) ambos inclusive que representa un porcentaje del 0,0313% en el capital social.»

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