Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 22/04/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 16 de abril de 2026, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se redistribuye el crédito de la convocatoria de subvenciones para el año 2025, regulada en la Orden de 9 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la inclusión laboral de las personas pertenecientes a colectivos en riesgo o situación de exclusión social en empresas de inserción y en el mercado ordinario de trabajo en Andalucía.

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Por Orden de 9 de abril de 2025, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la inclusión laboral de las personas pertenecientes a colectivos en riesgo o situación de exclusión social en empresas de inserción y en el mercado ordinario de trabajo en Andalucía (BOJA núm. 72, de 15 de abril de 2025).

Mediante Resolución de 3 de junio de 2025, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, y su correspondiente extracto, publicados ambos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, (BOJA núm. 107, de 6 de junio de 2025), se efectuó la convocatoria de dichas subvenciones para el ejercicio de 2025.

En la citada resolución de convocatoria el crédito quedó distribuido en las siguientes partidas presupuestarias:

Línea 1

Partidas presupuestarias Crédito convocatoria 2025
1400180000G/32K/77111 S05742023 000297 90.000,00 €
TOTAL 90.000,00 €

Línea 2

Partidas presupuestarias Crédito convocatoria 2025
1400180000G/32K/47010 S0574 3.000.000,00 €
TOTAL 3.000.000,00 €

Línea 3

Partidas presupuestarias Crédito convocatoria 2025
1400180000G/32K/47010 S0574 1.410.000,00 €
TOTAL 1.410.000,00 €

Línea 4

Partidas presupuestarias Crédito convocatoria 2025
1400180000G/32K/47010 S0574 50.000,00 €
1400180000G/32K/47011 S0574 200.000,00 €
1400180000G/32K/48011 S0574 50.000,00 €
TOTAL 300.000,00 €

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de las bases reguladoras, la distribución de los créditos tendrá carácter estimado, de forma que aquellos créditos destinados a una línea que no queden agotados en la resolución de la misma, podrán incrementar las cuantías máximas del resto de líneas ampliables en función de las disponibilidades presupuestarias.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para la Línea 2 y una vez resueltas todas las solicitudes presentadas existe un sobrante de crédito, por lo que existiendo solicitudes de la Línea 1 sin poder atender por no disponer de crédito suficiente se decide redistribuir crédito entre ambas líneas para poder atender el mayor número de solicitudes ya presentadas.

Existiendo créditos disponibles con cargo al programa presupuestario 32K, en el crédito vinculante de las partidas presupuestarias indicadas en el resuelve cuarto de la resolución de convocatoria, financiadas con transferencias finalistas del Estado del ejercicio presupuestario 2025, y al objeto de atender el número total de solicitudes presentadas, que aun cumpliendo todos los requisitos, no pudieran resultar beneficiarias por agotamiento del crédito destinado por partida presupuestaria en la resolución de convocatoria de la Línea 1, procede declarar una redistribución del crédito, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Orden de 9 de abril de 2025 y en el resuelve cuarto, apartado 2, de la misma resolución.

Por otro lado, el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, establece que el órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

En virtud de lo anterior, esta Dirección General, en uso de las competencias atribuidas, y a fin de continuar con la tramitación de los expedientes en curso y adaptar las disponibilidades presupuestarias existentes a las necesidades efectivas,

RESUELVE

Primero. Redistribuir el crédito disponible para la anualidad 2025, previsto en el resuelve cuarto de la Resolución de 3 de junio de 2025, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se efectuó la convocatoria de las líneas de subvenciones 1, 2, 3, y 4, reguladas en la Orden de 9 de abril de 2025, por la que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la inclusión laboral de las personas pertenecientes a colectivos en riesgo o situación de exclusión social en empresas de inserción y en el mercado ordinario de trabajo en Andalucía., con cargo al programa presupuestario 32K del ejercicio presupuestario 2025, financiado con transferencias finalistas del Estado.

Los créditos de las partidas presupuestarias afectadas por la redistribución quedan establecidos conforme se detalla a continuación:

LÍNEA Partidas presupuestarias Crédito convocatoria Crédito tras ejecución Redistribución de crédito Crédito tras redistribución
2 1400180000G/32K/47010/00 S0574 3.000.000,00 € 961.737,53 € -20.000,00 € 941.737,53 €
1 1400180000G/32K/77111/00 S05742023 000297 90.000,00 € 90.000,00 € +20.000,00 € 110.000,00 €

Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento, sin que ésta implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Tercero. La resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de abril de 2026.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 9.4.2025, BOJA núm. 72, de 15.4.2025), la Directora General, Aurora Lazo Barral.

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