Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 04/05/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 27 de abril de 2026, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del Ayuntamiento de Níjar (Almería).

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La Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a sus prescripciones.

En su artículo 17 se establece qué una vez aprobada la adopción del símbolo, se debe solicitar su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales (RAEL en adelante).

A tal efecto, el municipio de Níjar (Almería) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo Segundo del Título I de la mencionada ley, y ha presentado la correspondiente solicitud de inscripción en el RAEL, mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 22.4.2026.

De la documentación presentada se deriva que con fecha 19.2.2026, el Pleno del Ayuntamiento de Níjar (Almería), acordó por unanimidad la aprobación definitiva de su bandera con la siguiente descripción:

Bandera:

Bandera rectangular, de proporciones 2:3, terciada en bajo, formada por un paño blanco con una banda de color azul desde el ángulo superior del asta hasta el inferior del batiente, de anchura igual a 1/5 de la longitud de la bandera; cargada con el escudo municipal perfilado de blanco, centrado y brochante sobre la banda, en dimensiones proporcionadas.

Visto lo establecido en el artículo 17 de la referida Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, esta Secretaría General en ejercicio de las competencias que tiene asignadas

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción de la bandera del municipio de Níjar (Almería) en el Registro Andaluz de Entidades Locales, con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Modificar en consecuencia la correspondiente inscripción registral del Municipio de Níjar (Almería) en el mencionado Registro (código RAEL JA01040669), para incluir dicho símbolo municipal.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de abril de 2026.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

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