Acuerdo de 29 de abril de 2026, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada, por el que se abre un periodo de información pública del procedimiento para la extinción del derecho al uso privativo de aguas que a continuación se indica en el término municipal de Motril (Granada).
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De conformidad con lo previsto en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en virtud de la competencia atribuida por Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por la que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
ACUERDO
Primero. La apertura de un período de información pública, en el seno del procedimiento de extinción de derechos con número de expediente 2026EXT000647GR, en relación con el expediente número G-0456-04 (1995SCB000790GR), titularidad de don Antonio Lara Antúnez, y relativo a un derecho para la utilización de aguas subterráneas procedentes de la corriente de la «Rambla del Puntalón», paraje «Hoyo de Paterna» del término municipal de Motril (Granada). Otorgado por Resolución de fecha 16 de abril de 1996 de la entonces Confederación Hidrográfica del Sur de España, en la que se recogen, literalmente las siguientes características del aprovechamiento:
• Nombre de usuario: Antonio Lara Antúnez.
• Datos registrales de la finca: Tomo 394, libro 169, folio 230, finca 14.686. inscripción 1.ª
• Corriente o acuífero: Rambla de Puntalón.
• Lugar de la toma: En la propia finca.
• Término municipal: Motril.
• Provincia: Granada.
• Destino del aprovechamiento: Riego.
• Superficie de riego: 0,5521 ha.
• Volumen: máximo mes 490 m³-anual: 3.312 m³.
• Caudal: Equivalente (sin datos)-medio continuo 0,11 l/seg-máximo instantáneo 0,22 l/seg.
• Distancia al cauce más próximo: 61 metros de la Rambla de Puntalón.
Observaciones: Se considera como riego complementario de los antiguos riegos de Motril.
• Coordenadas geográficas: Longitud 3º 29´ 55´´ W-Latitud 36º 43’ 00” N.
Causa de la extinción: Por caducidad del aprovechamiento por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos por causa imputable al titular, según los artículos 53.1 y 66.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (BOE núm. 176, de 24 de julio de 2001), y en el artículo 161 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.
El acuerdo de inicio del expediente extinción se ha adoptado de oficio.
Segundo. La publicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 163.3 del RDPH (R.D. 849/1986), para que, durante el plazo de 20 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
Tal y como indica el citado reglamento en su disposición adicional octava «De la información pública y de las garantías de difusión de la información», en su punto 2: «Todas las referencias a los organismos de cuenca en las cuencas intracomunitarias se entenderán que se refieren a administraciones hidráulicas equivalentes de las comunidades autónomas. En estos ámbitos territoriales, todas las referencias al “Boletín Oficial del Estado” se entenderán que se refieren al Boletín Oficial de la comunidad autónoma respectiva».
Tercero. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, a través de la url:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
así como en las oficinas de esta Delegación Territorial en Granada, sita en C/ Joaquina Eguaras, 2, Edif Almanjáyar, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes salvo días festivos.
Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el registro electrónico general de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Granada, 29 de abril de 2026.- La Delegada, María del Carmen Reyes Ruiz.
Descargar PDFBOJA nº 85 de 06/05/2026